Viernes 27 de Setiembre de 2006
Montevideo, Uruguay.
Sres. Integrantes de la
Comisión Organizadora
Del Debate Educativo:
El Instituto tecnológico Superior (ITS) escuela politécnica, que abarca grandes ramas de
La tecnología, (Mecánica, Electricidad, Electrónica y Informática) con alumnos de todo el
Territorio nacional, y de todos extractos sociales del país; ubicado en General Flores 3591
Y Luís Batlle y Ordóñez (Ex Propios).
Les hace llegar a ustedes, el aporte para este debate educativo, fruto de varias asambleas.
Entre alumnos, docentes, egresados de las distintas áreas y personal no docente.
Con el fin de que nuestra voz sea escuchada y formar parte de este debate educativo.
Atentamente
(Aca van firmas de compañeros)
La casa de estudio, da a conocer, su proclama, los ejes centrales de los cuales considera que deben estar en este debate y más en una futura ley educacional deben estar contemplados.
1 -Defensa de la UTU
Esta Institución en unanimidad entre todos sus actores, DEFIENDE LA EXISTENCIA DE LA UTU, le dice
NO AL DESMANTELAMIENTO DE LA MISMA.
LE DICE NO AL REBAJE
DE TITULOS DE LAS CARRERAS Y AL REBAJE DE CONTENIDO DE LOS MISMOS.
Argumentamos su defensa, concientes de la alta importancia y rol que cumple la UTU en la sociedad uruguaya, pues ella representa el sector tecnológico y obrero del país, siendo tal así que sus egresados y alumnos son reconocidos en el mercado laboral tanto a nivel nacional como internacional. Necesarios para lograr un Uruguay Productivo.
A su vez es importante por la rica oferta educativa que ofrece, que pasa por varios campos laborales, que va desde peluquería, cocina, hotelerìa, mecánica, tecnicaturas en distintas especialidades, ingeniería eléctrica o electrónica y etc. Ofertas educativas que la mayor parte de las veces se desconoce por la falta de propaganda de los mismos, pero que no dejan de ser accesibles y útiles para la conformación de personas idóneas en distintas áreas. Formando como producto final, una sociedad rica en conocimiento y diversidad.
También por su historia, 125 años de enseñanza impartida en diferentes áreas y formas, de los cuales salen actores importantes para obtener un país competitivo y conciente.
Por ser la madre de nuestros oficios, los cuales día a día son el arma que tenemos para combatir la pobreza y poder llevar dinero a nuestros hogares. Porque son las manos del uruguayo y uruguaya que la pelea y no se rinde ante la incertidumbre y la problemática.
Por eso la defendemos y queremos evitar su desmantelamiento, que le quiten más y mas como vienen haciendo hace años con las viejas administraciones y planes de estudios.
Exigimos que no se rebaje el contenido de cursos y la calidad de los títulos, ya que ello mutila expectativas del alumnado, prepara de una forma inadecuada al estudiante, comprometiendo su futuro laboral, ya que sin una formal formación académica, lo deja al margen del trabajo, del avance tecnológico y de la posibilidad de potenciar sus capacidades intelectuales como individuo.
Para lograr una UTU mejorada, también debemos romper el viejo preconcepto que cargo, esta casa; la de ser la ultima opción de los “estudiantes fracasados” (1Informe de CEPAL, en el texto “Panorama de la educación” en el Uruguay pag35.)
Argumentando que esta opción de estudio es una puerta hacia el conocimiento tecnológico y profesional. No es una Casa de estudios ni peor ni mejor a la otras, sino distinta en la cual acceden alumnos de diferentes status sociales y diferentes formaciones académicas. Por lo tanto esta en un plano de igualdad con las otras y debe ser tratada como tal.
Una de las formas que le defendemos la utu, es apoyando el proyecto de ley del Ingeniero Manuel Ares, documento que adjuntamos a continuación.
PROYECTO DE LEY ORGANICA PARA UTU
PRIMERA PARTE Reglas básicas
Articulo 1- Nombre y jerarquía
La Universidad del Trabajo del
Uruguay (en adelante UTU) recupera oficialmente su nombre “Universidad del Trabajo del Uruguay” abandonando la
denominación transitoria “Consejo de educación técnico-profesional” impuesta
por la ley 14101 y ratificada por la ley de emergencia número 15739. Pasando
como Persona Jurídica a la categoría de Ente Autónomo. Tanto su trayectoria de
Universidad Técnica y Tecnológica, como sus fines detallados en el Articulo -2-
de esta ley, justifican su denominación y la necesidad de su autogestión
democrática.
Nota: con respecto a la polémica
Autonomía vs. Descentralización debemos decir que siempre serán bienvenidos los
llamados a la prudencia (sobre todo en la situación crítica en que se encuentra
nuestro país, de envejecimiento, endeudamiento y crisis social aguda) pero
también decimos que tal vez una de las causas de la situación en que
actualmente estamos es justamente que en las últimas décadas no se ha “exigido
lo que corresponde”, se ha “pedido lo que se cree que nos van a dar” y a que
hemos terminado acostumbrándonos a que “nos den menos de lo que pedimos”.
Artículo 2- Son fines de la UTU:
a- impartir enseñanza Técnica y Tecnológica (en todas sus
modalidades y niveles) Básico, Medio, Terciario y Universitario a nivel
nacional así como también formar artesanos como tradicionalmente lo ha hecho.
Constituyéndose de este modo, por ley, en la única Universidad Técnica y
Tecnológica estatal a nivel nacional. Correspondiéndole de esta manera ser la
institución rectora y fiscalizadora de toda la enseñanza Técnica y Tecnológica
y encargada de habilitar a las instituciones privadas que la impartan.
b-
habilitar para el ejercicio de su profesión con los Títulos y
certificados correspondientes a: sus egresados en general (a nivel medio o
superior) y en particular a sus Técnicos, a sus Ingenieros Tecnológicos y a sus
Tecnólogos (pasando estos últimos a depender educativamente y
administrativamente de UTU más allá de que algunos de sus cursos se sigan
impartiendo con apoyo y en colaboración con otras instituciones educativas).
c-
desarrollar la investigación tecnológica (en la que participaran de un
modo u otro tanto sus Técnicos, sus
Ingenieros Tecnológicos, sus Tecnólogos así como sus estudiantes y
profesores) en todo lo que tiene que ver con aplicaciones e ingeniería de
ejecución (I+D+I , investigación y desarrollo más Innovación dentro de un
proyecto socio económico sustentable) . Esto sin perjuicio de la investigación
científica en la que participe en coordinación con otras instituciones
educativas y científicas especializadas en ese fin. Para ello estimulará la
creatividad respetando a docentes y estudiantes y apoyando su labor con un
sistema de becas (discriminación positiva y a los más dedicados y talentosos)
así como con fondos especiales para financiar tanto la infraestructura
necesaria para las investigaciones, como a los investigadores.
d- impulsar el
desarrollo y crecimiento de la cultura nacional latinoamericana en el respeto
por los demás y por la biodiversidad.
Apoyando el mejoramiento de la justicia social en el entendido de que la
libertad a que todos los hombres aspiran no se puede dar sin ella.
e-
actuar
de cara al interés general de toda la población trabajadora, estudiando
sus problemas en busca de soluciones
para los mismos, en estrecha coordinación con todos los actores sociales.
Artículo 3- De su integración
Formarán parte de la UTU: sus actuales carreras y cursos , sus
Departamentos Profesionales (éstos quedan definidos en el artículo7) y sus
centros educativos así como las carreras, cursos y reparticiones que ésta cree
en el futuro.
Artículo 4- De la libertad de cátedra y de la laicidad
Los docentes, los no docentes y
los estudiantes gozarán de la más amplia libertad de expresión y crítica en
todo momento. Siendo este un principio
básico de apoyo a la creatividad y definitorio para un funcionamiento de
carácter universitario.
“El proceso de enseñanza-aprendizaje se realizará sin imposiciones ni
restricciones que atenten contra la libertad de acceso a todas las fuentes de
la cultura. Cada docente ejercerá sus funciones dentro de la orientación
general fijada en los planes de estudio y cumpliendo con el programa
respectivo, sin perjuicio de la libertad de cátedra”... textual de la ley 15739. El concepto de laicidad será aplicado con
todo rigor, quedando claro que ni la imposición de dogmas ni el proselitismo de
partido político alguno tendrán lugar en las aulas de la UTU. También debe
entenderse que la laicidad no implica necesariamente la neutralidad con respeto
a la problemática nacional. La UTU siempre tomará partido por los valores
culturales que nuestra sociedad atesora, principios de libertad, bienestar y
justicia social. Siendo que el respeto por los demás que la laicidad plantea,
de hecho, nunca podrá implicar una falta de compromiso, definición y
sensibilidad de la UTU hacia los trabajadores de la banda oriental y de la
región.
SEGUNDA PARTE De las relaciones jerárquicas, descripción
de la organización de la UTU.
Artículo
5- De la creación del Consejo
Ejecutivo Superior (en adelante CES) y de sus funciones.
a- El CES se constituye como el órgano de mayor jerarquía dentro
de la UTU, ya que ejecutará la síntesis
final del sentir de todos los actores de la misma (el conjunto de docentes, no
docentes, estudiantes, egresados y actores sociales aliados, que serán los
soberanos en realidad). Los cargos de
los integrantes del CES implican una gran dedicación y por lo tanto serán remunerados con un sueldo acorde a su
responsabilidad.
b- El CES estará integrado por
dos representantes de los docentes, un representante de los estudiantes y dos representantes de los
egresados. Los docentes pues son quienes en general tienen una visión mas
completa del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Los estudiantes porque son la parte más inmediatamente sensible a
cualquier acierto o error en dicho proceso.
Los egresados porque mantienen a la institución dentro de un lazo
retroalimentado permanentemente (enseñanza - servicios / producción) y porque
en general son los más interesados en mantener en alto el prestigio de sus
carreras. Este organismo será ampliado
en cuatro casos especiales y resolverá en todos los casos por mayoría
simple.
Primer caso; durante la discusión quinquenal del presupuesto, se
ampliará con dos representantes de los funcionarios no docentes (con voz y
voto).
Segundo caso; durante la discusión de los ajustes anuales del
presupuesto, se ampliará con dos representantes de los funcionarios no docentes
(con voz y voto).
Tercer caso; cuando el Consejo Consultivo (en adelante CC, queda
definido en el Artículo 6) por consenso del total de sus integrantes discrepe con
el CES (pudiendo indicar esto una situación conflictiva entre la comunidad
educativa y su contexto social). En esta situación el CES se ampliará con dos
representantes del CC (con voz y voto) para llegar a una resolución definitiva
del problema. Cuarto
caso; durante la discusión de ajustes en la organización del Ente (modificación
de reparticiones y agregado o supresión de las mismas), se ampliará con dos
representantes de los funcionarios no docentes (con voz y voto).
c-
Los integrantes del CES, representantes de los tres órdenes serán
elegidos de la forma que cada orden estime conveniente, así como también las
sanciones impuestas a los que estando en condiciones de votar no lo hagan
(siendo las opciones electorales objeto de votación universal organizada por la
Corte Electoral, no más de dos meses luego de aprobada esta ley). Los recursos
monetarios necesarios para esta elección serán aprobados y entregados por el
Poder Ejecutivo a la Corte Electoral no bien expire este plazo de dos
meses. Serán considerados dentro del
orden estudiantil todos los estudiantes del último año de los cursos con nivel
medio de egreso (con 18 años cumplidos a la fecha de la elección) y todos los
estudiantes de los cursos superiores (Ingeniería Tecnológica, Tecnólogos y Tecnicaturas). Serán
considerados como egresados todos los egresados de los cursos superiores
(Ingeniería Tecnológica, Tecnólogos, Tecnicaturas, de los anteriores cursos
Técnicos y de las Escuelas Politécnicas) pudiendo votar por correspondencia los
que se encuentren en el exterior. Serán
considerados docentes todos los docentes en actividad y los que se hayan
retirado de la institución no hace más de dos años. Los delegados de los docentes que integrarán el CES deberán ser
egresados de los cursos superiores (Ingeniería Tecnológica, Tecnólogos,
Tecnicaturas o de lo cursos Técnicos anteriores ) y del Instituto Normal de
Enseñanza Técnica INET o acreditar haber revistado en los últimos diez años
como docentes en la institución. Cada
orden elegirá en el momento de la elección del titular a tres suplentes. Por lo
menos uno de los docentes que integren el CES deberá ser Maestro o Profesor
Técnico. Nota: actores importantes de
nuestro subsistema consideran que es innecesaria la calidad de egresado del
INET como condición para integrar el CES (dado que el electorado tendrá en
cuenta entre otros los aspectos académicos a la hora de elegir). Este punto es
uno de los que deberán ajustar y acordar los distintos actores en busca de ese
tan importante consenso interno que le dará fuerza y respaldo a nuestro
proyecto.
d- cualquiera de los delegados por los
órdenes podrá ser revocado pasados los dos años de su elección a solicitud
frente a la Corte Electoral (de los dos tercios del padrón correspondiente al orden)
entrando en su lugar en forma automática el primer suplente.
e- El CES será elegido en forma
quinquenal y funcionará regularmente en forma semanal pudiendo ser citado en
forma extraordinaria por dos de sus miembros como mínimo o por el RECTOR y sesionará con un mínimo de tres
integrantes . Este organismo también podrá ser convocado por la Mesa Nacional
de las ATD y por cualquiera de los Departamentos Profesionales (estos quedan
definidos en el artículo 7).
f- En su primera reunión el CES
elegirá a uno de los dos docentes representantes de los docentes como RECTOR de
la institución y al otro docente como su suplente en caso de enfermedad o
ausencia temporal, quedando a cargo del RECTOR
la coordinación del CES y el control y supervisión de la ejecución de lo
resuelto por dicho organismo.
g- Estando dentro de las funciones fundamentales del CES el: velar
por el cumplimiento de los fines de la UTU (Artículo 2) ; el fijar la
estrategia general educativa y de inversiones del ente (misión y visión del
subsistema) y por lo tanto la administración y dirección general. Así como la
revisión y ajuste del estatuto docente si fuera necesario (en consulta con la
Asamblea Nacional de las ATD) controlando su vigencia y ejecución. Siendo un criterio rector del CES “el ver la
disciplina como resultado de un proceso de participación democrática de los
distintos actores de la UTU, así como también de la justicia con la que estos
sean tratados tanto a la hora del concurso para llenar nuevos cargos como a la
hora de remunerarlos y en el reconocimiento de los derechos adquiridos de los
docentes como trabajadores, criterio que “ no ve a la disciplina como resultado
de la imposición autoritaria que implica ver al docente como un funcionario
público de segunda sin derecho a la estabilidad laboral como el resto” “siendo
que cualquier empleado de la industria privada tiene más derechos que un
docente al ser despedido” ; que cuestiones cotidianas como éstas y de justicia
social elemental y evidente, no tengan ni hayan tenido hasta ahora fuerza de
ley, explica, el decaecimiento y pérdida de valor de gran parte de nuestra
legislación actual frente a los ojos del ciudadano común. Será entonces un
criterio rector del nuevo CES el oír los consensos a los que llegan los actores
del subsistema en tal sentido (ver nota número uno que finaliza este
artículo).
Otro de los criterios rectores de
este CES debe ser el considerar la formación en servicio como una obligación y
un derecho del docente, dándole al mismo todas las facilidades horarias y
remunerativas a los efectos de llevarla a cabo.
Los actos administrativos y de
planeamiento educativo que el CES lleve a cabo considerarán en forma permanente la asesoría de: El
Consejo Consultivo (Artículo 6 de esta ley), los Departamentos Profesionales y
Básicos (Artículo 7 de esta ley), los directores de Centro, las Coordinadoras
Regionales y Departamentales (Artículos 8 y 9 de esta ley) y de la Mesa
Nacional de las ATD. Y Otorgarán la mayor autonomía posible a los Departamentos
Profesionales, a las Coordinadoras Regionales y a los Centros Educativos,
contribuyendo de este modo al desarrollo de los principios Federales y
Democráticos Artiguistas. h- Serán funciones del CES; elevar el
presupuesto previamente discutido por todos los actores de la UTU, y el
relacionamiento general con la Coordinadora de todo el Sistema Educativo
Uruguayo (cuyo funcionamiento también está en discusión en estos momentos) y
con el resto de los actores sociales de nuestro país, así como también con
otras Universidades Técnicas y Tecnológicas a nivel internacional, asumiendo en
definitiva entre otros el rol de representante de la institución.
Nota: con
respecto a la Coordinadora de todo el Sistema Educativo Uruguayo debemos decir
que no puede en esta coyuntura pasar a ser algo más que una coordinación ya que
el “corporativismo” existe hoy a todos los niveles del sistema. No se
trata entonces de discutir desde el punto de vista teórico-histórico dónde
estaría mejor ubicado un bloque funcional educativo sino de ubicar la discusión
en su contexto actual que es político-práctico (porque más allá del paradigma
que cada quien suscriba es innegable a esta altura de que las clases y la lucha
de clases existen, y esto más allá de las intenciones de unos o de otros de
alentarlas o desalentarlas).
i- También entre las funciones que deberá cumplir están: validar los planes y programas de estudio
elaborados por los Departamentos Profesionales; la aprobación de nuevas
carreras; la validación de títulos y certificados con la firma del RECTOR, así
como lo que tenga que ver con la revalidación o no de Títulos Técnicos y
Tecnológicos expedidos por Universidades Técnicas y Tecnológicas tanto
nacionales como internacionales teniendo en cuenta los convenios que el país
haya firmado en la materia.
j-
Será también una función del CES en consulta con los Departamentos
Profesionales, los Departamentos
Básicos y las ATD el velar por la formación de los docentes dentro de cada Área
ya que todos sabemos que no todos los docentes están formados como para
impartir todas las materias dentro de un área determinada.
k-
El CES impulsará la creación de Consejos
Estudiantiles y Federaciones de Egresados.
Nota Número uno: a-
llamados periódicos a concurso obligatorios, no pasando nunca, más de dos años entre llamado y llamado, b- mantener el concurso como única vía de
efectivización, c- respetar al docente de aula como a cualquier
otro empleado público, garantizando para él un puesto de trabajo digno, acorde
con su función y de igual remuneración, si con dos años de interinato o más y
más de 80 puntos de informes de dirección perdiera un concurso, d-
calificar con especial énfasis la experiencia y años de antigüedad en la
industria, en los servicios y como docente ya que lo nuestro es Técnica y
Tecnología (formamos profesionales) siendo pocos los certificados de estudio
que pueden competir con la experiencia de nuestros Maestros (de Industrias
Gráficas por ejemplo). e- a los efectos de la imparcialidad puede ser
recomendable que los tribunales estén integrados por no activos (por ej
recientemente jubilados). f- que los
concursantes (si pierden) queden de todos modos en lista de espera y tomen
horas antes que los que no concursaron (como en Primaria). g- se deberá tener especial cuidado y estudio
del tema para no consolidar injusticias anteriores, no olvidemos que por
ejemplo a los egresados de nuestros cursos técnicos no se les permitía ingresar
al INET , y que hay egresados del INET a los que no se los autorizó a concursar
(los que deberían hacerlo y en las mismas condiciones que los otros) y de que el juicio social de sus pares
debería tener algún valor a la hora de los concursos. Todo esto deberá ser
cuidadosamente sopesado por el nuevo CES y en el exhaustivo debate en que debe
entrar toda la institución en lo que a los concursos atañe.
Nota Número dos: Se notará que hemos cambiado nuestra
posición inicial (fundamentada en el concepto de autonomía relativa - hipótesis
nuestra INET 2003-) sostenida en el momento de presentación de las listas para
las elecciones de las ATD, en cuanto a que un miembro del poder político
integrara un organismo como el CES. Esto es porque hemos considerado como
aceptable la posición de algunos actores que se oponían (dado que muchos años
de verticalismo, bien pueden justificar un planteo con mayor grado de
autonomía). Después de todo esta no
será ni la última ley, ni la última enmienda, los tiempos cambian y además de
todos modos los representantes del poder político aparecerán a nivel de la
Coordinadora General de la Enseñanza. Por otro lado la necesidad de “rendir
cuentas a lo público ya que la Universidad es pública y financiada por los
trabajadores” que mencionáramos en nuestra Hipótesis del 2003 en el INET será
de seguro totalmente respetada, pues es el espíritu de los docentes de UTU el
actuar dentro de la Constitución y la ley.
Siendo que varios actores recomiendan la integración de un representante
del poder político en el nuevo CES, es evidente que este punto será objeto de
discusión buscando los imprescindibles consensos que le darán fuerza a la ley
(ellos argumentan que el no incorporar a este integrante puede causar un olvido
por parte del resto del Estado con respecto a nuestra institución)
En y con el espíritu de
José F. Arias
a- El CC se constituye como un órgano de consulta para el CES,
aportándole a la UTU un importante vínculo con su contexto social más próximo
(sus aliados naturales). La consulta permanente con el CC le dará al CES una
mejor aproximación a las necesidades y situación social.
b- El CC estará integrado por: un representante de los funcionarios
no docentes de UTU (AFUTU) con dos
votos; un representante de los Trabajadores
(Plenario Intersindical de Trabajadores); un representante del empresariado y
de la industria (ANMYPE y cámaras); un representante de los productores rurales
(Federación Rural, etc); un representante de los artesanos; un representante
del Movimiento de Trabajadores Desocupados; un representante del Instituto
Normal de Enseñanza Técnica (INET, CEINET)
y un representante de la UDELAR.
Estos cargos serán ocupados por las personas elegidas por las
asociaciones que representan, de acuerdo con sus propios criterios y
remuneradas por dichas entidades también de acuerdo con su criterio, a
excepción del funcionario de UTU que recibirá la misma remuneración que los
integrantes del CES (siendo financiado por la UTU) y elegido según los
criterios que en su momento fije AFUTU.
c- El CC tendrá un funcionamiento normalmente
mensual, pudiendo ser convocado en forma extraordinaria o bien por el CES o
bien por un mínimo de dos de sus miembros y sesionará con un mínimo de tres.
CUARTA PARTE
De los derechos de los trabajadores Docentes y no Docentes a reclamar
por actos administrativos que se entiendan injustos o improcedentes
Artículo 15- Las instancias de discusión en salas docentes, en las ATD y a
cada nivel jerárquico del Ente Autónomo UTU estarán siempre abiertas a los
efectos de evitar los engorrosos procesos burocráticos administrativos, de la
presentación de recursos (ya que tenemos la percepción de que muchas veces no
conducen a resultados justos para el trabajador, y económicos para la
sociedad).
QUINTA PARTE De la aplicación de esta ley
Artículo
16- Esta Ley Orgánica de la
Universidad del Trabajo del Uruguay y su articulado serán vigentes y se
aplicarán a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo
17- Se derogan las disposiciones que
en forma directa o indirecta se opongan a esta Ley Orgánica de la Universidad
del Trabajo del Uruguay. Y en especial deróguese la ley de emergencia número
15739
Articulo
18 Publíquese.
Por una Universidad Técnica y Tecnológica; Autónoma y participativa
Viva la Universidad del Trabajo del Uruguay
Ingeniero Tecnológico Prof.
Manuel Fernando Ares de los Reyes
En el Artículo 5
Cuarto
caso; durante la discusión de ajustes en la organización del Ente (modificación
de reparticiones y agregado o supresión de las mismas), se ampliará con dos
representantes de los funcionarios no docentes (con voz y voto).
En el Artículo
10 apartado b
En el Artículo 12
En el Artículo 7
Se agrega “ Todos los Departamentos de integración
múltiple (por ej. Construcción y Sanitaria) estarán integrados por un docente de cada disciplina por lo menos”
En el Artículo
5 apartado c
Se agrega “ Por lo
menos uno de los docentes que integren el CES deberá ser Maestro o Profesor
Técnico.”
En el Artículo 7
apartado a Se agrega “y en
consulta con la sala que los eligió y con las ATD.”
Se
agrega
“Artículo 11-
De los Departamentos Administrativos
a- El Departamento de
Gestión Escolar y el de Concursos dependerán directamente del CES
b- Los departamentos de:
Recursos Humanos, Planeamiento Educativo, Jurídico, Divulgación, Derechos
Jubilatorios y BPS, Relaciones y Convenios, Informática, Hacienda (Contaduría,
Compras y comercialización de productos UTU) dependerán del Departamento de
Gestión Escolar descargando al CES de este modo de la gestión diaria.
c- De producirse vacantes en
cualquiera de los departamentos anteriores estas se cubrirán por concurso.”
Al pie
del Articulo 1
Nota; con respecto
a la polémica Autonomía vs. Descentralización debemos decir que siempre serán
bienvenidos los llamados a la prudencia (sobre todo en la situación crítica en
que se encuentra nuestro país, de envejecimiento, endeudamiento y crisis social
aguda) pero también decimos que tal vez una de las causas de la situación en que
actualmente estamos es justamente que en las últimas décadas no se ha “exigido
lo que corresponde”, se ha “pedido lo que se cree que nos van a dar” y a que
hemos terminado acostumbrándonos a que “nos den menos de lo que pedimos”.
En el apartado h
del Artículo 5
Se
agrega “Nota: con respecto a la Coordinadora de todo el Sistema Educativo
Uruguayo debemos decir que no puede en esta coyuntura pasar a ser algo más que
una coordinación ya que el “corporativismo” existe hoy a todos los
niveles del sistema. No se trata entonces de discutir desde el punto de vista
teórico-histórico dónde estaría mejor ubicado un bloque funcional educativo
sino de ubicar la discusión en su contexto actual que es político-práctico
(porque más allá del paradigma que cada quien suscriba es innegable a esta
altura de que las clases y la lucha de clases existen y esto más allá de las
intenciones de unos o de otros de alentarlas o desalentarlas).”
Manuel
Fernando Ares de los Reyes
Punto 2- Autonomía y Cogobierno:
Los años y la experiencia nos han demostrado claramente que si deseamos salir de esta problemática situación, es necesario que la U.T.U. sea un ente autónomo, donde todos los actores de la misma se vean representados y tengan la potestad de cambiar el rumbo de nuestra institución para mejorar la calidad y el nivel de la misma. Exigimos voz, exigimos capacidad para actuar libremente y en conjunto, donde todos seamos representados, y no que las grandes decisiones pasen por las manos de una minoría, que no es representativa.
Dirección general de U.T.U.:
Este seria el órgano máximo integrado por tres docentes, tres alumnos y tres egresados.
Realizando tareas de administración recursos, económicos, materiales y de servicios a la sociedad e institutos educativos.
Estudiar y ejecutar los programas educativos evaluados por los institutos que los propongan.
Se encargara de la promoción de los cursos dictados en estos institutos.
Controlara la administración de los gastos generados por todos los institutos de U.T.U.
Este grupo será electo por todos los integrantes de los institutos de U.T.U. con un periodo de duración de cuatro años de gobierno y será regulado por la corte electoral.
Dirección de U.T.U.:
La dirección estará integrada por estudiantes, egresados y docentes del instituto al que asisten dando lugar esta elección cada dos años y será votada por docentes, egresados y estudiantes del instituto al que pertenecen siendo regulado por la corte electoral.
Esta dirección se encargara de ejecutar y plantear las ideas que sean realizadas por la dirección general de U.T.U., cumpliendo con esta los pedidos y solicitudes que se aprueben dentro del instituto.
Regulara los cursos dictados por los docentes y los programas del año que se crea pertinente tratar.
Será participe de todas las pasantias y becas laborales que resulten del mercado laboral que el instituto pueda cubrir.
Regulara los gastos de:
- Limpieza.
- Control de la administración.
- Materiales y maquinaria.
- Asignación de horas docente.
Grupo de padres:
Serán los representantes de los menores de edad que cursen la enseñanza media técnica.
DIRECCION GENERAL DE UTU (Integrado por
tres docentes, tres estudiantes y tres egresados)


Presupuesto:
Se pide el 6% del PBI como mínimo, para la obtención de materiales didácticos, creaciones de nuevos centros educativos y mejoras en los existentes.
Pero también para invertirlos en los docentes, para su verdadera formación académica, ya que ellos son los responsables de estimular y enseñar al estudiantado, pero sin dejar de lado su salario, el cual debe sufrir modificaciones para poder subsistir el docente de manera digna.
Otro pilar fundamental, por el cual consideramos pertinente este porcentaje; es para atacar
la deserción estudiantil; taza importante en nuestro sistema, ya que varios compañeros se han visto en la situación de optar entre el estudio y el trabajo, eligiendo este ultimo; ya que de ahí se sostiene económicamente y muchas veces, con salarios muy bajos.
Para ello promovemos la creación de becas que estén contempladas la alimentación, el traslado y insumos del alumno. Pudiendo, completar sus estudios y dedicarle tiempo, sin tener que preocuparse por la inversión económica que genera su estudio, inversión que muchos lamentablemente no pueden cubrir.
Pedimos esta cantidad, porque la consideramos como base, mínima para poder lograr cambios sustanciales en el sistema educativo, donde todas las partes actuantes sean beneficiadas, para que los sectores más débiles de la sociedad, puedan empezar pero sobre todo finalizar exitosamente sus estudios. Para poder competir en este mundo tan tecnificado donde el aprendizaje cognitivo y practico dentro de herramientas básicas como materiales didácticos, infraestructura y docentes, son capitales que no se pueden desvalorizar al momento de apostar por un país con futuro y posibilidades.
Por ultimo, defendemos esta postura, porque no consideramos, la educación como un gasto, sino como una de las tantas inversiones que debe hacer el estado para tener un pueblo educado, competitivo y para evitar aun más la pauperización de las masas sociales.
Para obtener mano obrera calificada, que permita aperturas de industrias, comercios, por investigaciones científicas y tecnológicas; que pueden surgir con un pueblo preparado, capaz de discernir entre lo que esta bien y lo que no, entre la honradez y la delincuencia.
Por un Uruguay productivo.
Recuperación del
Nombre UTU. (Universidad del Trabajo del Uruguay)
En la actualidad, la denominación de la ex UTU, es CETP (Consejo de Educación Técnico Profesional), nosotros pedimos la recuperación de su original nombre. El fundamento de dicha petición, radica en la limitación actual del nombre, ya que el mismo no representa en una forma real y global, la realidad y el funcionamiento de esta institución.
A su vez, para lograr la denominación de ente autónomo, donde se podrá dar la autonomía y cogobierno, deseo ferviente de todos los integrantes de la casa, y herramienta primordial para poder llevar acabo verdaderas reformas.
Además a nivel internacional, la denominación UTU, dignifica más a sus egresados y alumnos y representa de forma más real su formación.
Por lo tanto pedimos la derogación de la actual ley 14101 y reafirmada por la ley 15739.
A continuación, detallamos puntos los cuales deben estar contemplados en este debate.
1) Boletos Gratuitos a nivel nacional: Para contribuir el transporte al alumnado y docentes.
2) Donaciones: Seria muy útiles que empresas tanto públicas y privadas, contribuyeran con la formación de los alumnos, en la donación de cualquier tipo material, que sea beneficioso para todos.
3) Extensiones: Nos parece muy importante, que los proyectos de fin de año, sin importar orientación y grado, estén orientados a situaciones reales del país; brindado al alumno experiencia real y conocimiento. Por ej. Proyecto de fin de año de los futuros electricistas este orientada a una posible instalación eléctrica en el Maciel.
4) Facilidades económicas: Que al momento de comprar materiales de estudios o herramientas, el estudiante se encuentre con ofertas, descuentos especiales, etc. en los comercios del país
5) Justicia: Aprovechando el marco del debate educativo, pedimos a viejas autoridades, que algunas de ellas están presente en este debate; reconozcan ante la sociedad, sus acciones pero sobre todo sus errores que han causado un gran deterioro en el correr de esos años.
6) Control Docente: Consideramos importante la creación de un mecanismo que controle de forma rigurosa el desempeño docente, al lo largo del año en todas los centros de enseñanza, evitando perdida de tiempo y de iniciativa, por parte del estudiante cuando un docente no cumple en tiempo y forma su rol de educar.
7) Propaganda: Somos concientes de la gran desinformación que hay en el momento que una persona debe optar por una carrera, ya que muchos desconocen otras opciones educativas o tienen datos erróneos de las mismas.
Entonces para evitar ese tipo de problemas es fundamental que entre todos (alumnos, docentes, personal no docente y administración central) divulgue la variada oferta de la utu.
1) Extraído de Panorama de la educación en el Uruguay (recuadro 1.1) el cual muestra que la UTU al la fecha del informe del CEPAL, no había podido modificar su status.”La universidad del trabajo, esencialmente orientadas a artes y oficios que cargo siempre con el estigma de ser la ultima opción para los estudiantes fracasados...”