La XIII Asamblea Nacional de Formación Docente reunida en Salto entre el 5 y el 9 de junio del presente año aprobó la necesidad de creación de una Universidad Autónoma y Cogobernada de Formación Docente.  Jurídicamente es posible, en tanto el articulo 202 de la Constitución de la Republica establece que “la enseñanza pública superior, secundaria, primaria, normal, industrial y artística serán regidas por uno o más Consejos Directivos Autónomos”.

 

Esto supone una nueva estructura para el sistema educativo en la que, por lo menos, tendríamos tres entes autónomos de enseñanza: la actual ANEP, la UdelaR y la Universidad Autónoma de Formación Docente.

 

La autonomía de la enseñanza, signo distintivo de organización de nuestro sistema educativo, es el grado máximo de descentralización. Supone, en palabras del Prof. Dr.  Ademar Sosa, “la transferencia a diversas corporaciones o personas de una parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado”. Su origen se ubica en la Constitución de 1918, es decir en los cimientos del Uruguay moderno, y su fundamento es hacer de la educación una política de Estado y no de gobierno.

 

Los entes de enseñanza fueron cuatro hasta la Ley 14101. Desde 1973 son 2: actualmente ANEP y Universidad de la República. La XIII ATD Nacional de Formación Docente propone la creación de un tercer ente: la Universidad Autónoma de  Formación Docente que reconocería el nivel de educación superior universitaria para el área, superando el carácter terciario que ha tenido hasta el presente. Esta situación ubicaría a la formación de maestros, profesores de educación media y maestros técnicos en la misma posición que el resto de América Latina, de la que se encuentra muy distanciada ya que según el IESALC de la UNESCO el proceso de transformación de los institutos de formación docente terciarios a universitarios se inicia a mediados de los 50s en buena parte de los países del continente.

 

La aspiración de darle status universitario a la formación docente no es nueva en los colectivos docentes, aunque nunca se haya concretado en un proyecto. La XIII ATD Nacional entiende que éste es el momento adecuado en tanto el  nuevo escenario político nacional y regional ha asumido a punto de partida que la educación no es un asunto exclusivamente económico ni puede quedar exclusivamente en manos de expertos. En ese sentido, tanto en Uruguay como en Argentina se han abierto debates nacionales en torno a la educación donde padres, alumnos y docentes pueden ser oídos y hacer propuestas. Parafraseando a Zitarrosa la nueva educación del Uruguay “crece desde el pie”. Y esa nueva educación, en la que la formación docente juega un papel central, no puede reducirse a un mero y nuevo diseño curricular: requiere una nueva estructura que desde los tradicionales principios legales y pedagógicos le permita responder a los requerimientos del nuevo milenio y formar para una ciudadanía participativa y responsable.

 

Si bien la XIII ATD Nacional no avanzó en el diseño interno de la Universidad Autónoma, formuló los principios básicos de su estructura:

 

Autonomía: en tanto grado máximo de descentralización  involucra una serie de aspectos:

 

técnicos: entendidos, en este caso,  como capacidad y competencia para formar a los profesionales de la educación. Su fundamento es la especialización del ente que en el caso de los de enseñanza deben ser fijados por la ley de acuerdo al inciso 1 del artículo 204 de la Constitución. Esta manifestación de la autonomía fue la primera en concretarse a nivel universitario, precediendo al reconocimiento legal a fines del siglo XIX. Supone elaborar planes y programas de grado y posgrado, instalar formas de evaluación, otorgar titulaciones, reválidas, así como establecer el Estatuto de sus funcionarios,    .. 

 

administrativos: refieren a la facultad de dictar sus propias normas de funcionamiento y aplicar los procedimientos administrativos en el marco   de la Constitución y las leyes.

 

políticos, en función de lo que expresa el artículo 189 inc. 2 de la Constitución de la República “La ley, por tres quintos de votos del total de componentes de cada cámara, podrá declarar electiva la designación de los miembros de los Directorios, determinando en cada caso las personas o los Cuerpos interesados en el servicio, que han de efectuar esa elección”. En un código más cercano, decimos que aspiramos a una universidad cogobernada. Actualmente tienen cogobierno la Universidad de la República y el Banco de Previsión Social. Carece de cogobierno la ANEP porque la ley 15739 establece que los integrantes de su órgano jerarca, el CODICEN, serán designados por el Presidente de la República, previa venia del Senado.

 

Si   bien   autonomía y  cogobierno  son  institutos jurídicos diferentes, se  interrelacionan  en  la  práctica  en  la   medida  en que la elección de los integrantes  de  los   órganos   directivos   centrales   por   los     órdenes respectivos asegura un ejercicio más libre, equilibrado y pleno de la autonomía.

 

La ATD Nacional de Salto reclama también autonomía financiera. Este aspecto, del que carecen los entes autónomos de enseñanza por disposición del artículo 220 de la Constitución,  refiere a la facultad de elaborar y enviar directamente al Parlamento proyectos presupuestales y de rendición de cuentas

 

 

2.   laicidad:

 

La laicidad es garantía de respeto por el pensamiento de los demás y se aplica a todos los integrantes de la institución educativa y a la sociedad en general. Implica, entre otras cosas,  crear condiciones para:

 

tratar los conflictos de ideas sin desvalorizar el disenso

asegurar el respeto por el otro, que supone la capacidad de sentir y percibir diferencias

acceder libremente a las fuentes de conocimiento y saberes.

 

Desde este enfoque la laicidad habilita asimismo el abordaje de problemáticas sociales como la xenofobia, la exclusión, la violencia, la discriminación, asegurando un estilo de convivencia respetuoso de los DDHH.

 

   3.  libertad de cátedra

 

         Entendida    como    una    faceta   de   la   libertad académica,  supone   libertad    de  enseñar  y   libertad  de investigar.   La primera  implica  reconocer  la  capacidad  profesional  de  los docentes. La segunda    la   posibilidad   de   discutir  los descubrimientos  y conclusiones en sus respetivos campos de conocimiento   sin  interferencia   de  aspectos administrativos, jerárquicos  o políticos.  Su  límite   es  la  ética   científica  y su  proyección  habilita  a  los estudiantes  a  discutir  y  rebatir  las ideas    del    docente   y   a    manifestar    sus   propias   ideas  incentivando  el  desarrollo  del   espíritu  crítico  de  las nuevas  generaciones

 

4.  democratización, participación y derechos humanos

     

      El consenso social en torno a la necesidad de consolidar una democracia participativa nos lleva a proponer que el eje del proyecto de formación docente sea esa construcción social colectiva que llamamos “derechos humanos” tanto en el plano de la organización del currículo como de la estructura del sistema. En este último sentido entendemos que la formación docente debe asegurar la participación de los órdenes en el diseño, gestión y políticas educativas, la igualdad de oportunidades en el acceso, permanencia y egreso y el acceso a la información, entre otros.      

     

 

En resumen, la Universidad Autónoma y Cogobernada de Formación Docente, nacional y pública, que propone esta ATD supone un cambio sustancial en la estructuración del sistema. Como proyecto colectivo en construcción requiere profundización y análisis. En eso estamos y aspiramos configurarlo en el menor tiempo posible. Al tener delineada su forma jurídica y los principios sobre los que debe sustentarse, el siguiente paso será el diseño organizacional, asunto que generará análisis y debate internos en los que la búsqueda de acuerdos entre pares será el objetivo central. Aspiramos a un sistema único de formación docente superador de la fragmentación de los últimos diez años. Queremos una formación docente que no se limite a la reproducción de conocimientos en el aula. Queremos una formación docente que investigue y que se abra a la sociedad. Para eso necesitamos una universidad pedagógica que desde la historia de la formación de maestros, profesores de educación media y maestros técnicos  se proyecte y coloque a la educación en el escenario nacional, regional y mundial del siglo XXI. 

 

Una última nota: la Universidad Autónoma y Cogobernada de Formación Docente es un proyecto jurídicamente viable, pero su concreción dependerá de la voluntad política del Parlamento.