
Federación Nacional de Profesores
de Enseñanza Secundaria del Uruguay
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Debate
Educativo. Ley de Educación.
Informe Sectorial de Fenapes, 2 de octubre de 2006.
Impacto de la Reforma Educativa en Educación Secundaria
3. Nuestras Propuestas:
1. Principios de la Educación.
2. La Educación Secundaria
3. El Sistema Educativo.
4. Gobierno de la Educación.
El debate educativo.
El debate
educativo es la instancia en la que la sociedad uruguaya discute hoy el futuro
de la educación. Su instalación es producto del reclamo de organizaciones sindicales y en especial de
las de los docentes que desde mediados de los años 90 lo tienen como una de sus
reivindicaciones. En ese plano se toma como un referente la propuesta
programática para la educación del VI Congreso del PIT-CNT de noviembre de 1996
1. Introducción.
La Federación Nacional de Profesores de Enseñanza Secundaria respecto a la futura
Ley de Educación, que espera, tenga nuestro país para fines del 2007, expresa:
La educación debe sentar las bases para el ejercicio de la autonomía y la práctica de la libertad; por lo que resulta evidente que su función trasciende los limites de la escuela y de las instituciones tradicionales, para abarcar la sociedad.
Como proceso a través del cual una sociedad despliega sus potencialidades creadoras, el hecho educativo debe estar sustentado sobre sus propias raíces culturales. Un proyecto educativo popular y democrático es aquel que considera a los estudiantes como centro de su propio desarrollo, capaces de encontrar las bases de su historia, de comprender su realidad críticamente y transformarla. En este sentido FENAPES elaboró en 1999 “Las Bases para el Proyecto Educativo”, propuesta que ha sido referente de nuestro accionar sindical.
Desde esta perspectiva no basta con alfabetizar y extender los beneficios de la educación a los sectores tradicionalmente marginados, sino que esta tarea debe ir acompañada de estrategias dirigidas a formar integralmente a los sujetos sociales para el ejercicio de la capacidad crítica, para el análisis de los problemas de su entorno y para la implementación de soluciones colectivas. No se trata de proporcionarle al individuo las “destrezas” necesarias para incorporarse al mercado de trabajo, y por ende, al universo de consumidores. No puede entonces plantearse la educación, sin antes determinar y esclarecer sus relaciones con la sociedad en su conjunto, con el sistema político y con los modelos económicos que se quieran llevar a ejecución. Dicho de otro modo, proyecto de país y proyecto educativo no son sino dos caras de una misma moneda.
En cuanto se asume como tal, el ideal de una sociedad justa, la acción educativa no puede sino desenvolverse en un contexto de democracia plena en el que esté asegurada la participación de todos los miembros de una comunidad, nos referimos entonces a una democracia participativa y protagónica, como concepción opuesta al formalismo encubridor de la enajenación de la voluntad popular.
2. Diagnóstico del sistema educativo y la Enseñanza Secundaria.
La crítica situación en que se encuentra la educación es, en buena parte, consecuencia del marco legal que rige la Educación. La ley vigente (15. 739) es casi una copia de la ley 14.101, elaborada en 1972, que brindaba cobertura legal al avance autoritario en la enseñanza iniciado años antes. Desde entonces hubo pérdida de autonomía, lo que significó el retroceso de las conquistas logradas en ese ámbito.
Pérdida de autonomía y deterioro del nivel educativo van de la mano, son dos variables de un mismo proceso, que llevó a la subordinación de la educación a los intereses del mercado, a las necesidades del capital, generando mano de obra flexible y consumidores con escaso poder de crítica, desvirtuando los fines que debe cumplir la educación como vehículo para el desarrollo humano.
A partir de 1995, la Reforma Educativa consolida una educación elemental y permisiva que sólo busca generar -sin éxito- en el alumno un conjunto de capacidades y destrezas elementales avalada en una evaluación donde las exigencias son mínimas; generándose entonces un liceo donde “se contiene” a los adolescentes en el momento crucial de la búsqueda de las herramientas de afirmación de su personalidad.-
A partir del año 2005 comienza a desarticularse la enseñanza por áreas, y que otorga razón al cuerpo docente y a la sociedad en su conjunto en cuanto a las críticas y oposición desplegada contra esta Reforma Educativa durante una década. No obstante, importantes elementos de esta política educativa aún perduran con su práctica y concepción, tal es el caso del POA-MEMFOD, proyectos de centro, modelo gerencial del actual CODICEN entre otros.
A tal punto influye el marco legal en la dinámica institucional y en la del hecho educativo, que coexisten hoy múltiples planes, programas y reglamentos de evaluación y pasajes de grado que genera una notoria distorsión en el funcionamiento del sistema educativo.
De este modo, el propio marco normativo genera una serie de situaciones y desigualdades que sólo sirven para profundizar la brecha socio-cultural.
Construir una Nueva Ley de Educación es una tarea imperiosa, dado que actualmente, a pesar de hablarse de autonomía, las autoridades y las políticas educativas son definidas por los gobiernos de turno.
Impacto de la Reforma Educativa en Educación Secundaria
El resultado de la Reforma podemos resumirlo claramente en:
Este resumen nos lleva a concluir que la educación se encuentra en un verdadero estado de emergencia. La Reforma Educativa ha contribuido al deterioro de la enseñanza pública y los principios que la han regido durante más de un siglo.
3. Nuestras
propuestas
3.1. Principios de la Educación.
Nuestro sindicato ha elaborado una propuesta titulada “Bases para el proyecto educativo”. El mismo es el aporte de FENAPES al proyecto que se construya, con el resto de los Sindicatos y con la Sociedad.
Nuestra Federación asume la responsabilidad de propiciar el diálogo con el resto del país ante el vacío generado por nuestras autoridades con una propuesta estudiada a la luz de la realidad de la Enseñanza Secundaria.
Concebimos y sostenemos a la Educación como Política de Estado, en este sentido “el Estado debe garantizar el derecho social educativo para lo cual posee la responsabilidad principal e indelegable de conducir una política educativa que asegure la gratuidad, la igualdad y justicia en el acceso al conocimiento en todos sus tramos”[1].
Entendemos que la educación no es considerada como política de Estado: cada gobierno que asume introduce una nueva política educativa. De este modo se generan incertidumbres que impiden planificar adecuadamente la educación.
Para que la educación pública sea una política de Estado, deben discutirse colectivamente los fines y principios que deben regir a la misma. Creemos que este tema es central en este proceso de debate educativo. La posición de nuestro sindicato, a este respecto, señala que los principios rectores de la educación deben ser: obligatoriedad, laicidad, gratuidad, integralidad, libertad de cátedra y que debe estructurarse en un sistema único público de Educación autónomo y cogobernado.
Complementariamente, durante esta última década, la acción de los sectores privados, organizados desde el BID y el Banco Mundial, se ha introducido en la estructura del sistema educativo. Desde ahí impulsó modificaciones sustanciales y se instaló como parte del gobierno de la educación. Esta fue la mayor agresión al concepto de Educación Pública impulsada desde el interior del propio Estado. El resultado final fue que éste enajenó sus responsabilidades, con lo que, por un lado, desapareció la idea de política de Estado, por otro, se introdujo un poderoso proceso privatizador.
Acerca de los principios anteriormente mencionados entendemos:
-Obligatoriedad: rescatando el precepto constitucional, pero instrumentándola para su real aplicación y estableciéndola, al menos, para los cuatro primeros años de Secundaria. Esto implica una obligatoriedad dual y recíproca, de la familia y del Estado.
-Laicidad: se debe recoger la tradición laica del país, respetando las distintas concepciones filosóficas, de pensamiento científico y de la libertad académica del docente y el alumno en la defensa permanente del conocimiento.
-Gratuidad: se entiende que para el cumplimiento de la misma es necesario actualizar el principio en estos aspectos:
a) se debe ajustar un presupuesto acorde a las necesidades reales del sistema educativo.
b) el sistema debe proporcionar los recursos que permitan las mejores condiciones para los procesos de enseñanza y aprendizaje. Esto implica asumir responsabilidades económicas que hoy no se asumen como por ejemplo, transporte estudiantil gratuito, materiales didácticos y otros.
- libertad de cátedra: el docente podrá diseñar su planificación de los programas de estudio, respetando los objetivos de los mismos, haciendo uso de su condición profesional con total libertad.
-integralidad: La educación debe garantizar la formación integral del ser humano, tanto al nivel intelectual como físico - emocional, articulando el trabajo intelectual con el trabajo manual, brindando una nueva dimensión a los aprendizajes, fomentando el espíritu crítico, el descubrimiento de las capacidades de los educandos y de su formación como sujeto social. Para esto es necesario una sólida formación científica y cultural, con todas las herramientas cognitivas necesarias.
- Sistema Público Único de Educación: esto significa políticas educativas que aseguren la unicidad de normas, sistemas jerárquicos, contenidos y evaluaciones para todo habitante que curse en la educación formal del país, basado en el principio de igualdad. Este sistema regirá tanto para la esfera pública como para la privada.
Concebimos la educación como un derecho humano fundamental e irrenunciable, por ello:
- el Estado debe atenderla y priorizarla, asegurando una mejor educación para toda la población. Desde el sistema de enseñanza se debe promover la igualdad de oportunidades para todos los habitantes del país.
- la educación no debe ser considerada un gasto y sí una inversión y apuesta al futuro, al desenvolvimiento de las capacidades de cada persona aportando a la construcción de una sociedad justa.
- la educación debe preparar para transformar lo social desde lo ético. Los sistemas educativos no deben limitarse a adaptar a las nuevas generaciones, sino que debe proporcionar a los jóvenes los elementos y herramientas para apropiarse de los valores y conocimientos históricamente adquiridos y que son producto de la elaboración social a lo largo de varias generaciones, con la capacidad de interpelarlas.
- la educación debe apuntar a la igualdad, respetando la diversidad, fortaleciendo a cada uno de los individuos en estrecha relación con el colectivo, posibilitando la amplitud de acceso de las distintas opciones que le permitan una mayor integración de pensamiento y del actuar.
- la educación debe preparar al individuo para el ejercicio de una ciudadanía crítica. Ello implica de que el amplio bagaje cultural de la sociedad pueda ser resignificado por cada nueva generación, redimensionando la memoria colectiva de la sociedad. Por ello, deben respetarse los Derechos de los estudiantes, consagrados en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y el Adolescente.
- definición de un mismo modelo educativo en todo el país. Esto excluye expresamente la experiencia de 7º, 8º y 9º que se ha implementado a nivel rural y de algunas zonas de Montevideo, donde se constata el abatimiento del nivel educativo al que acceden los jóvenes. Cuando más se hablaba de “equidad” como sinónimo de igualdad, se profundizaba la exclusión cultural de miles de jóvenes en todo el país. Proponemos que deben crearse más liceos rurales y escuelas agrarias y de alternancia, facilitando el acceso de la población estudiantil a los mismos.
- El Estado debe garantizar el derecho a la Educación Permanente. Debe prestarse fundamental atención a la educación de adultos, con mayor cantidad de liceos nocturnos y de extra-edad que permita atender las necesidades de la población. Especial interés debe brindarse a la educación para aquellos estudiantes con capacidades diferentes, como así también la de jóvenes que han abandonado el sistema educativo, problema grave que debe ser encarado en forma urgente. El sistema público debe recuperar dichos tramos de la educación, rescatándolos de los ámbitos que han tomado esas funciones en forma provisoria.
A los principios anteriores deben sumarse:
Contribuir a generar las condiciones de un país justo y solidario, fortaleciendo los caminos para reconocernos y construirnos en nuestra pertenencia histórica y en nuestra realidad socio-cultural y económica, generando y potenciando los vínculos de la integración latinoamericana.
Formar en el uso responsable de los recursos del país, contribuyendo en el desarrollo productivo y sustentable. Esto implica un ser humano conciente de la conservación de los recursos naturales y del ambiente.
3.2. La Educación Secundaria.
La Educación Secundaria es un ciclo de seis años y tiene el sentido de continuar la educación general en la etapa específica de la adolescencia. Los seis años son una unidad básica integrada en dos niveles para facilitar y profundizar el proceso de socialización, de formación y el acceso al conocimiento.
Si hablamos de verdaderos cambios en la educación, debemos analizar la importancia del currículo, nudo central de muchos problemas que se viven a diario en los liceos. “El currículo representa el campo político- pedagógico en el que se desarrolla el trabajo docente…aporta a un proyecto cultural, en el que se definen entre otras cosas: proyecto de país, sociedad, cultura, conocimientos, derechos, etc.”[2]
El currículo está atravesado por todos esos proyectos, por esas realidades; debe ser una construcción colectiva, no debe estar encerrado en el aula, debe ser elaborado con plena participación de todos los actores, creando los canales adecuados para la discusión.
Se debe discutir qué modelo de organización curricular debe adoptarse, siempre con base en asignaturas y no en áreas del conocimiento. Debe dotarse de unidad de contenidos a dicho currículo y a partir de allí buscar las relaciones interdisciplinares necesarias para profundizar en el trabajo en el aula. La interdisciplinariedad no significa que las disciplinas pierdan valor, su perfil e importancia, solo puede darse desde cada una de las asignaturas interrelacionadas, revitalizando su saber.
También debemos pensar en la transversalidad del conocimiento, es decir, pensar los currículos a partir de problemáticas sociales comunes que puedan ser abordadas en el aula desde distintos enfoques. Los contenidos transversales responden a demandas sociales, específicas y no a la lógica de las disciplinas o de las posibles interdisciplinas. Se trata de contenidos que atraviesan todos los objetivos curriculares y se constata en la cotidianidad del hecho educativo.
3.2.1. Los liceos.
¿Cómo se organizarán? ¿Cómo desarrollar prácticas educativas vinculadas a la comunidad en la que está inserta el centro educativo? Nos parece importante señalar que se debe romper con la práctica educativa desvinculada de la realidad circundante, es decir del medio. Esto no significa fragmentar y separar cada liceo del resto, sino darle una coherencia a cada práctica educativa liceal dentro de un contexto general.
Esta concepción implica que la dirección no puede ser un mero administrador de proyectos que elaboran otros, sino un agente central en la vinculación del liceo con la comunidad. En el marco de una educación autónoma y cogobernada como proponemos habrá que discutir la forma concreta de conducción liceal.
El liceo es un lugar de intercambio cultural. Es un lugar de socialización de los jóvenes. Pero no podemos quedarnos solamente con eso. La posición de aquellos que quieren convertir a los centros de estudio, fundamentalmente los liceos, en centros de contención de jóvenes y adolescentes, y cumplir únicamente una función socializadora; buscan escolarizar, reduciendo los contenidos y desdibujando la tarea de educar como proceso de abordaje al conocimiento.
La función de un liceo debe ser realizar los procesos de enseñanza y los procesos de aprendizaje, retroalimentándose mutuamente. Su esencialidad radica en los aspectos epistemológicos, ya que es en la institución educativa que tiene lugar la democratización del conocimiento, donde se hacen públicos, porque en el liceo se enseña “a todos, sin restricciones ni exclusiones, para todos, en un clima democrático y pluralista”. En definitiva “la escuela es el lugar donde se enseña conocimientos válidos y significativos, y se aprenden conocimientos válidos y significativos”.[3]
El funcionamiento liceal tendrá como referente la formación de nuestros jóvenes. La formación implica que los jóvenes puedan analizar su realidad personal y social para transformarla, preparándolos para el ejercicio de una ciudadanía crítica. Por eso proponemos que en cada centro educativo haya un organismo de cogobierno, que implique participación de todos los actores de la comunidad educativa en la toma de decisiones que definen las prácticas liceales. Esto implica sustituir la cultura liceal pautada por el control y la dependencia por la cultura del funcionamiento autónomo, social y democráticamente responsable.
3.2.2. Perfiles de los actores.
Para que lo establecido en el párrafo anterior sea posible, es necesario que dentro y fuera del liceo se reivindique cualquiera sea el vínculo con la institución, la profesionalización de cada actor para jerarquizar desde el centro educativo al resto del sistema.
En el caso del estudiante, es que egrese con un conjunto de instrumentos y conocimientos que le permitan desarrollar sus potencialidades como agente de cambio del sistema educativo y de las sociedades, es decir, seres creativos, sensibles, participativos y comprometidos con la sociedad, generándoles así, la capacidad de redescubrirse a sí mismos como actores que interactúan en la comunidad de la que son ciudadanos.
Para el caso del perfil del docente, decimos que el sistema educativo necesita docentes con sólida formación disciplinar, pedagógica y ética, que participe en la elaboración y actualización de las políticas educativas, que sea un investigador desde el ejercicio de la docencia, reafirmando su rol como educador - pedagogo al constituirse en referente de sus alumnos en su formación como seres sociales protagónicos.
El docente así, tendrá que enfrentarse a la diversidad cultural de las comunidades; es entonces necesario mejorar todo lo referente a su profesionalización en los siguientes términos:
- La formación y profesionalización docente debe ser emergente de un sistema único de formación, que a su vez le asegurará la posibilidad de actualización permanente y de investigación.
- La profesionalidad del ejercicio docente no puede ser concebida solo como una responsabilidad individual, sino que es responsabilidad del sistema educativo al cual pertenece, otorgándole al docente un estado cultural favorecido por un conjunto de condiciones materiales e institucionales.
- La formación permanente requiere que el docente pueda actuar e investigar en la realidad educativa, interactuando con el colectivo a través de salas docentes, coordinaciones, ATD, que se conviertan en instancias académicas del proceso educativo.
Para los colegas que ejercen la docencia indirecta agregamos:
- Los adscriptos siempre han sido considerados como uno de los actores docentes estratégicos en el funcionamiento y organización del liceo, lo que exige una formación docente sistemática cuya tarea es imprescindible reordenar para evitar su deterioro. Su multiplicidad de tareas: toma parte en la organización del centro educativo; en la solución de los problemas que surgen en la dinámica del centro; incluyendo el relacionamiento personalizado con los alumnos y los padres. Por esto, el docente adscripto, no debe ser visto como un administrativo, sino en su rol docente del centro educativo que lo integra a la Dirección del mismo, cooperando en la toma de resoluciones de la organización educativa.
- Los ayudantes preparadores de laboratorio deben tener una formación permanente como docente, ya que debe atender técnica y pedagógicamente su laboratorio. Su rol tiene un doble compromiso: el de ser soporte técnico – instrumental de las clases experimentales y la de ser un referente docente del alumno en el espacio del laboratorio.
- En referencia a los directores de los centros educativos, el VI Congreso de Fenapes establecía que el director “no debe ser un administrador de proyectos impuestos”. Debe ser un constructor del proyecto educativo junto a los docentes y el resto de los actores involucrados en el liceo, es decir, deberá tener la capacidad suficiente para articular la institución con el medio social. Al cargo deberá accederse a través de la formación docente y específica para tal función.
- Los inspectores cumplen una función fundamental en:
1) la organización colectiva del conocimiento y en las orientaciones generales que debe tener el profesor de aula. Por lo tanto no solamente limitará su función a evaluar al docente, sino que generará espacios de intercambio a los efectos de orientarlo. Esto implica el acompañamiento al docente durante el proceso educativo que se cumple en el año lectivo.
2) En la organización central de los liceos como parte del sistema educativo.
- En lo que compete al profesor orientador pedagógico (POP), su función ha sido desbordada por la coyuntura socio- educativa actual. Por esto, se hace imprescindible el soporte de esa responsabilidad con un equipo multidisciplinario que el sistema deberá proveer para cada liceo.
Por último, resta un aspecto de lo propio del docente que pasa por la construcción jurídica de su cargo (Estatuto).
El Estatuto del Funcionario Docente establece lo atinente a sus derechos, deberes, construcción de su carrera, etc. Pero también consagra principios que deben ser sostenidos:
· Selección y designación por concurso para todos los cargos y funciones docentes otorgando prioridad a la formación especializada, y con reglamentaciones que impliquen las debidas garantías.
· Libertad de cátedra y de opinión.
· Estabilidad en el cargo
· Derecho de libre asociación y sindicalización
Reiteramos que todo lo anteriormente expuesto, requiere la asignación de recursos acordes, que nuestro sindicato ha reclamado históricamente en las instancias de Presupuesto y Rendición de Cuentas. Asimismo, consideramos que la distribución del presupuesto dentro del sistema, debe realizarse equitativamente. Para ello cada subsistema deberá tener autonomía económico–financiera a partir de sus propias necesidades.
3.3.
El Sistema Educativo.
Ideas base del Sistema Educativo uruguayo.
a) Autonomía.
En su concepción más general, este principio proclama la capacidad del ente estatal de dictarse sus propias normas, respetando la especialización del mismo en su competencia funcional. La autonomía es, en lo formal, un nivel de descentralización de instituciones del Estado, y en sus contenidos, una expresión del principio de la especificidad técnica para la construcción de su propio proyecto. Por otro lado, la autonomía garantiza una política de Estado, una política de largo, corto y mediano aliento para la educación. Para el caso del ente de la enseñanza, la autonomía se debe comprender como la facultad, que tienen los actores de construir el proyecto de educación. En resumen, la autonomía significa desvincular la educación de los gobiernos de turno y de la cuotificación político- partidaria en la designación de los cargos de conducción de la enseñanza. Así mismo, la educación debe desvincularse de los intereses del mercado, que desvirtúan su fin social.
La autonomía en la historia del país, ha separado la educación del poder ejecutivo, este es un principio totalmente vigente, por esto cualquier dependencia institucional con el M.E.C debe ser descartada.
En esta dirección sostenemos que las elaboraciones programáticas, curriculares y de diseño educativo, deben construirse a través del colectivo docente, enmarcadas en las Asambleas Técnico Docente. Las resoluciones de las mismas deben tener carácter preceptivo. Nos hemos opuesto a que dichas elaboraciones curriculares y de diseño educativo hayan estado en manos de organismos ajenos o paralelos al sistema educativo nacional.
La autonomía también implica la capacidad de desarrollar una planificación propia en base a las necesidades económicas del sistema educativo. La nueva ley debe consagrar este principio con cuyo ejercicio no sería un gasto estatal, sino una inversión de la sociedad. Las autoridades de la educación deberán ajustarse en sus pedidos presupuestales al mínimo del 6% de PBI. Finalmente, para lograr la efectividad de este principio, es necesario ajustar la estructura del sistema educativo para que los actores del sistema participen en la planificación económica que satisfaga las necesidades reales de cada una de las partes del funcionamiento del mismo.
b) Cogobierno.
La autonomía tiene una expresión de su intensidad, de su grado, que es el gobierno del Sistema Educativo. Un alto nivel de desarrollo de la autonomía implica un gobierno elegido por el propio Sistema. Las autoridades son siempre la expresión ejecutiva de un proyecto. Si el proyecto fue construido por la sociedad y por los colectivos docentes dentro de ella, el emergente encargado de su administración debe tener el mismo origen. No puede pensarse que personas elegidas por un gobierno central serán las encargadas de llevar adelante un proyecto autónomo surgido del interior del Sistema. A la inversa, no puede concebirse un gobierno elegido por el Sistema Educativo que lleve adelante el proyecto central. Son correlaciones incompatibles por lo menos en el plano lógico.
En este marco el proyecto debe ser congruente en forma indisoluble con las autoridades encargadas de administrarlo. Quien defienda un proyecto de origen ajeno al sistema educativo no puede aceptar un gobierno emergente de aquellos que creen en la autonomía, y quienes defiendan un proyecto autónomo saben que jamás lo tendrán si confían en autoridades provenientes de afuera del Sistema Educativo. Esta es la identidad de los dos aspectos: el proyecto educativo y las autoridades que le correspondan.
Solo podrán dirigir ese proyecto autoridades elegidas por los propios actores. Esto significa que el protagonismo y la conducción del sistema educativo deben estar en manos de docentes, funcionarios no docentes, estudiantes y padres.
Por el mismo, se concibe su existencia cuando la dirección del ente estatal de la enseñanza está integrada por los distintos actores involucrados directamente con la educación. El cogobierno va más allá de la elección de las autoridades jerárquicas del ente de la enseñanza por sus mismos funcionarios, todos los actores deben participar activamente en el diseño y desarrollo de la política educativa.
b) Sistema Público y Nacional de Educación.
Como definición general entendemos que la Educación debe estar determinada en un conjunto sistémico único de normas, de orden jerárquico, de currículo en instituciones con el mismo nivel y objetivos, de evaluación del aprendizaje educativo, que garantice la igualdad de oportunidades de los ciudadanos que cursan la enseñanza formal en el país. La concepción de lo público del sistema educativo, parte de la idea de que la enseñanza es un bien de todos los ciudadanos y que por lo tanto, la política educativa debe reflejar los intereses comunes a todos ellos y el Estado debe garantizar la igualdad de formación.
La dimensión de lo nacional del sistema educativo, implica, que la política educativa del país debe ejercerse en todo el territorio nacional, sin restricciones y en condiciones de igualdad sin importar el lugar donde se desarrolle la tarea educativa. En consideración de ambos aspectos, debemos tratar la aplicabilidad de esos principios del sistema educativo, en función a: la enseñanza privada, la enseñanza no formal y la enseñanza impartida en la órbita de la instrucción militar y policial.
· la enseñanza privada responde a la expresión del mercado en materia educativa, por la cual se genera una oferta de enseñanza que no queda en la órbita del Estado, sino de agentes privados del mercado Esto no implica desconocer el papel filosófico-religioso de la mayor parte de estas instituciones. Papel que el Estado debe respetar, pero no asumir ya que no es propio de toda la sociedad. Sin embargo, como exponíamos anteriormente, la educación es un derecho de todos los ciudadanos por igual, el Estado debe garantizar y supervisar la enseñanza que se lleva a cabo en el ámbito privado, con instrumentos de evaluación sobre los planes, programas y la tarea educativa desarrollada en las aulas. La igualdad en la enseñanza, se tiene que manifestar en la equiparación de planes y programas que se enseñan tanto en los liceos públicos como privados. Eso no significa que la enseñanza privada no tenga libertad de opción de ofrecer una variante extracurricular, pero la misma no puede contradecir los valores expresados en la política educativa nacional. En cuanto a planteos entorno a compensaciones y subsidios a las instituciones de educación privada, consideramos que no es pertinente que la sociedad se haga cargo de los mismos. Por otra parte, el conflicto entre lo público y lo privado de la enseñanza ha alcanzado también a la actividad de los docentes, ya que los docentes que ejercen su tarea en ambos sectores de la oferta educativa, se ven obligados a faltar a sus responsabilidades en la enseñanza pública por imposiciones laborales de la esfera privada.
· La enseñanza no formal se ha desarrollado y ampliado en los últimos tiempos fundamentalmente atendiendo la realidad emergente de nuestra sociedad, procurando compensar las carencias y debilidades del sistema formal de enseñanza. Pero también, el mundo actual instaló nuevas necesidades, por ejemplo en el campo laboral que han debido ser contempladas desde esta modalidad. Así, se han realizado actividades que competen a la enseñanza formal, desde ámbitos privados. Esta disgregación del sistema educativo, genera desigualdades sociales y las reproduce, perpetuando una fragmentación de la sociedad originada en el modelo neoliberal que se ha implementado en el país de los últimas décadas y sus consecuentes crisis socio – económicas.
· La enseñanza militar. La formación curricular deberá realizarse por parte de la ANEP o de la Universidad de la República, en tanto, la formación militar quedará a cargo del Ministerio de Defensa.
1)
Las
autoridades de la Educación serán independientes, tanto en su elección como en
la conducción del Sistema, del Gobierno central. Estarán establecidas en la ley
de educación.
2)
Se
estructurarán de la siguiente manera:
a)
Un conjunto de Consejos de Dirección de la Educación (Primaria, Secundaria,
Educación Técnico–Profesional, Formación Docente) El Consejo de Formación
Docente incluirá a los Institutos de Formación de Docentes de Enseñanza Media,
Institutos Normales e INET. Cada uno dependerá de una dirección específica
cogobernada. Debe estudiarse la inclusión del ISEF en este organismo.
b)
Un
Consejo Coordinador integrado por un representante de cada uno de los Consejos.
Este a su vez (de acuerdo al art. 202 de la Constitución) deberá coordinar con
la Universidad de la República. Su competencia será articular las políticas
educativas que surjan de cada subsistema. El representante de cada Consejo será
electo, específicamente para esa función en el mismo acto eleccionario de los
Consejos, integrando además sus correspondientes Consejos.
c)
Congreso
Nacional de Educación. Establecerá los grandes lineamientos en las políticas educativas
y se convocará a tales fines anual o bianualmente.
d)
Las
Asambleas Técnico Docentes de cada sector del Sistema.
e)
Se
establezca un Sistema Único de Formación Docente, en cuyo marco se deberá
convertir a los CERPs, según un modelo acordado por los actores de la
educación.
3)
Los
Consejos estarán integrados por tres docentes electos por sus pares y por lo
menos un funcionario administrativo y de servicio elegido de la misma manera.
Se debe estudiar lo referente a la participación estudiantil: mecanismos de
participación y modo de elección. Esto vale también para la Comisión
Coordinadora. Entendemos conveniente una presencia permanente en la Comisión
Coordinadora de representantes electos del estudiantado de Formación Docente y
las más amplias vías de diálogo, participación y consulta para los
representantes del estudiantado de Enseñanza Media.
4)
La
elección del Consejo de Formación Docente será cuatripartita. El Consejo estará
integrado por docentes, estudiantes, egresados y funcionarios administrativos y
de servicio.
5)
Las
ATD serán elegidas por los docentes de todo el país procurando la mayor
representación de los centros educativos. Resolverán todo lo referente a
políticas educativas, y ejercerán una función de control sobre el consejo
respectivo, para que éste cumpla efectivamente los mandatos emanados de la ATD
nacional. Las ATD tendrán la potestad para autoconvocarse. La Ley establecerá
la preceptividad de sus resoluciones en materia técnica. Los miembros docentes
electos de los Consejos y de la Comisión
Coordinadora podrán ser revocados en su función, con el debido derecho a
descargo y defensa, con las mayorías
calificadas que se establezcan. Debieran estudiarse mecanismos de revocabilidad
de los representantes no docentes, egresados y estudiantes. Esta preceptividad
no será tal para el caso de Formación Docente, sector que se define como
cogobernado.
6)
Existirán
órganos consultivos:
a)
a
nivel nacional se buscará instalar salas de padres y estudiantes
b)
a
nivel de centros en cada sector del
sistema integrados por los equipos de dirección, los docentes, los funcionarios
administrativos y de servicio, los padres y los estudiantes. En este punto
debemos pensar en el papel que jugará cada actor y si no es necesario realizar
algunos cambios en la organización de los centros educativos (ejemplo, rol de
la dirección, de los padres, de los estudiantes, etc.)
c)
las
ATD de cada centro educativo.
d)
Asamblea
Nacional electiva de funcionarios administrativos y de servicio.
No deberán existir organismos
que el texto de la ley no reconozca y que actúen a nivel de la conducción del
sistema educativo. Debe eliminarse toda modalidad de gestión paralela.
Consideramos
que ninguno de estos cargos debe tener una remuneración especial; serán
remunerados en horas docentes.
Ningún miembro podrá ser reelecto en el cargo por dos períodos
consecutivos. Cada período durará 4 años.