Montevideo, 8 de diciembre de 2005.
Ministerio
de Turismo y Deporte
Sr.
Ministro
Dr. Héctor
Lescano.
Presente.
De nuestra mayor consideración.
Por la
presente nos dirigimos a Ud. para presentarle el siguiente Proyecto de
Educación Física y Deporte Nacional:
PROYECTO DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE.
OBJETIVO
GENERAL: Que nuestro país cuente con un órgano rector de la Educación Física y
el Deporte en el ámbito de todas las ramas de la Enseñanza y en el ámbito
público y privado. Que se denomine Consejo de Educación Física y Deporte cuya finalidad sea el desarrollo de la
Educación Integral separado del Deporte Profesional y dependiente de ANEP, MEC.
Descentralizado, autónomo y elegido democráticamente.
MISIÓN:
Que la totalidad de la población acceda a la Educación Física y la práctica del
Deporte.
“Capítulo II Artículo 71- Declárese de utilidad
social la gratuidad de la enseñanza oficial primaria, media, superior,
industrial y artística y de la educación física; la creación de becas de
perfeccionamiento y especialización cultural, científica y obrera, y el
establecimiento de bibliotecas populares.
En todas las instituciones docentes se atenderá especialmente la
formación del carácter moral y cívico de los alumnos.” Constitución de la
República.
Los cometidos del Consejo serán la Educación Física Formal y No Formal.
Educación Física Formal: en los Institutos
Oficiales de Primaria y la Universidad.
Y Educación Física No Formal en los Centros
Educativos: Plazas de Deportes, Escuelas fuera de sus horarios curriculares,
grupos habitacionales y otros ámbitos que se puedan gestionar.
Que coordine e integre los servicios de los
gobiernos departamentales y Secundaria.
Consagrar en estos centros educativos la
Educación Física Pública y Educativa para todos los sectores de la sociedad aún
en los sectores más desfavorecidos. Planificando políticas educativas en
valores y principios, teniendo en cuenta que el ser humano se educa a lo largo
de toda la vida.
Que se le destine una parte del presupuesto de
la Educación al Consejo de E.F.
Dentro del Consejo que se instale un co
gobierno con docentes elegidos democráticamente con listas presentadas en las
Asambleas Técnico Docentes.
Que se supervisen las normativas que regulan la
tarea docente tanto en el ámbito público como en el privado. Es decir que los
Profesores de Educación Física puedan ejercer sus derechos laborales en
cualquier lugar de trabajo y con las mismas normas.
El Deporte es parte de la Educación Física y
ésta es parte de la Educación pero no sólo en el ámbito formal o curricular
sino que es enriquecedora en sí misma. Es una herramienta de educación para la
equidad, la justicia y la democracia siempre que sea impartida por Profesores
de Educación Física y/o Técnicos
Deportivos.
El Deporte Profesional y la Práctica Deportiva
no deberían ser desarrolladas desde el ámbito Público o el Organismo Rector
sino que debería estar separada de la Educación Física y Deporte de Enseñanza
y/o Competencias, cuyo Objetivo es la formación integral de los ciudadanos.
Esta separación se manifiesta por la diferencia
de objetivos ya que en el Deporte Profesional el objetivo final es el
rendimiento y el Deporte Espectáculo; quedando de manifiesto la diferente
función docente de enseñanza de la
técnica profesional dirigida a jugadores remunerados.
Por el contrario la educación y la formación de
los educandos no deben ser al azar deben estar encuadrados en Planes y
Programas.
La autonomía de la enseñanza se garantiza a
través de un Consejo Autónomo elegido democráticamente por los docentes.
“Capítulo II Artículo 202- La enseñanza Pública
Superior, Secundaria, Normal, Industrial y Artística, serán regidas por uno o
más Consejos Directivos Autónomos.
Los demás servicios docentes del Estado,
también estarán a cargo de Consejos Directivos Autónomos, cuando la ley lo
determine por dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara.
Los entes de la Enseñanza Pública serán oídos,
con fines de asesoramiento, en la elaboración de las leyes relativas a sus
servicios, por las Comisiones Parlamentarias. Cada Cámara podrá fijar plazos
para que aquellos se expidan.
La ley dispondrá la coordinación de la
enseñanza.”
“Capítulo II Artículo 68- Queda garantida la
libertad de enseñanza.
La ley reglamentará la intervención del Estado
al solo objeto de mantener la higiene, la moralidad, la seguridad y el orden
públicos.”
Constitución
de la República.
1- DE
LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES.
1-1-
La Carrera Docente.
Que se reconozca legalmente los derechos de los
Profesores de Educación Física como docentes pertenecientes al Escalafón J.
Que se equipare al Profesor de Educación Física en forma total con el Maestro de Enseñanza Primaria.
Que se deroguen todos decretos de los
reglamentos de los docentes de Educación Física que datan de 1974 al 78.
Que se adopte el Estatuto del Funcionario
Docente de ANEP.
En todos los aspectos administrativos, calificaciones de 0 a 100 puntos,
concursos, licencias, comisiones de fomento, etc. Estableciendo una
equiparación total devolviéndole al Profesor de Educación Física el lugar que
merece por su tarea y su formación netamente docente.
Que se respete la efectividad por grados, lo cual es un derecho ganado
por concurso de ingreso al Escalafón J docente, por lo tanto no
correspondería la antigüedad calificada ni para elección de lugar de
trabajo ni para los ascensos.
Que se elija el turno, que se atiendan los
traslados solicitados por razones justificadas y que se respete la efectividad
en el cargo.
El padrón docente Escalafón J contiene los grados, en base a los cuales se debe
ordenar el ranking de efectivos. Y
dentro de cada grado la calificación correspondiente de acuerdo al Estatuto del
Funcionario Docente de la ANEP. Efectivizando así el reconocimiento de la
carrera del docente y de su trayectoria, evitando así la lucha generacional. En
ANEP el ranking sin grado es para profesores recién ingresados o interinos que
no dieron concurso.
Que se pague la remuneración correspondiente al
pasaje de grado.
Que se cree el Ranking de Interinos y Suplentes
que se ordena por calificación y méritos hasta que ocupen por concurso vacantes
de efectividad.
Que no se contrate a Profesores de Educación
Física para ejercer funciones en Educación Primaria fuera del Consejo de
Educación Física y Deportes, sino que sean ingresados como Interinos a este
Consejo Rector, ejerciendo todos sus derechos laborales hasta que concursen.
Respetando así las palabras del Sr. Presidente
de la República Dr. Tabaré Vázquez: por el ordenamiento natural que dan los
grados en la “dignificación de la carrera docente”.
Que rija la Ley de Educación en todos sus
contenidos para los docentes del Escalafón J.
Que la licencia anual reglamentaria sea
establecida por ley en los meses de verano para que el docente obtenga el
merecido descanso psicofísico.
Que se establezcan pasaje a tareas de
secretaría en las Plazas de Deportes al avanzar los problemas patológicos
propios de la tarea docente. En un intento de respetar la vejez, se establezca
el pasaje de los docentes grado 7 a tareas de secretaría similar a “Maestro Secretario” de Enseñanza Primaria.
Los
Jefes de Servicio o Directores de Centros Deportivos de todo el país que
obtuvieron su ascenso por concurso de oposición y méritos no deben dictar
docencia directa por que no entra en las competencias del ejercicio del cargo.
Que se unifiquen los criterios de calificación
y se consideren los problemas laborales y se valore la preocupación y la acción
del docente sobre las dificultades del medio, los problemas sociales y contexto
crítico que sufren los alumnos.
Que se garantice el derecho de los docentes de
hacer una devolución o una defensa de los juicios emitidos por el supervisor
ante el Tribunal de Calificaciones si estos no reflejan la realidad o contienen
arbitrariedades que lesionan sus derechos.
Que se estudien los descensos en las
calificaciones previos a los concursos de los años 1994, 1998 y 2004 que se
reclamaron a través de recursos de revocación y jerárquicos.
Y los descensos de calificaciones que se están
produciendo a los docentes de más de 20 años de trabajo, puesto que ya se da
por descontado que descenderán en los rankings cuando se anuncia la movilidad
de éstos últimos.
Que se corrija la injusta equiparación salarial
del Jefe de Servicio con el Director de Escuela de Tiempo Completo y que se
cambie la denominación de Jefe de Servicio por Director de Centro Deportivo.
Que se cambie la denominación del cargo de
Instructores a cargo de Técnico Deportivo.
Que se le otorgue el derecho a una carrera
funcional a los Técnicos Deportivos con concursos de ascenso de cargo.
Que todos los docentes tengan derecho al
Servicio Mutual Gratuito.
Que no se nos apliquen reglamentaciones que
rigen la Administración Central de
Funcionarios o Auxiliares de Servicio de otros Escalafones pertenecientes al
Sindicato de COFE.
Que todos los docentes tengan los mismos
derechos de licencias reglamentarias, especiales y extraordinarias que los
docentes de Enseñanza Primaria.
Se transcribe Estatuto del Funcionario Docente
de la ANEP:
Licencias Efectivos e Interinos.
Artículo 70.8: La realización de cursos
vinculados con la función que se programen oficialmente. El Consejo
correspondiente concederá en estos casos licencias siempre que el desarrollo de
aquellos impida atender la función docente.
Artículo 70.12: Las Direcciones concederán
licencia a los docentes que deban concurrir a reuniones obligatorias de profesores o integrar mesas
de exámenes o concursos en el ámbito de la Enseñanza, siempre y cuando exista
interferencia de horarios.
Artículo 70.13: Motivos especiales. Los
Consejos podrán conceder anualmente y por motivos especiales, hasta un máximo
de 30 días de licencia extraordinaria. Las licencias extraordinarias se
computarán en días sucesivos, calendario, deberán ser solicitadas con
antelación suficiente y su causal deberá ser debidamente acreditada.
Artículo 71: Sin perjuicio de lo establecido en
los artículos anteriores, los Directores de establecimientos educacionales y
demás oficinas que atienden funciones de docencia indirecta podrán autorizar,
por sí, a cualquier docente de su dependencia a no concurrir a sus tareas hasta
5 días en el año, ante casos fortuitos o de fuerza mayor, debidamente
justificados.
Artículo 71.1: Si el docente trabajara en más
de un subsistema podrá ejercer este derecho en cada uno de ellos.
Artículo 75: El funcionario docente tendrá
derecho a la realización con goce de sueldo y extención de su tarea habitual,
por el lapso de 6 meses prorrogables en tres más, comprendidos dentro del año
lectivo, de una investigación o estudio que redunde en beneficio de la
educación. Para ello deberá haber ejercido la docencia en el Ente durante 8
años lectivos completos como mínimo poseer efectividad en cualquiera de los sub
sistemas al momento de solicitar y acreditar un puntaje promedial de aptitud
docente no inferior a 91 puntos durante el último trieño.
Artículo 75.1: Para que el docente pueda volver
a ejercer este derecho tendrá que haber cumplido otro plazo igual de actividad
y haberse juzgado satisfactoriamente su actividad.
Artículo 76: Todo docente que faltase a las
tareas correspondientes a su cargo durante 15 días consecutivos sin causa
justificada, dará lugar a que se inicie la investigación administrativa
correspondiente a los efectos de verificar su autenticidad. Verificando el
abandono injustificado del cargo, será
considerado renunciante.
Que se modifique la Ley Jubilatoria. 16.713 a
efectos que se restablezca la anterior ley.
La Reforma de la Seguridad Social postergó la
edad jubilatoria docente a 55 años y la cantidad de años de trabajo necesarios
para acceder a tal derecho a 30 años (bonificados). Se agrega que la asignación
jubilatoria pasó del 70% al 50% del salario promedio de los últimos 10 años
trabajados.
Las condiciones jubilatorias actuales no
provocan estímulo al retiro, limitando el ingreso de nuevos docentes y
atentando contra la calidad de la Enseñanza.
El Régimen Jubilatorio Anterior era: Causal jubilatoria con 25 años de trabajo sin edad mínima y el 70% del promedio de los 3 últimos años de trabajo para determinar al monto de dicha pasividad.
Que el
docente tenga derecho a una jubilación digna con el 100% del último sueldo por
las patologías que representa la tarea desarrollada a la intemperie, las largas
jornadas de
trabajo, el múltiple empleo por los bajos
salarios. Evitando así que los docentes permanezcan en el organismo hasta
edades muy avanzadas por las bajas jubilaciones.
Que se tenga derecho a una jubilación temprana
por el desgaste físico de la tarea que impide desarrollarla hasta los 70 años
de edad por las enfermedades adquiridas propias de la profesión de Profesor de
Educación Física.
Que se humanice el sistema de ascensos y se
incentive la participación en concursos mediante la equidad de éstos para que
el docente desarrolle su carrera docente en forma natural alejándose de la
docencia directa a medida que envejece y se deteriora su condición física. Y
que sea sustituido por los jóvenes profesores recién ingresados que brinden un
servicio docente de calidad a los niños.
Que no se ingrese ni se retire ningún documento
de los legajos personales sin que el
docente se notifique.
Que se cree una Comisión de Ética que juzgue
los conflictos surgidos en desmedro de la libertad de expresión y pensamiento y
lesiones a los derechos individuales.
1-2-
SALUD LABORAL.
Según una investigación hecha por la Comisión
de Asuntos Laborales de ADES de noviembre de 2005 surge que el trabajo de los docentes de Enseñanza Secundaria
en salones fríos a veces sin vidrios
con humedades ayudan a que el tipo de
enfermedades de carácter respiratorio se multipliquen; dentro de éstas están
comprendidas todas las patologías de la voz, herramienta de trabajo. Un segundo
lugar lo ocupa la patología ósteo articular.
El tercer lugar lo ocupa la patología digestiva que revelan las
situaciones de presión y estrés laboral y además las situaciones en que se
violentan los derechos de los trabajadores por
malos tratos y acoso moral.
El PIT-CNT
realizó una actividad el día 14 de octubre de 2005 en AEBU en dónde se
dio a conocer un estudio de la facultad de Psicología acerca del acoso moral
que indica que en un organismo público - no se indica cual- el 25% de los
trabajadores recibe algún tipo de acoso moral, que incluye por cierto el acoso
sexual.
Comparativamente nuestra profesión que se
desarrolla generalmente a la intemperie, las largas jornadas de trabajo
manteniendo la posición de pie, la exposición al frío, la naturaleza de la
tarea, el estrés por contextos críticos, la falta de aliciente para la auto
estima y auto superación produce un gran desgaste psíquico físico y patologías
irreversibles para el resto de la vida como enfermedades articulares, de las cuerdas vocales, de la vista, endócrinas, cardio
respiratorias, sistémicas crónicas y enfermedades producidas por contacto
prolongado con el cloro de las piscinas y de la piel por exposición al sol.
Estas condiciones adversas de trabajo son las causantes de que los profesores
se enfermen a temprana edad.
Que se realicen los mayores esfuerzos para la
construcción de gimnasios, salones o
galpones pre fabricados similares a los utilizados en la rural del Prado para
mejorar no solo las condiciones laborales sino también las condiciones de la
propia actividad de los alumnos.
Que se realicen los máximos esfuerzos para
techar las piscinas que se encuentran en barrios periféricos propiciando el
aprendizaje de Natación para todos los ciudadanos.
1-3-
CONCURSOS.
Antes del año 1974 se ingresaba al organismo
rector automáticamente después de obtener el Título de Profesor de Educación
Física, sin límite de cupos, y no hay antecedentes de que, antes de estos años,
quedara sin cargo un docente que hubiera salvado un concurso de ascenso, ni que
tuviera que dar el mismo concurso reiteradamente, habiéndolo salvado en primera
instancia como es el caso de nuestra carrera docente. Esto no ocurre
actualmente en ningún organismo estatal como ANEP, Ministerio del Interior etc.
Que se creen cursos preparatorios para los
concursos.
Que se garantice la igualdad y la equidad de
oportunidades.
Que se respeten los grados requeridos para cada
uno de los cargos en los llamados a concurso. Por ejemplo el cargo de Jefe de Servicio corresponde al grado 04 o sea 13
años de carrera docente como mínimo con calificaciones de Muy
Bueno a Excelente, no pudiendo presentarse quien no reúna estas condiciones. Y
el cargo de Inspector corresponde al grado 06 y 07. Si esto no se cumple, se asciende
sin tener carrera ni trayectoria
docente.
Que todos los factores de la etapa de méritos
se expresen en notas de 0 a 12.
El reglamento vigente de concurso expresa que todos los factores de los méritos, incluyendo la Calificación Anual y la Nota Parcialdeben estar expresados en notas de 0 a 12 y no en puntajes de hasta 80 o 90. Esto no se cumple dejando las calificaciones expresadas en puntajes quedando sobre valoradas en un 750 % por encima de los méritos y la antigüedad, más aún por que se pondera con un máximo de nota 10.
De esta manera se sobre valora la calificación
promedial de los últimos 5 años, que se multiplica por el factor 12. Y solo se computan los méritos
exclusivamente de esos últimos 5 años borrando 10, 15 o 25 años la carrera de
los docentes.
Nota Parcial: también se multiplica por un
factor ponderado en 12 puntos que es el
mayor de todos los ítem de los méritos y se computa la calificación del año
anterior. Y se solicita por nota, quien no lo hace así queda relegado a los
últimos lugares en los méritos.
La Nota Parcial pretende reflejar la
calificación del año en curso hasta el momento de inscripción al concurso en
ausencia de una evaluación real, aplicando la nota total del año anterior. El
resultado es que al no dividirlo en porcentajes por la cantidad de meses
trascurridos para que sea una nota parcial, se deja así, pasando a ser una nota total como si fueran 5 años
más de trabajo, pudiendo alcanzar, ésta y la calificación de los últimos 5
años, hasta 1080 puntos en cada item, comparados con el resto de los méritos
topeados en notas de 0 a 12.
Que se elimine la Nota Parcial.
La Acción Circundante a la Función, en el
Reglamento vigente, otorga méritos a tareas realizadas fuera del horario
curricular de actividades.
Los méritos deberían ser evaluados solo durante
el horario curricular de trabajo.
Los Profesores en funciones no tienen tareas
fuera del horario curricular y además los docentes que colaboran en dichas
actividades voluntarias son seleccionados por los jerarcas. Se pondera
multiplicándose por el factor 8.
Que se revea y se analicen los casos de
docentes que con más de 20 años de docencia han salvado concursos de Jefes
de Servicio (correspondiente al cargo de Director de Escuela) o Inspectores
no permitiéndoles acceder a las
vacantes. Teniendo que dar dos o tres
veces el mismo concurso por el mismo cargo aún habiéndolo salvado
reiteradamente sin realizar una lista de espera, sin permitir desempeñar el
cargo en forma interina hasta que se produzca la vacante, peor aún, crearse un
año de homologación en el cuál tampoco se dieron todas las vacantes, creando
concursos cerrados como en el año 1994, haciendo llamados de a 11 cargos en
pequeñas dosis no pudiendo acceder a
los cargos en el año de homologación por no existir la voluntad jerárquica de
ocupar las vacantes haciendo nuevos llamados a concurso. Debido a lo cual los
docentes fueron lesionados y perjudicados profundamente.
Que los llamados a Ispectores sean con carácter
de cargos nacionales con una sola lista de concursantes, ordenados por puntajes
que hayan salvado y hayan adquirido su derecho a elegir el lugar
de trabajo.
Que se derogue la homologación de un año y se
mantenga el resultado de los concursos aprobados evitando mantener una mano de
obra envejecida con carreras docentes truncadas.
Que el dinero de las vacantes se destine
exclusivamente a dichos fines y no para contrataciones zafrales. No como se
hizo en 1998 que se les negó la ocupación de vacantes a un grupo de docentes que
aprobaron el concurso de Jefes de Servicio por destinarse ese dinero para
contratos zafrales.
Que se
confeccione una lista de profesores que tengan más de 20 años de carrera
docente,
que hayan salvado concursos reiteradamente para
que accedan a los cargos de ascenso a medida que se generan vacantes.
Que se valoren la totalidad los Cursos de ISEF
en la etapa de Oposición y Méritos, y además,
por encima de otros Títulos Universitarios.
Que se valoren en forma especial los Posgrados
de ISEF y que se realicen en forma gratuita buscando la superación y
capacitación de todo el personal docente.
1-4-
PLAZAS DE DEPORTES.
Que el Consejo de Educación Física no permita la autogestión de predios municipales o instalaciones destinados a actividades deportivas por grupos de personas no docentes. La Gestión de Centros Deportivos corresponde a quienes se capacitaron en forma profesional para dicho fin.
Que Educación Secundaria realice un convenio
con el Consejo de E.F. y en lugar de alquilar clubes privados para sus
actividades deportivas se compartan las instalaciones y ese dinero se vuelque a
las plazas de deportes.
Que se destine el personal docente, de servicio
y administrativo necesario para las plazas de Deportes y otros servicios.
Que no se contrate a este personal en negro o
legalmente, por Comisiones de Fomento u
organizaciones ajenas al Consejo de E.F. Y que vuelvan a ser Comisiones
de Apoyo recaudando con actividades u otras formas dineros y donaciones para
apoyar las instituciones y al alumnado para sus actividades deportivas como
campamentos, torneos, intercambios etc.
Y que no se formen Comisiones
Administradoras cobrando para la
práctica de la Educación Física ya que la población tiene derecho a la
Educación y a la Educación Física Pública Gratuita.
Que los destinatarios sean alumnos y no
usuarios que usufructúan instalaciones.
Se deberán instrumentar Planes y Programas
Educativos para todas las edades: preescolares, escolares, jóvenes y adultos.
Programas que contengan valores donde
competir y vencer se minimice dando paso a la solidaridad, la integración el
respeto y los derechos humanos. Donde se defina que los términos de ganar o
perder pertenecen a los adultos y que la formación y la enseñanza sustituyan al
mal llamado entrenamiento de niños y adolescentes.
En las Plazas de Deportes las unidades para la
elección de lugares de trabajo deben ser similares respondiendo a un Programa unificado. Dichas actividades basadas
en escuelas deportivas con la finalidad de que los alumnos se capaciten en un
amplio abanico de disciplinas.
2- EL
PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA EN TAREAS COMUNITARIAS.
El profesor de Educación Física que se
desempeñe en el área de la salud, recreación, turismo, comunitaria, social etc.
debe tener el cargo con carácter de docente con todos sus derechos y
obligaciones. Como las maestras trabajando desde el Consejo de Educación
Primaria como “Maestra en Trabajo Comunitario”.
3-
ESCUELA.
No permitir que ONGs o Comisiones de Fomento de
las Escuelas contraten profesores en negro o legales privados en la órbita de
la Enseñanza Oficial.
No permitir que otros organismos del Estado
ajenos al Consejo de Educación Física
contraten profesores para la docencia en Escuelas.
Que los dineros de los préstamos de BID o de
UNESCO destinados a contratos docentes de Educación Física pasen a ser
administrados por el Consejo de Educación Física. Para que los docentes
ingresen en forma interina al Consejo de Ed. Fis. con todos los derechos
laborales iniciando su carrera docente para luego concursar por la efectividad
y el reconocimiento de sus grados sin
discriminación.
Que el Consejo de E.F. gestione la selección de
talentos infantiles o adolescentes desde la órbita pública hasta su futura
integración a las selecciones de representaciones nacionales. Y también allí continúe haciendo un seguimiento del
proceso de desarrollo del deportista.
Que realice el control de las Federaciones Deportivas y estas se
integren dentro de la órbita del Consejo de E.F.
Que se integre el Baby Fútbol a la rectoría del
Consejo de E.F. pudiendo destinar docentes calificados, Profesores y Técnicos
Deportivos. Y que se desarrolle este deporte para niñas.
4-
INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN FÍSICA.
Que el ingreso al ISEF de Montevideo no se
limite por cupos de 30 mujeres y 30 varones de más de 500 aspirantes, que aún
salvando la prueba de ingreso que es altamente selectiva, quedan afuera del
instituto debiendo dar la prueba otra vez al año siguiente. Y que un pequeño
porcentaje debe trasladarse a Maldonado o a Paysandú a ocupar los cupos
sobrantes de estos departamentos afectando a los que carecen de recursos
económicos. Se establece además un ranking que depende azarosamente de la
experiencia deportiva del resto de los concursantes. Ingresan solo los elegidos
creando una frustración vocacional en los
jóvenes que no acceden.
Que se cree un curso de Profesores en el turno de la noche similar a magisterio para las personas que deben trabajar por necesidades económicas a temprana edad.
El gran cambio sería la creación de la
Universidad de la Educación donde se integren los Institutos de Formación
Docente IPA, ISEF, Magisterio etc.
Que el ISEF sea el único organismo habilitado
para otorgar el Título de Profesor de Educación Física y de Técnico Deportivo.
Esa función de contralor la debe ejercer el Estado exclusivamente.
Concurrir a una institución privada
costosa no puede ser una opción de los
rechazados por la falta de cupos en el
ISEF.
Que el curso de Profesores no se diversifique en ramas optativas generando
docentes con diferentes currículos.
Que el currículo se actualice y avance junto a
los cambios de los Institutos de Formación Docente paralelos.
Los abajo firmantes, entrenadores y profesores
de Educación Física asumimos nuestra
responsabilidad al hacer nuestro aporte basándonos en la trayectoria
docente; para el cambio a un sistema mejor que propicie la Equidad, la Igualdad de oportunidades y la unidad del
profesorado de Educación Física y los Técnicos Deportivos en su conjunto para
las generaciones de hoy y las venideras.