INFORME COMISIÓN 1
Integrantes: Lellis Díaz (IFD Salto), Nancy Salvá (IINN), Mirel Neveais (IFD Melo), Rita Cultelli (IINN), Anahí Larroca (CERP Colonia), Leonardo Martinelli (IFD Salto), Julio Arredondo (IINN), Susana Mora (IFD Rocha), Clara Oliveri (IFD Florida), Cristina Fernández (IFD Mercedes), Laura Peregalli (IFD San Ramón), Carlos Cabral (IPA), Patricia Ibarrondo (IFD Melo), Laura Domínguez (IFD Salto), Alvaro Berro (IPA), Alicia Acland (IPA).
Presidente: Julio Arredondo.
Secretaria: Laura Domínguez.
1.- Carácter
universitario de la formación de los profesionales de la educación
La formación de los profesionales de la educación, debe ser de forma plena formación superior y ésta únicamente se puede desarrollar en el marco de una Universidad Autónoma, Cogobernada y Coordinada que tendrá su singular estructura institucional. No cabe pensar en el carácter universitario como contenido sin un continente, es decir: debe sostenerse en una institución universitaria.
1.1.- El carácter universitario de la Formación de los profesionales de la Educación, implica:
§ La formación de grado.
§ La extensión, investigación y posgrado.
§ La posibilidad de integrarse al sistema de universidades públicas latinoamericanas en sus diversas redes.
1.2.- Qué supone la Autonomía
Clásicamente, incluso a nivel internacional se reconoce que la autonomía puede ser: administrativa, y/o técnica. En el Uruguay, la autonomía de gobierno - otra de sus categorías- viene a garantizar las tres primeras, en tanto desamarra a los órganos de gobierno de la educación del poder político.
La autonomía es un grado de descentralización, el máximo posible que prevé nuestra Constitución, por el cual el Gobierno Supremo del Estado delega parte de su autoridad y potestades en una persona o corporación, como señala Sayagués Laso (Tratado de Derecho Administrativo)
La autonomía se materializa en la posibilidad de dictar la normativa y aplicarla en actos concretos, que no pueden ser anulados por otro acto similar proveniente del Poder Central. El control de los Entes Autónomos se ejerce a través de las normas del Derecho para cada caso particular, por parte del Tribunal de lo Contencioso Administrativo o el Poder Judicial. El control que ejerce el Estado sobre un Ente Autónomo es frente a la función administrativa, es decir frente a casos particulares de aplicación de la normativa en actos administrativos. Esa función la realizan el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo o el Poder Judicial (Art.194 de la Constitución). En cuanto a la aplicabilidad de los artículos 197 y 198 para los Entes Autónomos de Enseñanza se limita a los parágrafos 1 y 2 del Art. 198
Históricamente puede observarse que los Entes Autónomos surgen cuando las tareas que desarrollan adquieren un grado de complejidad, multiplicación, extensión, especificidad y categoría de cometidos que justifique la existencia de una organización especializada para la tarea. Se considera que estas condiciones están presentes en la realidad educativa actual lo que hace necesaria la creación de una Universidad para este campo.
1.3.- Coordinación: esta Universidad no se concibe sino en articulación, lo que supone coordinación en por lo menos dos niveles:
§ La integración en un sistema universitario público con la UDELAR
§ La coordinación con el resto del sistema educativo
Por lo expuesto debe pensarse en la existencia de un órgano coordinador de todos las ramas de la enseñanza, que funcione en un relacionamiento horizontal y democrático.
2.- Naturaleza
de la Educación Superior
Según A. Pons el concepto de educación superior se asimila a la categoría universitaria –y no a la de terciaria- por lo tanto se propone la creación de una Universidad para la formación de los profesionales de la educación.
Nuestros argumentos se centran en los siguientes aspectos:
a) Las universidades son instituciones claves en el sistema de educación superior en términos de contribuir a resolver los compromisos complejos de la sociedad , por eso, para nuestro ámbito, una Universidad sería la responsable de implementar una formación humanística, científica y tecnológica vinculada a la realidad nacional y regional.
b) Las universidades otorgan títulos académicos de grado, organizan titulaciones de postgrado (maestrías y doctorados)que avalan para el ejercicio de determinada profesión y permiten la formación continua.
c) Las universidades jerarquizan la profesión, por el tipo de formación que suponen y porque permiten su reconocimiento internacional, al facilitar el acceso a los postgrados en cualquier país (en el marco de los acuerdos con otras universidades, redes académicas, convenios, etc.)
d) La creación de una Universidad, responde a la necesidad de:
§ unificar y ampliar la formación de los profesionales de la educación y de asumir la profesión con los rasgos que la definen como tal (autonomía, responsabilidad social y control del propio trabajo; libertad de pensamiento, capacidad de crítica y autocrítica, capacidad de cambiar creencias no sólo en el ejercicio de la profesión, manejo de conocimientos sólidos, generación de lazos de cooperación con los demás docentes, una ética compartida.)
§ producir conocimiento nacional en el campo educativo, repensando saberes y formas de hacer desde una perspectiva crítica ,recurriendo a referentes empíricos para contrastar teoría y práctica y producir reformulaciones teóricas.
3.- Carácter público de la Universidad
La oferta de formación universitaria de grado y posgrado en materia educativa se ha convertido en un nicho de mercado tentador para las agencias transnacionales. Las Universidades privadas están desarrollando planes en este sentido. Capturar la formación de los profesionales de la educación –mediante la liberalización al juego del “libre mercado” puede ser un buen negocio para el ámbito privado.
Ante esto, el Estado no puede quedar omiso
y dejar la formación docente pública en un nivel de educación terciaria no
universitaria, lo que dejaría en desventaja a sus egresados en relación con
aquellos que cursen carreras en el ámbito privado.
Dados estos
procesos de mercantilización de la educación, es imperiosa la necesidad de
defender como una cuestión de soberanía
nacional, la formación de profesionales de la educación de nivel superior,
como un bien público no negociable en el
mercado transnacional.
Según lo acordado en la 1ª Cumbre de Rectores de Universidades Públicas de Iberoamérica (Chile 1999) las Universidades públicas se definen por cuatro caracterísicas:
1. Su pertenencia: forman parte del Estado son responsabilidad del Estado.
2. Su financiamiento: es responsabilidad del Estado.
3. Su misión: es su compromiso social... Es una institución que responde a los valores constitucionales y no a políticas contingentes de ahí el concepto de autonomía que garantiza el ejercicio de esos derechos.
4. Su concepción del conocimiento como un bien social y no un bien privado.
4.- Marco
institucional
Ubicación y modelo.
La Universidad tendrá a su cargo la formación de los profesionales y académicos de la educación en todos sus niveles y modalidades. Participará en la definición e impulsará las grandes líneas en materia de política educativa a nivel nacional, en articulación con los demás entes de la enseñanza. Promoverá el desarrollo de la investigación científica en todos los campos disciplinares vinculados con los fenómenos educativos, generando las acciones para dar la más amplia difusión a los conocimientos producidos. Se encargará de desarrollar acciones de extensión que permitan atender las distintas problemáticas educativas en los más diversos ámbitos de la vida social y cultural del país.
Contará con estructuras de organización política, territorial, académica y administrativa que, recogiendo las tradiciones y elaboraciones teóricas de la educación nacional, se abran a propuestas pertinentes, en función de la realidad nacional.
Se analizaron otras posibilidades que consideramos no adecuadas:
§ Un cuarto consejo dentro o fuera de ANEP
§ Integrarse como facultad a la UdelaR
1) Argumentos
para descartar la idea de un cuarto consejo (dentro o fuera de ANEP)
a) No aseguraría la máxima e imprescindible autonomía que permite nuestra Constitución de la República en todos los niveles de decisión (académica, normativa, organizativa, política, administración de recursos y presupuesto)
b) Un cuarto consejo continuaría siendo un corsé muy ajustado que comprime las potencialidades para la generación de masa crítica (entendida como la constitución de un cuerpo docente y estudiantil capaz de producir y criticar los conocimientos e incidir en la realidad.)
c) Un consejo generaría desventajas para los egresados respecto de los egresados de las universidades privadas.
d) Legalmente no habilitaría al otorgamiento de título universitario ni títulos de postgrado a nivel de maestrías y doctorados.
e) No habilitaría a todos los ciudadanos uruguayos a tener las mismas posibilidades de acceder a esta formación. Se dan dos situaciones, tanto para el que se va del país (no tiene reconocimiento de su título a nivel universitario) como para quien retorna (la institucionalidad actual no permite reconocer titulaciones universitarias provenientes del exterior).
f) No permitiría cursar posgrados en universidades (nacionales ni extranjeras).
g) No permitiría convenios ni integración a las redes de universidades públicas regionales e internacionales.
h) No permitiría romper con las estructuras existentes actualmente en la formación docente, en sus aspectos de mayor inercia y rutina (por ej. la matriz normalista) y no definiría un nuevo perfil acorde a los intereses regionales.
i) Quedarían limitadas las posibilidades de coordinar acciones de investigación con las otras ramas de la enseñanza.
j) Un consejo no tiene potestades legales para participar en la regulación de las ofertas privadas de nivel terciario y universitario relacionadas con la formación de educadores.
2) Argumentos para descartar la idea de integración a la UdelaR
a) La UdelaR no tiene el grado de descentralización territorial que formación docente ya posee como potencial, por lo que integrarse a la Udelar significaría correr el riesgo de quedar atrapados en una estructura institucional fuertemente centralizada.
b) Podría diluirse la formación específica de los profesionales de la educación en otras disciplinas, caminando a contramano del proceso de formación de universidades pedagógicas que se está dando en América Latina.
c) La UdelaR estalla -por matrícula, infraestructura, cargos docentes, etc.- por lo que incorporar la formación docente introduciría nuevos problemas a los ya instalados y generaría disparidades escalafonarias difíciles de resolver.
d) Una nueva facultad al interior de la UdelaR implicaría una modificación de la Ley Orgánica de 1958 y un modelo diferente al que se propone para esta nueva universidad.
e) Se perdería la posibilidad de la singularidad instituyente.
5) Fines
0) Proporcionar una formación académica profesional superior
1) Formar los Profesionales de la Educación en todas sus modalidades y niveles para atender a las realidades educativas, culturales y sociales en el seno de una sociedad democrática.
2) DOCENCIA: Contribuir a democratizar el acceso a la cultura y al conocimiento en todas sus manifestaciones, promoviendo situaciones educativas de reflexión crítica y producción de conocimiento teórico práctico.
i) Generar ámbitos de reflexión y análisis sobre la Educación, sus temáticas, problemáticas y tensiones.
ii) Organizar la formación de profesionales que promueva la apropiación del conocimiento teórico y práctico para desarrollar en los estudiantes crecientes niveles de autonomía personal e intelectual.
3) Investigación: Diseñar y desarrollar investigaciones en todos los campos disciplinares relacionados con la educación en vistas a:
i) La producción de conocimientos tendientes a la explicación y comprensión de las problemáticas educativas, procurando su transformación.
ii) La comprensión de los problemas referidos a las dinámicas institucionales tanto universitaria como de otros ámbitos educativos.
iii) La integración a la investigación educativa sobre temas de política educativa.
iv) La producción de conocimiento disciplinar que atienda a los requerimientos de los procesos educativos en coordinación con otros colectivos académicos.
4) Extensión: Se entiende por tal el establecimiento y desarrollo de relaciones dialógicas en la sociedad con el fin de trabajar juntos en la definición, abordaje y superación de las diversas problemáticas sociales a partir de la construcción conjunta de demandas.
i) Desarrollar actividades y programas en el ámbito comunitario, relacionados con la práctica profesional.
ii) Promover las instituciones educativas como centro cultural del entorno fortaleciendo la identidad nacional y local.
iii) Propiciar instancias de difusión de la Cultura por medio de la ciencia, técnica, arte, la educación física y otras manifestaciones de la misma.
iv) Comunicación: Garantizar que la relación con la comunidad se construya desde la bidireccionalidad, con fluidez considerando los códigos particulares.
v) Atención a la demanda social en una co-construcción pertinente de la misma en diálogo entre la academia y la comunidad.
5) Ofrecer acreditaciones tales como: títulos de grado, especializaciones, postgrados, maestrías, doctorados, etc.
6) Reglamentar y regular la formación de los profesionales de la educación a nivel privado y/o la homologación de títulos extranjeros.
7) Promover instancias de formación continua para sus propios docentes.
6) Estructura:
organizativa, administrativa y académica de la Universidad Nacional Autónoma de
Educación. (UNAE)
Dado lo complejo de la discusión y el insumo en tiempo y esfuerzo intelectual que el tema requiere, es que la comisión acuerda presentar estas bases generales, reservando otros temas medulares, que han comenzado a ser discutidos para continuar en su proceso de formulación y definición.
Concebimos estructurar la futura Universidad en torno a cuatro dimensiones, las que estarán vinculadas entre sí. Ellas son:
Serán principios rectores para la elaboración de dicha estructura:
1. Autonomía.
2. Co – gobierno: que asegura la participación de sus tres ordenes, estudiantes, docentes y egresados.
3. Descentralización de formación inicial y postgrado. Realizando un aprovechamiento y fortalecimiento del personal e infraestructura con que cuenta actualmente la Formación Docente en todo el país.
7) Proceso de transición :
ETAPA INICIAL
· Periodo gestacional-
Afianzamiento de la identidad
Acciones en proyección para esta nueva estructura de los actores (Ejemplo cursos de Postgrado).
Evaluación de las potencialidades existentes ( desde el punto de vista de la infraestructura y el personal.)
· Período de socialización de los avances realizados por cada colectivo:
Estudiantes, egresados, otras ATD, gremios, comunidad política, medios de comunicación.
Formación de la Comisión Permanente.
Congreso.
· Período de negociaciones interinstitucionales.
· Período de reglamentación jurídica.
· Período de vinculaciones internacionales.
LA COMISIÓN SE DECLARA EN SESIÓN PERMANENTE PARA CONTINUAR AVANZANDO EN EL TEMA.