COMISIÓN ORGANIZADORA DEL DEBATE EDUCATIVO (CODE)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONGRESO

NACIONAL DE EDUCACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Montevideo

29 de noviembre – 3 de diciembre de 2006

 


NOTA ACLARATORIA

 


En noviembre de 2006 la Comisión Organizadora del Debate Educativo (CODE) publicó dos documentos en los que se sintetizaba el debate que había tenido lugar en los meses anteriores. En el primero de ellos se resumían las actas de 713 asambleas territoriales y en el segundo se ofrecía la síntesis de más de 400 aportes documentales al Debate. Ambos documentos fueron puestos a disposición de cada uno de los participantes en el Congreso Nacional de Educación, que tuvo lugar en Montevideo, del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 2006.

 

La presente publicación contiene el informe de la CODE sobre dicho Congreso. Su contenido es el siguiente:

                a) Una introducción relativa a los antecedentes, organización y desarrollo del Congreso.

                b) La transcripción de las resoluciones aprobadas por el mismo, o sea el texto de aquellas mociones que, al ser consideradas en sesión plenaria, obtuvieron el apoyo unánime o mayoritario del Congreso.

                c) El desarrollo de las sesiones plenarias del Congreso. En esta parte se da cuenta de cómo transcurrieron las sesiones plenarias, las mociones que fueron consideradas en las mismas, ofreciéndose al lector tanto las que obtuvieron mayoría de votos y que, por consiguiente, fueron aprobadas, como las que fueron presentadas a la plenaria y no obtuvieron su aprobación. Este apartado fue elaborado a partir del Acta de las sesiones plenarias de los días 2 y 3 de diciembre redactada por la Mesa del Congreso.

                d) El texto de los informes presentados a la Mesa de la plenaria por cada una de las 15 comisiones temáticas constituidas por el Congreso. Esta transcripción tiene un doble objetivo: por un lado, dar cuenta de las deliberaciones que durante dos días realizaron las comisiones, cada una de las cuales pudo profundizar el tratamiento de uno o más aspectos del quehacer educativo; por otro lado, subsanar los efectos de las limitaciones del tiempo de que dispuso la plenaria. En efecto, las tres sesiones plenarias sólo pudieron pronunciarse sobre seis de los informes de las comisiones temáticas. Ante la falta de tiempo para considerar los otros nueve, la plenaria adoptó dos medidas: la primera, dar por aprobadas por el Congreso todas aquellas mociones que hubieran sido adoptadas por unanimidad en esas nueve comisiones; la segunda, incluir en la presente publicación el texto completo de los informes de todas las comisiones, permitiendo así al lector conocer, a través de presentaciones completas, aunque de estilos muy variados, todas las posiciones expresadas en el seno de las mismas.

 

Al aplicar este criterio, el Congreso se mostró coherente con el carácter abierto y democrático que caracterizó todo el Debate Educativo, y con el enfoque dado a las síntesis del Debate incluidas en las dos anteriores publicaciones. La CODE, en todo momento, ha puesto a disposición de las autoridades educativas, de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, de los profesionales de la educación y de la opinión pública, la totalidad del pensamiento emergente del Debate. El lector sabrá disculpar que, al procederse así, se reitere algún texto en el presente documento.

 

En los informes de las Comisiones se incluyeron los resultados cuantitativos de las votaciones, cuando se dispuso de ellos. No se ha considerado, en cambio, necesario mencionar los nombres de las entidades o personas que presentaron las diferentes mociones. Para quienes lo deseen, la versión completa del Acta del Congreso, elaborada por la Mesa, se encuentra en la página web de la CODE www.debateducativo.edu.uy. Allí se podrá conocer el desarrollo del Plenario, incluidas las mociones de orden, votaciones y otros detalles omitidos por razones de espacio y de mejor comprensión en este volumen.

 

e) Algunos anexos completan esta publicación: el Reglamento de funcionamiento aprobado por el Congreso, las intervenciones en los actos de apertura y de cierre del Congreso y las estadísticas de la concurrencia al mismo.

 

La CODE expresa su satisfacción por la realización del Congreso Nacional de Educación y su agradecimiento a todos aquellos que lo hicieron posible, en particular a las Comisiones Zonales y Departamentales, a todos los miembros del Equipo de Apoyo y a la Mesa que dirigió los debates y sistematizó con celoso cuidado la importante documentación producida por el Congreso.

 

A esta tercera publicación seguirá la cuarta y última, que la CODE tiene ya en preparación: el Informe Final de la totalidad de sus trabajos.

                                                                                                              Enero de 2007.



ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONGRESO NACIONAL DE EDUCACIÓN

 

El Congreso Nacional de Educación fue oficialmente convocado por la Administración Nacional de Educación Pública, el Ministerio de Educación y Cultura y la Universidad de la República, y fue organizado por la CODE. El mismo fue de carácter nacional, representativo –por cuanto estuvo integrado por delegados de los colectivos reconocidos previamente por la CODE-, democrático en su funcionamiento, gratuito, y resolutivo ya que el Plenario adoptó resoluciones, dejándose constancia de las posiciones minoritarias cuando así fue solicitado por miembros del Congreso. Sus resoluciones constituyen recomendaciones a las autoridades autónomas de la enseñanza y a los poderes Ejecutivo y Legislativo.

 

El Congreso fue inaugurado el 29 de noviembre con la participación del Ministro de Educación y Cultura, Jorge Brovetto, Miguel Soler como representante de la CODE, el Rector de la Universidad de la República Rodrigo Arocena, el Director Nacional de Educación Pública Luis Yarzábal y el Presidente de la República Tabaré Vázquez.

 

Luego del Acto de Apertura, Carlos Barceló, Luis Garibaldi, Elsa Gatti y Eduardo Tornaría en representación de la CODE, instalaron la primera sesión plenaria del Congreso. En esa sesión se resolvió elegir siete miembros para la integración de la Mesa del Congreso que habría de presidir el Plenario del Congreso entre el sábado 2 y el domingo 3 de diciembre y se decidió que entre sus miembros hubiera por lo menos un estudiante y un no docente. La elección se realizó en forma secreta, pudiendo votar cada delegado hasta siete nombres de una lista de nombres propuestos durante la sesión del día miércoles. El día jueves 30 la CODE realizó el escrutinio quedando electos para integrar la Mesa: Julián Mazzoni de la ATD de Secundaria, Gilda Manfrini del Centro de Estudiantes del IPA, Lucía Pastore de la Asamblea General del Claustro de la Universidad de la República, María Jesús Braña delegada de una Asamblea Territorial de la Zona 9 de Montevideo, Aníbal Merino de la Federación Nacional de Profesores de Secundaria, Marcelo Piñeiyo de una Asamblea Territorial de la Zona 3 de Montevideo y Ema Fernández de la ATD de Formación Docente.

 

La primera sesión Plenaria aprobó sin modificaciones el reglamento propuesto por la CODE y el funcionamiento de las siguientes quince Comisiones Temáticas:

1. Educación inicial y primaria,

2. Educación secundaria,

3. Educación técnico profesional,

4. Educación terciaria y universitaria,

5. Formación y perfeccionamiento docente,

6. Educación rural,

7. Educación de jóvenes y adultos,

8. Educación No Formal,

9. Inclusión educativa y educación especial,

10. Educación, democracia y derechos humanos,

11. Educación, trabajo, ciencia y tecnología,

12. Educación y salud,

13. Educación, cultura, medios de comunicación y nuevas tecnologías,

14. Principios y fines de la educación y

15. Sistema nacional de educación.

 

Esa sesión también aprobó el siguiente cronograma de trabajo:

Jueves 30 de noviembre:     8:30 horas instalación y trabajo de Comisiones Temáticas.

19:30 horas instalación y trabajo de la Comisión de Redacción.

Viernes 1 de diciembre:      8:30 horas trabajo en Comisiones Temáticas.

                                         19:30 horas trabajo de la Comisión de Redacción.

Sábado 2 de diciembre:       9:00 horas trabajo en Plenario.

Domingo 3 de diciembre:     8:30 horas trabajo en Plenario.

 

El orden del día aprobado para el tratamiento en plenario de los informes de las comisiones temáticas fue el siguiente:

 

Sábado 2

Hora             Comisión

                        

9:00      14         Principios y fines de la educación

11:00    15         Sistema nacional de educación

13:30                 Receso

                        

15:00    1           Educación inicial y primaria

16:00    2           Educación secundaria

16,45    3           Educación técnico profesional

17,30    4           Educación terciaria y universitaria

18:15    5           Formación y perfeccionamiento docente

19:15    6           Educación rural

20:00    7           Educación de jóvenes y adultos

 

Domingo 3

8:30      8           Educación No Formal

9:15      9           Inclusión educativa y educación especial

10:00    10         Educación, democracia y derechos humanos

10:45    11         Educación, trabajo, ciencia y tecnología

11:30    12         Educación y salud

12:15    13         Educación, cultura, medios de comunicación y nuevas tecnologías

13:00                 Declaración final

 

El Congreso Nacional de Educación estuvo constituido por delegados de las Asambleas Territoriales y de las organizaciones que enviaron aportes al Debate Educativo. La CODE realizó previamente la distribución de cupos por la cual cada Asamblea Territorial tuvo derecho a designar dos delegados al Congreso, y también asignó el número de delegados a las organizaciones que aportaron documentos al Debate Educativo. Según la distribución final y luego de corroborar el número de Asambleas realizadas estaban habilitados para ser designados 1960 delegados: 1426 de Asambleas Territoriales (73%) y 534 (27%) de organizaciones que aportaron documentos.

 

En las Comisiones del Congreso participaron en total 1265 delegados, de los cuales el 63 % representaban a Asambleas Territoriales o Comisiones Zonales y Departamentales y el 37 % a organizaciones.

 

En los plenarios la participación alcanzó a 1221 delegados de los cuales el 62.5 % representó a Asambleas Territoriales o Comisiones Zonales y Departamentales (59% con voto y 3.5 % sin voto) y el 37.5 % a organizaciones.


 

 

 

 

 

 

RESOLUCIONES APROBADAS

 

POR EL PLENARIO DEL CONGRESO


I. DENOMINACIÓN DEL CONGRESO

 

Proponemos nombrar este congreso como: “Primer Congreso Nacional de Educación Maestro Julio Castro”.

 

II. MOCIONES PRESENTADAS POR LAS COMISIONES TEMÁTICAS Y APROBADAS EN LAS SESIONES PLENARIAS

 

COMISIÓN 14

Fines y principios de la educación

 

PRINCIPIOS DE AUTONOMÍA Y COGOBIERNO

 

Entendemos la educación como un hecho político y social que en tanto tal nos involucra a todos. Constituye un elemento liberador y emancipatorio siempre que se enmarque en un proyecto de profundización democrática y participativa que parta de nuestra realidad concreta y se oriente a formar sujetos libres, críticos, solidarios y comprometidos.

 

Para esto, proclamamos la autonomía como un principio rector de la educación pública en todos los niveles como forma de preservarla de todo interés de carácter político partidario, religioso, económico (incluyendo los organismos internacionales de crédito).

 

Hablar de autonomía en términos jurídicos, implica dotar a un ente del grado máximo de descentralización respecto al poder central del Estado. Es decir, otorgarle a los entes de enseñanza plenas potestades para autodeterminarse en las esferas: administrativa, de gobierno, técnico-docente y financiera.

 

La autonomía administrativa, como se deriva de la propia definición expuesta, significa la potestad para elaborar la normativa respectiva, en el marco legal de la especificidad del Ente.

 

La autonomía de gobierno conlleva la consagración del cogobierno por parte de todos los actores involucrados, definiendo las políticas educativas con independencia del gobierno del momento, a través de mecanismos democráticos de participación. Por tanto para garantizar la autonomía, las autoridades deben ser electivas, rechazando su designación por parte del Poder Ejecutivo.

 

Además de una democratización del Ente el cogobierno implica una rica experiencia educativa, en tanto posibilita espacios y oportunidades para la construcción colectiva, la resolución común de los conflictos y la asunción colectiva de responsabilidades.

 

PRINCIPIOS DE LAICIDAD, LIBERTAD DE CÁTEDRA Y OPINIÓN

 

Laicidad. El principio de laicidad implica promover el tratamiento integral y crítico de los temas mediante el libre y público acceso a las fuentes de información y conocimiento, que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. Se garantiza entonces, la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias.

 

El derecho a la educación exige la laicidad como principio. También lo exige el modo de vida democrático, si queremos que la democracia sea algo mas que un ejercicio del sufragio. La actitud laica debe ser la que prevalezca en las relaciones democráticas, en el sentido del respeto por las posiciones diferentes en temas susceptibles de polémica en el marco de los procesos de construcción de la sociedad.

 

Requiere del sujeto una capacidad de descentramiento tanto en lo individual como en lo social que le permita ubicarse en la posición del otro. Implica el pleno desarrollo de las estructuras mentales que asegure el ejercicio del pensamiento reflexivo y la capacidad crítica.

 

Asimismo, la laicidad se asocia al derecho a elegir entre posiciones diferentes en el campo de los valores complejos como la religión, la filosofía, la política entre otros. Pero a la luz de lo expresado anteriormente, no puede entenderse esta elección como quien elige un producto en la góndola de un supermercado sino como un proceso de elaboración reflexivo y autónomo.

 

Asegurar el respeto y la profundización del proyecto laico es obligación del Estado. Este principio se sustenta en la racionalidad crítica y en la problematización del conocimiento, oponiéndose a cualquier dogmatismo y práctica adoctrinante. Rechaza también cualquier compromiso con intereses privados: partidarios, religiosos o económicos.

 

Aunque la laicidad constituye un principio histórico de la tradición educativa nacional, a comienzos del siglo XXI se hace necesario redimensionar su significado. En ese sentido, no significa neutralidad respecto a ningún fenómeno de la vida social, sino que alude al desenvolvimiento de prácticas de libertad y pluralidad, tomando como principios el cooperativismo, la solidaridad, el compromiso con la igualdad social, el respeto a la diversidad.

 

Supone que no deben existir tópicos prohibidos ni censuras que impidan el abordaje de temas emergentes y polémicos. Particularmente, la acción educativa no puede ser prescindente o indiferente ante hechos como la esclavitud, la xenofobia, la guerra, el militarismo agresor, la riqueza y la pobreza extrema, la injusticia consciente, la impunidad legalizada que, junto a problemáticas como la exclusión la violencia física y verbal y la discriminación deben tratarse explícitamente en las aulas. El respeto por la diversidad tiene como límite la defensa de los Derechos Humanos fundamentales.

 

La laicidad debe fomentar valores como la libertad y la justicia, el espíritu crítico, la capacidad de diálogo y la tolerancia en un horizonte de transformación social.

 

Libertad de cátedra y opinión. La plena realización del principio de laicidad, requiere también de la libertad de cátedra y de opinión. El alcance de la libertad de cátedra y opinión refiere a que el docente desde su condición de profesional es libre de planificar sus cursos respetando los objetivos y contenidos de los programas de estudio, realizando una selección crítica de conocimientos.

 

Asimismo, supone la libertad que tienen los educandos para acceder a todas las fuentes de información y cultura. No implica la imposición de una cultura sobre otra o de un grupo sobre otro. Debe servir para respetar y asegurar la identidad del sujeto. Se garantiza con este principio la pluralidad de opiniones y la confrontación democrática de concepciones.

 

Este principio debe extenderse a toda la sociedad, basándose en la concepción de Paulo Freire con respecto al educando “Nadie educa a nadie. Todos nos educamos a todos mutuamente, relacionándonos unos con otros”. De esto deviene que la persona del educando adquiere la centralidad en el momento de definir políticas educativas institucionales y proyectos educativos.

 

La autonomía y el cogobierno conforman el marco institucional de garantía democrática y de construcción colectiva para la concreción de este principio.

 

OBLIGATORIEDAD Y GRATUIDAD

 

Obligatoriedad. La ignorancia no es un derecho, por lo tanto la obligatoriedad es uno de los pilares junto a la laicidad, gratuidad, integralidad, que efectiviza la educación como derecho humano fundamental.

 

Este es un principio que asegura la inclusión social, superando la dualización y consiguiente marginalidad de amplios sectores de la población. Esta sociedad conformada por “ganadores y perdedores”, de “integrados y excluidos” que ha ido generando el neoliberalismo, se combate desde políticas de estado que materialicen la obligatoriedad como principio rector de la educación.

 

Esto exige:

a)      que los padres cumplan con su obligación de hacer efectivo este principio.

b)      que el estado controle que se efectivice este deber de los padres a través de diferentes organismos: BPS, INAU, entre otros.

Por último, asegura la educación desde los cuatro años hasta el nivel medio superior.

 

Gratuidad. Este principio es una condición necesaria para la realización efectiva de la educación como bien social público. Esto constituye un criterio necesario para la universalización del acceso y permanencia del estudiante en el sistema educativo. Aquí es necesario diferenciar entre Enseñanza Gratuita, que es con lo que ya contamos y Educación Gratuita que implica la atención a las condiciones concretas de efectivización, como por ejemplo, atender las políticas de boleto estudiantil, de alojamiento, de distribución gratuita de publicaciones.

 

La futura ley deberá asegurar estos dos principios de la enseñanza pública, proveyendo de los recursos que esto implica. Asimismo, se legislará sobre su incumplimiento.

 

La Ley deberá establecer el derecho de los trabajadores a que se adecue su horario de trabajo en la empresa u organismo cuando su formación y sus estudios lo requieran.

 

Universalidad e inclusión. La educación es un derecho de todos los seres humanos, sin diferencias de ningún tipo. El estado debe velar por su pleno desarrollo. El derecho a la educación significa propiciar las instancias que desde lo educativo tiendan a respetar tiempos, características del educando, ritmos e inteligencia; de forma de alcanzar el derecho a ser diferentes a través del pleno desarrollo de las potencialidades individuales.

 

Descentralización. El Congreso Nacional de Educación considera que el Sistema Nacional de Educación Pública, estructurado a partir de la nueva ley de educación deberá, en su organización interna, autónoma y cogobernada, propender al desarrollo de la dimensión geográfica de la descentralización.

 

Por descentralización geográfica se entiende en primer lugar, la obligación del Sistema Nacional de Educación Pública de garantizar la posibilidad de acceso y permanencia a todos los niveles educativos (inicial, primaria, media, terciaria, de grado y postgrado) en todo el territorio nacional.

 

En segundo lugar, este principio garantizará el derecho de cada centro educativo que forma parte del sistema nacional de educación pública a organizar y desarrollar su propio proyecto de trabajo, en el marco de la unidad pedagógica curricular y de los principios y fines promulgados por la ley general de educación. Se priorizará la interrelación de cada institución educativa con la comunidad social de su contexto a fin de coadyuvar a la reconstrucción del entramado social solidario.

 

INTEGRALIDAD

 

Es la educación la que debe transmitir a las generaciones futuras el conocimiento acumulado por la sociedad hasta el momento actual, promover la reconstrucción del mismo y la creación de nuevo conocimiento, así como orientar el uso que la sociedad le dé al mismo.

 

Por todo esto resulta inaceptable que se le asigne a la institución educativa el rol de meramente brindar a las personas las habilidades básicas que les permitan insertarse en el mundo del trabajo. No se trata de negar con esto la necesidad de formar a las personas en tanto sujetos participes de los procesos productivos, sino todo lo contrario. Se reacciona ante la concepción del trabajador pasivo, acrítico y enajenado y se promueve un trabajador con criterio autónomo, que se apropie de los procesos productivos en los que participa y que desarrolle su tarea con sentido cooperativo.

 

Es decir, se promueve una formación integral del sujeto en tanto ser social, político, económico y cultural, donde uno de estos aspectos no puede ser abordado sino en estrecha vinculación con los otros.

 

El proyecto educativo debe tener como principal finalidad la formación de sujetos críticos, reflexivos, autónomos, libres, solidarios, comprometidos con la igualdad social y protagonistas de la transformación de su sociedad. La educación debe apuntar al reconocimiento de los sujetos como entidades dialogantes y solidarias capaces de confiar en sus propias capacidades de vivir y de luchar, tomando a la dignidad como valor fundamental, en una ética de la autonomía en un momento donde la victimización y la negación de la vida trastocan todos los valores.

 

Se trata de promover personas solidarias, capaces de resolver colectivamente los problemas comunes, educados en los principios y prácticas de la cooperación (como lo prescribe la Recomendación 193 de la OIT) como herramienta de democratización efectiva de las relaciones económico-sociales.

 

Este principio se considera como un derecho porque permite educar a la persona en todas sus dimensiones, física, intelectual, social, afectiva, estética y ética.

 

Se debe fomentar diversas formas de expresión promoviendo la diversidad cultural y apostando a una concepción humanista que promueva el desarrollo individual hacia la libertad, que contemple la multidimensionalidad, jerarquizando una postura de procesos permanentes recursivos y abarcativos.

 

El principio de integralidad debe permitir la educación y formación de las personas en todas y cada una de sus dimensiones, contemplando el desarrollo de las potencialidades, fomentando las diversas formas de expresión, respetando la diversidad y promoviendo las mismas. La integralidad debe promover el desarrollo de la persona hacia la libertad y la emancipación, permitiendo ser críticos ya sea individual como colectivamente.

 

Como pertenecientes al planeta Tierra, del cual sacamos nuestros recursos de vida, debemos promover que nuestras conductas de producción no contaminen y/o degraden dichos recursos. El objetivo de integralidad hace que el sistema educativo deba articular permanentemente sus ofertas y programas para ayudar a crear convicciones sociales, científicas, tecnológicas y ambientales, convenientes a la realización de un país productivo con procesos apropiados y trabajo digno. Esta articulación con los actores sociales relevantes se realizará en ámbitos permanentes de intercambio y consulta con los mismos.

 

Dentro del principio de integralidad, apostamos a promover las técnicas de resolución alternativa de conflictos desde la educación inicial, generando una cultura de paz, procurando centrar sus acciones en la tolerancia, entendida como respeto por el otro, la solidaridad y no discriminación.

 

Se deberán promover técnicas de resolución alternativas de disputas en los planes de estudio de formación docente, así como capacitación de todos los actores institucionales para que puedan utilizar las herramientas de las distintas técnicas para la convivencia. Se deberá incluir la cultura de paz en los principios de la educación, así como fomentar a nivel nacional e internacional el desarrollo de la paz y la justicia. Se debe defender los derechos humanos, ya que todos los seres humanos sin exclusiones son sujetos de derecho.

 

LIBERTAD DE ENSEÑANZA

 

Se debe trabajar por la ampliación y el fortalecimiento de la Educación Pública Estatal que garantice en toda su dimensión el derecho a la educación. Esto implicaría la libertad concreta de acceder a diversidad de propuestas educativas gestionadas a nivel público-estatal.

 

La libertad de enseñanza consagrada a nivel constitucional debe estar acompañada por un rol activo del Estado en la regulación y el contralor de los servicios educativos de gestión privada.

 

MOCIÓN GENERAL

 

Incluir al final del informe el pedido de esta comisión que el plenario de mañana deje expresa constancia de solicitar al organismo receptor de este debate educativo, que las sugerencias emanadas del mismo sean contempladas en la futura ley de enseñanza.

 

 

COMISIÓN 15

Sistema Nacional de Educación

 

El plenario de la Comisión se expidió claramente en lo que refiere a autonomía, cogobierno, Sistema Nacional de Educación y presupuesto para la Educación. En este sentido, la ley deberá garantizar un 6% como mínimo del PBI.

 

Respecto a la autonomía, se considera que la misma es un principio consagrado constitucionalmente desde 1917, pero históricamente se inicia con la ley Orgánica de la Universidad de la República de 1958. Más allá de los aspectos formales, dicho principio se desvirtúa cuando las autoridades de la enseñanza son designadas por el Poder Ejecutivo con venia del Senado.

 

Desde el punto de vista jurídico la autonomía constituye el grado máximo de descentralización de un ente con respecto al poder central del Estado. Se entiende la autonomía desde el punto de vista técnico-pedagógico, administrativa, presupuestal, financiera y de gobierno.

 

Se valora que el gobierno de la Educación no puede estar supeditado a los gobiernos de turno, por lo que sólo puede desarrollarse a través del cogobierno. Rechazamos la dependencia político- partidaria, al tiempo que la autonomía real exige la participación de todos los actores sociales.

 

Respecto al cogobierno, se entiende que es la forma de gobierno que garantiza la vigencia y validez de la autonomía, en tanto quienes integren los órganos directrices sean electos por los directamente involucrados, entendiéndose por ello: docentes, padres, estudiantes, funcionarios.

Se considera a su vez, que la ley deberá establecer los mecanismos de revocación de las autoridades.

 

Por tanto, la Comisión entiende que la futura Ley de Educación, deberá integrar la autonomía como principio rector materializado a través del cogobierno de toda la Educación Pública. Ambos aspectos, autonomía y cogobierno, son principios indisociables.

 

En lo que refiere al Sistema Nacional de Educación Pública, se considera que es la superación democratizante de la incomunicación institucional del actual modelo educativo, actualmente fragmentado y fragmentador.

 

El Sistema Nacional de Educación Pública (SNEP) debería constituirse en un modelo de relacionamiento interinstitucional para la concreción de una concepción educativa popular, integral y liberadora.

 

El SNEP estará integrado por todos los órganos de la Educación Pública, en un marco de respeto a la autonomía y el cogobierno.

 

Sus funciones serán la hilación estratégica y congruente del Proyecto Educativo:

 

La posición mayoritaria de la Comisión considera que el conjunto de la educación no universitaria, debería ser asignado a un Consejo Directivo de Educación con diversos Consejos que tengan un grado de autonomía semejante al que actualmente tienen los Consejos de Facultad respecto al Consejo Directivo de la Universidad de la República. Dicho Consejo Directivo debe estar integrado exclusivamente por representantes de los actuales sub - sistemas de ANEP, sin perjuicio de que se agreguen representantes de órganos deliberantes del conjunto del ente a semejanza de la Asamblea General del Claustro de la UdelaR.

 

Se sugiere que las dificultades que puedan surgir entre los dos Entes sean resueltos por convenios inter - administrativos y que se prevea un organismo coordinador que sustituya a la actual Comisión Coordinadora inconstitucional.

 

La Comisión considera que los cargos no electivos, tendrán como forma de ingreso el concurso. Cada Consejo los reglamentará. Los padres de alumnos de la educación pública primaria deben ser reconocidos como actores consultivos y deliberativos.

 

A su vez, se sostiene que las Asambleas Técnico - Docentes tendrán carácter preceptivo en lo referido a lo técnico pedagógico; sus representantes durarán cinco años en sus funciones. También se deben constituir las asambleas de estudiantes, padres y funcionarios no docentes.

 

Se planteó que se institucionalice el Congreso Nacional de Educación que tendrá como funciones la elaboración de las políticas educativas, su evaluación y balance. Debería ser convocado periódicamente y estar contemplado en la nueva ley.

 

Se rechaza la incorporación de la concepción de autonomía de centro asociada a la concepción neoliberal y fragmentadora. La autonomía del sistema implica no supeditar la educación a préstamos internacionales de ningún tipo.

 

Se considera a su vez que la universalización de la matrícula no debe implicar la generación de propuestas educativas pauperizadas para los sectores marginados porque de lo contrario se reproduce y profundiza la injusticia social.

 

Se reclama la construcción de un sistema integrado de enseñanza terciaria universitaria y no universitaria en el marco del Sistema Nacional de Educación Pública. Se plantea conformar Consejos Asesores en cada centro educativo con carácter consultivo con las direcciones, los órdenes, y los padres. Los cargos de secretaría general, administrativa y pro - secretaría deben ser ocupados por funcionarios de carrera.

 

Se planteó que este Congreso conforme una comisión que garantice su continuidad, en el sentido de la difusión de los documentos surgidos y del seguimiento de las resoluciones de cara a la nueva ley, tomando como base para su conformación a la mesa que lo preside. La comisión entiende que la nueva ley de educación debe sancionarse en un plazo no mayor a un año.

 

Se plantea mayoritariamente la creación de un Consejo de Formación Docente, que tenga al menos el mismo grado de autonomía que el resto de los actuales desconcentrados de la ANEP, que contemple las funciones de enseñanza, investigación y extensión, consolidando de esta manera la tradición universitaria arraigada en nuestro país.

                                                                                                    

Se considera que la formación militar y policial debe estar integrada al Sistema Nacional de Educación que surja de la nueva Ley de Educación.

 

Se propuso la implementación de la obligatoriedad de la Educación Física en el SNEP formándose una secretaría entre el organismo máximo y los Consejos.

 

La Educación No Formal debe integrarse al SNEP y regirse por sus principios, un organismo del mismo la regulará.

 

Los asistentes sociales solicitan que se cree un ámbito institucional en el SNEP para el trabajo interdisciplinario de la educación.

 

Se solicitó la derogación de la llamada ley de guarderías. Se deberá tener en cuenta la especificidad de la educación de 0 a 6 años.

 

AUTONOMIA Y COGOBIERNO

 

La autonomía desde el punto de vista jurídico constituye el grado máximo de descentralización de un Ente con respecto al poder central del Estado, lo cual implica la capacidad del mismo de autogobernarse.

 

Dicha autonomía debe comprender intrínsecamente cuatro aspectos: autonomía técnico-pedagógica, administrativa, financiera y política.

 

El primero de ellos implica que el proyecto educativo sea un proyecto a largo plazo, definido y sustentado por los sujetos educativos directamente involucrados en el acontecer pedagógico y no sujeto a las pautas del mercado.

 

En lo referente a la autonomía financiera, supone la independencia económica, lo cual implica que el presupuesto de la educación pública no quede supeditado a agentes externos a la misma (ejemplo el pago de la deuda externa, la transferencia de recursos a la educación privada). La administración de los recursos debe estar en manos de los actores. En el nivel político, la autonomía implica necesariamente que el gobierno de la educación no se encuentre subordinado al gobierno de turno. En este entendido, la autonomía solo puede desarrollarse en su mayor amplitud solo a través de la constitución del cogobierno.

 

El cogobierno es la forma de gobierno que garantiza la vigencia y la validez de la autonomía, en tanto las personas que componen los órganos directivos de la educación sean electas por los directamente involucrados.

 

Según el inciso primero del artículo 203 de la Constitución: “los Consejos directivos de los servicios docentes serán designados o electos en la forma en que lo establezca la ley sancionada por la mayoría absoluta del total de componentes de cada cámara”. En virtud del texto constitucional, para hacer electivos los cargos de los integrantes de los órganos de dirección de la educación pública no es necesario reformar la Constitución, basta con modificar la ley.

 

El gobierno otorga el poder de decisión en materia educativa a los directamente involucrados en la misma ( docentes, funcionarios, padres y estudiantes). La posibilidad de autogobernarse de la educación pública, le dará a la misma el mayor ejercicio de la autonomía y es democratizante.

 

La ley establecerá el mecanismo de revocación de las autoridades debiendo los consejos cogobernados definir las formas de aplicación de este mecanismo.

 

Por lo cual el Congreso Nacional de Educación resuelve que la futura Ley de Educación deberá integrar la autonomía como un principio rector, el cual deberá ser materializado a través del cogobierno de toda la educación pública. En este sentido, se entiende a la autonomía y al cogobierno como factores indisociables.

 

ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA

 

Dado que el Congreso se propone sentar las bases para una ley de educación sustitutiva de la 15.739, se recomienda:

 

1.       El conjunto de la educación no universitaria será asignado a un Consejo Directivo de la Educación con diversos Consejos que tengan un grado de autonomía semejante al que actualmente tienen los Consejos de Facultad respecto al CDC de la UDELAR.

2.       Que ese Consejo Directivo, a semejanza del actual CDC de la UDELAR, esté integrado exclusivamente por representantes de los Consejos de los servicios que lo integren sin perjuicio que se agreguen, representantes de órganos deliberantes del conjunto del Ente a semejanza de la Asamblea General del Claustro de la Universidad. Al igual que en la misma, los delegados de los Consejos podrán ser de cualquiera de los órdenes que lo integren.

3.       Que los problemas de coordinación existentes y los que el futuro aparejará entre los dos Entes autónomos de la enseñanza, sean resueltos por convenios interadministrativos que se realicen entre ellos, transfiriendo al organismo coordinador que estos Entes establezcan las asignaciones presupuestales que fueron dispuestas para la inconstitucional Comisión Coordinadora del MEC, que debe desaparecer.

 

SUBVENCIÓN DE LA EDUCACIÓN PRIVADA

 

Los procesos de subvención de la educación privada con los fondos públicos estatales, bajo la idea de libertad de elección, plantea un cambio ideológico fundamental por el cual la idea de lo público asociado a lo estatal se quiebra, dando espacio a enfoques de privatización que no son nuevos en el contexto internacional.

 

En los actuales planteos calificados desde la teoría como neoliberales, libertad de elección, autonomía de centro, consejos escolares integrados por padres, descentralizaciones, se entrecruzan. En este sentido parece fundamental expedirse.

 

Los alcances de la subvención en el Uruguay están establecidos en el artículo 69 de la Constitución por la vía de exoneración de impuestos. El mismo establece: “las instituciones de enseñanza privada y las culturales de la misma naturaleza estarán exoneradas de impuestos nacionales y municipales como subvención por sus servicios”.

 

Los fondos y recursos que posibilitan con carencias, el funcionamiento de la educación pública estatal, deben tener este destino y no ser desviados hacia instituciones del ámbito privado.

 

SISTEMA INTEGRADO DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA Y NO UNIVERSITARIA

 

Manifestar la imperiosa necesidad de construir en el marco del Sistema Nacional de Educación Pública, un sistema integrado de enseñanza terciaria universitaria y no universitaria que habilite salidas laborales diversas, formación técnica de calidad, movilidad horizontal y posibilidades de acceso a instancias de formación de grado y postgrado universitario.

 

 

COMISIÓN 2

Educación Secundaria

 

PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA

 

La Enseñanza Media debe dar herramientas para que el joven pueda desarrollar sus capacidades para enfrentar los desafíos de la vida.

Con el plan 96 se pretendió atender a los alumnos con políticas asistenciales con la finalidad de retenerlos en los centros. El fracaso se ha visto ya, los niveles de repetición y deserción no se mejoraron y facilitar el avance a costa de disminuir los contenidos, se está reflejando en el fracaso de muchos jóvenes en los bachilleratos.

 

Para que esto se cumpla se deberá tener en cuenta los fines de esta Educación, que será, preparar para transformar lo social desde lo ético.

Asumir la responsabilidad de funcionamiento del sistema por parte de los diferentes actores (docentes, padres, estudiantes).

Los valores de los que hablamos, deben formar parte ineludible en la educación y los espacios señalados deben ser parte fundamental en los proyectos liceales.

 

PROPUESTAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA ENSEÑANZA SECUNDARIA

 

Para el sistema macro

1 - Creación de un órgano de planeamiento y gestión con facultades de asesoramiento y decisión. Este organismo deberá asegurar una integración plural, hasta que una nueva ley de educación establezca la estructura y organización definitiva del sistema de educación secundaria.

·         Este organismo deberá estar integrado con representantes docentes, funcionarios administrativos y de servicio, y padres.

·         Tendrá por cometidos: a) organizar un cronograma de actividades anuales con el objetivo de organizar el año curricular y las actividades básicas en el funcionamiento de un liceo: comienzo de cursos, vacaciones, asambleas técnicas, períodos de exámenes y pruebas y otros; b) elaborar políticas globales que atiendan: recursos necesarios; perfil de los actores; marcos formativos; diversidad: ciclo básico, bachillerato, nocturnos y extra edad, rurales; vínculos de convivencia en la comunidad educativa; lo curricular; la estructura administrativa; el trabajo profesional.

 

2 -El sistema de enseñanza secundaria debe considerar:

 

3- El modelo de funcionamiento propuesto para todo el sistema:

·         debe ser no gerencial, sino crítico, comprensivo; debe atender alumnos, no clientes; donde coincidir sea participar y no aceptar; debe trabajar en equipo; actores reflexivos de su práctica educativa que no responda solamente a la racionalidad tecnológica; que importa el proceso de enseñanza y no sólo el producto; que se estimule el valor del espíritu crítico y la formación del Hombre y no la mera eficiencia y el conformismo; que se valore y se promueva el trato diferente para nivelar institucional y socialmente, evitando que se profundicen las desigualdades sociales dentro del sistema; analizar el proceso de educación para promover cambios, descubrir valores, conocer el contexto, comprender las situaciones y no sólo controlarlas.

Se necesita fijar una política clara en este sentido, para que: 1º - los centros educativos no sean sucedáneos de la ejecución de proyectos, que muchas veces salen de su historia institucional; 2º - no sustituyan a las instituciones educativas con propuestas curriculares paralelas.

 

Proponemos el trabajo en redes – comprometer a que las direcciones liceales conjuntamente con docentes, POP, equipos multidisciplinarios (si los hay), trabajen con centros de la zona como ser: INAU, MIDES, PANES (que no sólo sea la asistencia, también conducta y rendimiento del alumno); policlínicas y plazas de deportes (recreación, competencias), logrando que el alumno comience a respetar el local liceal y su barrio (incluyéndolo).

 

Se resuelve que se deberá crear un nuevo plan educativo único nacional elaborado y consensuado por todos los actores involucrados en todo el país y que su aplicación sea obligatoria para todas las instituciones medias privadas.

 

Creemos que mucho beneficiaría a la sociedad civil que quienes ocupen en el futuro cargos militares jerárquicos, se formaran en los niveles de educación media junto al resto de la población y que las instalaciones edilicias hasta ahora utilizadas en la formación militar pasen a la esfera de la educación pública.

 

Frente a la situación actual de emergencia social por el aumento de la pobreza y su profundización, Enseñanza Secundaria debe buscar respuestas influyentes: aumentar el tiempo pedagógico con horas de docencia directa y horas de jornada pedagógica destinadas a la ejecución de talleres que se contextualicen con las necesidades propias del liceo u otras formas que se entiendan eficientes y necesarias.

 

Dado el conocido divorcio que existe entre Primaria y Secundaria, entendemos pertinente aprovechar el seguimiento del alumno escolar que le realiza la propia institución. Proponemos que los liceos no sólo reciban pases de estudiantes que les brinda primaria, sino que además se hagan acreedores de este informe personal.

 

Bregamos por la unificación de Ciclo Básico y Bachillerato, que compartan un mismo espacio físico y que haya entre ambos una cohesión pragmática.

 

Al hablar de educación pluralista y para la equidad, debemos considerar la importancia de incorporar el perfil de género.

 

FUNCIONAMIENTO LICEAL

 

Para llevarlo a cabo debe ser participativo, producto de la negociación y el consenso entre todos los actores (equipo de dirección, docentes, estudiantes, funcionarios), generando un sentimiento de compromiso con la institución. Esta apertura al diálogo permite el trabajo en equipo responsable para una mejor relación y clima de respeto y tolerancia.

 

Debe fomentar la creación de espacios de interacción que favorezcan el intercambio y reflexión conjunta para construir el modelo de institución.

 

Es necesario para esto, que los docentes tengan mayor pertenencia a la institución para hacer efectivo el trabajo de equipo. Este equipo pedagógico cuya heterogeneidad constituye su riqueza es lo que permitirá efectivizar este nuevo modelo de gestión.

 

Abrir la educación secundaria a la participación de profesionales de otros ámbitos (equipos multidisciplinarios) que puedan aportar desde su especialidad, su experiencia y su conocimiento, para el bien de la educación secundaria.

 

Pensar en un bachillerato que tenga continuidad con el primer ciclo y que sus programas hayan sido coordinados con las instituciones terciarias para que lo habiliten.

 

Una sólida formación específica no debe implicar el descuido de una más sólida aún formación general.

 

Director. Es el responsable de orientar, guiar, coordinar con el resto de los actores el conjunto de acciones que procuran la concreción de los objetivos del proyecto y la cultura institucional.

 

Por estas razones estimamos conveniente que los miembros del equipo de dirección reúnan un determinado perfil: facilitadores de las acciones grupales, comunicadotes, tener capacidad de observación, saber delegar sin ser omisos en sus funciones, saber escuchar, flexibilidad, capacidad de liderazgo.

 

Su función debe ser: promover el liceo como comunidad educativa, promover la convivencia en participación y apoyo y asesoramiento docente y asistencia a los estudiantes. Su cometido se favorecerá redefiniendo el perfil del secretario y el conserje que coordinen las tareas de servicio, con una mayor autonomía en la toma de decisiones y dedicación exclusiva a su tarea.

 

Se realizarán periódicamente concursos para el acceso al cargo.

 

En suma: aspiramos a que se valorice el carácter docente del director.

 

Docentes. Este tipo de gestión exige un docente para el cual se debe priorizar: la profesionalización, la formación permanente garantizada por el sistema educativo, la concentración en un centro educativo, la unidad docente y una retribución de acuerdo con el nivel profesional de la función.

 

Esta gestión no será posible sin un docente participativo, responsable, reflexivo, creativo, innovador, crítico y comprometido con la comunidad e institución a la cual pertenece y que con su presencia y asiduidad a la misma sea un referente.

 

Es necesario revalorizar y jerarquizar el rol y el perfil docente de adscriptos y de ayudantes preparadores.

 

Para lograr una educación de calidad es necesario incentivar la actualización docente y disminuir las horas de docencia directa a medida que se avanza en la carrera docente, mientras se le aumentan las horas de docencia indirecta dedicadas a apoyo y orientación de docentes, estudiantes y padres.

 

Se cree necesaria la evaluación de los docentes por parte de sus compañeros, inspectores y estudiantes.

 

El perfil docente no debería estar centrado en una concepción con acento en la transmisión e instrucción de contenidos exclusivamente académicos, sino en motivar, incentivar y despertar el interés del alumno, principal protagonista de los aprendizajes. Debe desarrollar un permanente ejercicio de la capacidad de comunicación y reconocer la diversidad de contextos para actuar en ellos.

 

Una forma de incentivar la formación docente es diferenciar más en lo económico al que tiene formación, mejorando el porcentaje del 7,5% del salario por título.

 

Crear una comisión que tenga como objetivo estudiar la creación de un posgrado docente en educación de la sexualidad.

 

El ingreso de los docentes a la enseñanza media se instrumentará por concurso de oposición y méritos sólo para docentes titulados. El déficit de profesores se cubrirá con la habilitación para trabajar de estudiantes avanzados de formación docente, previa obligación contractual que impida el abandono de la misma. Los docentes no titulados interinos estarán condicionados por obligación contractual, a continuar con su formación docente.

 

Inspección. Revalorizar el rol supervisor/orientador del inspector, incrementando la orientación técnica. Se accederá a los cargos por concurso. Deberán existir inspecciones regionales descentralizando el sistema para que en los liceos del interior cada profesor pueda recibir dos visitas al año.

 

Estudiantes. Se promoverá la participación estudiantil a través de delegados y la institución deberá generar los espacios necesarios para que los estudiantes puedan expresarse, organizarse, y participar en la toma de decisiones. Se considera vital la libertad de agremiación, clave en un eventual cogobierno.

 

El principio de gratuidad es condición necesaria para la realización efectiva de la educación como un bien social público, por lo que se instrumentarán políticas de apoyo económico y vivienda para estudiantes que deben trasladarse lejos de su lugar de origen, distribución gratuita de materiales de estudio y políticas de boleto estudiantil (boleto gratuito para estudiantes de Enseñanza Media Pública Nacional).

 

Crear un sistema de becas estatales para que el estudiante pueda finalizar el ciclo liceal.

 

Funcionarios administrativos y de servicio. A fin de jerarquizar el cargo de secretario y su función, los mismos se cubrirán en efectividad mediante concurso. Deberán integrar las salas generales y los consejos de convivencia liceal participando así en la elaboración del proyecto institucional y en la toma de decisiones.

El funcionario no docente debe ser un actor más en el proceso educativo y en tal sentido, más allá de su rol específico, en cuanto a la administración, (tareas de infraestructura, limpieza, atención del público, etc.), debe participar en instancias de decisión política del liceo y en sus proyectos y evaluaciones, en conjunto con los demás actores.

 

PROPUESTAS INMEDIATAS

 

·         Presupuesto acorde a las necesidades reales.

·         Unificación de planes de estudio.

·         Revisar y resignificar los programas de estudio.

·         Ciclo Básico con extensión de tiempo pedagógico.

·         Coordinar con educación Primaria.

·         Reducir la superpoblación en las aulas.

·         Mejorar locales y equipamiento didáctico.

·         Participación de la comunidad en obras de construcción o reformas en edificios con mano de obra solidaria.

·         Implementar políticas que atiendan el plurilingüismo.

·         Buscar estrategias que permitan a los alumnos que trabajan, continuar con sus estudios.

·         Creación de más liceos de extraedad diurnos y nocturnos con la implementación del sistema del Liceo IDAL nocturno y la modalidad del libre asistido y semipresencial en todos ellos. No es posible que los institutos privados los implementen y los públicos no, promoviendo de este modo la desigualdad de oportunidades.

·         Incluir el año cero (introductorio) como ayuda para las personas que hace mucho tiempo que no estudian.

·         En relación a la educación rural: creación de más liceos rurales y escuelas agrarias que permitan la inserción de los jóvenes del campo, brindándoles mayores ofertas educativas, y eliminación de séptimo, octavo y noveno.

·         Nombrar equipos multidisciplinarios.

·         Lograr mayor compromiso de los padres con el centro educativo al que acuden sus hijos.

·         Revitalizar el papel preceptivo de las ATD.

·         Cambiar el modelo gerencial de directores y del CES en general por un modelo humanista, comprensivo, colectivo, planificado con participación de educadores, alumnos y padres en los organismos de asesoramiento y decisión, como pueden ser los equipos de convivencia lineal integrados por docentes, estudiantes, funcionarios y dirección, hasta que se elabore una ley que contenga estos principios.

·         Debe pasarse de la actual política de “tolerancia” con las dificultades en el aprendizaje, a una política sistemática de detección y reeducación en ámbitos estatales y gratuitos, de manera de potenciar al máximo las capacidades de los alumnos.

 
DISEÑO CURRICULAR

 

Crear la carrera informática en la Formación Docente.

 

Aprovechar los proyectos que se están implementando como los Centros de Acceso a la Sociedad de la Información (CASI) de ANTEL como base para democratizarla.

 

Se propone instrumentar la enseñanza de la informática hasta tercer año del CBU adecuándola a las exigencias del mundo tecnológico que proporciona un marco técnico para la inserción laboral.

 

En igual medida se requiere la enseñanza de Educación Física hasta tercer año de Bachillerato.

 

Educación Secundaria no puede ser producto de resoluciones improvisadas, se debe elaborar una política coherente y fundamentada de enseñanza de lenguas extranjeras. La Ley de Educación deberá garantizar una formación plurilingüe. Para garantizar el principio de equidad la enseñanza de lenguas extranjeras debe ser curricular y obligatoria para asegurar el acceso a todos los alumnos con igualdad de oportunidades.

 

Un proyecto educativo lingüístico deberá contemplar íntegramente el Sistema Nacional de Educación asegurando la coordinación y articulación entre los distintos subsistemas de la ANEP y Educación Terciaria. Un proyecto educativo debe estar respaldado por la existencia de una matriz docente adecuada. Se propone que el IPA agregue la carrera de Portugués.

 

En los departamentos de frontera con Brasil sería importante que el Portugués se implementara de primero a sexto año, dado que se trata de una segunda lengua materna.

 

Se propone la implementación de Español para los seis años de Educación Media y la revisión de la Formación y Perfeccionamiento Docente, enfocado a las nuevas perspectivas de la asignatura.

 

Articular el trabajo intelectual con el manual.

 

PRESUPUESTO DE LA EDUCACIÓN

 

La autonomía y el cogobierno necesitan para ser reales su base material, por ende, consideramos muy importante la explicitación de que se considera fundamental contar con el 6% del PBI como mínimo y con el 27,5% del Presupuesto Nacional para asegurar salarios dignos para los funcionarios de la enseñanza.

 

 

COMISIÓN 3

Educación Técnico Profesional

 

IMPORTANCIA DE UTU

 

Se propone que la UTU se jerarquice como Universidad del Trabajo del Uruguay, se denomine y constituya como educativa, de desarrollo, investigadora y de extensión, logrando los máximos niveles educativos en cada opción y crear una comunicación con la Universidad de la República, considerando que aquellos alumnos después de formarse en educación práctica – teórica, tengan la oportunidad de continuar en la Universidad.

 

A través de los años la enseñanza técnica ha sufrido gran deterioro en su nivel educativo. Nació con el estigma de educación para pobres, y éste se perpetuó en el tiempo a lo que se le suma el desprestigio del trabajo manual.

 

La baja de nivel se debe a las políticas educativas pautadas por los intereses de los organismos multinacionales de crédito, a través del financiamiento de la reforma educativa, siendo ejecutadas por los gobiernos de turno.

 

Por todo esto resolvemos:

-          revalorizar culturalmente el significado del trabajo manual, entendiendo el trabajo como valor social. La UTU debe educar para el mundo del trabajo, construyendo hombres y mujeres integrales, libres y solidarios. Por su importancia, la nueva UTU debe ir de cara a un proyecto de país, y no puede, en ningún término, quedar librada a intereses mercantilistas y políticas partidarias.

 

La educación ha de ser una herramienta liberadora y potenciadora de toda la actividad humana, que fomente la formación crítica, incluida en una cultura productora y de excelencia que rompa los mecanismos de dominación y explotación y que valore los diversos aspectos del concierto productivo humano.

 

La supuesta navegabilidad forma parte de las frustraciones, que junto con el mercado encorsetó a la educación técnica. Esta realidad debe ser revertida.

 

La educación técnica en el Uruguay y en ella el rol protagónico que debe tener el Consejo de Educación Técnico Profesional estará enmarcado en la recuperación del valor histórico que incida en la promoción cultural de los educandos y en el desarrollo productivo, acompañado por las transformaciones necesarias del país.

 

FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DOCENTE Y NO DOCENTE

 

Uno de los principios para la jerarquización de nuestra institución es la formación docente con carácter universitario, formando parte de ella la investigación. Debe ser cogobernada.

 

Todo docente deberá tener título habilitante. Se debe estructurar la Formación Docente Técnica con una formación inicial de grado (título de maestro técnico). El perfil de ingreso deberá ser con ciclo completo de la educación media, superior tecnológica o profesionalizante, con nivel terciario y con trayecto formativo común a otros institutos docentes. Se debe incluir una didáctica especializada integrada al área técnica. El instituto de formación deberá:

·         realizar formación en servicio con carga horaria mínima de 1000 horas.

·         formación permanente.

·         especialización para egresados.

·         actualización.

·         elaboración de material didáctico.

·         investigación educativa.

 

Cursos de capacitación para funcionarios no docentes. Concurso para acceder a cargos. Reordenamiento de perfiles y escalafones. Recuperación de la División Administración General. Modificar el estatuto no docente tomando en consideración el del funcionario público. Reflotar junta calificadora.

 

AUTONOMÍA, COGOBIERNO Y PRESUPUESTO

 

Se pide la derogación o anulación de la ley 16.345 del 19/03/1993 y el decreto 19/003 del 17/01/03 y con ello, el sistema de control que ejerce la Armada Nacional sobre los cursos de la Escuela Técnica Marítima.

 

Atención a la extraedad desde el Ciclo Básico Tecnológico. Contar con equipos multidisciplinarios que apoyen constantemente. Que haya complementariedad entre lo académico y lo técnico.

 

EL ROL INSTITUCIONAL DE LA UTU

 

 

Se solicita al Consejo de UTU:

1)      que se inspeccione con mayor frecuencia a los centros de UTU Interior.

2)      que las mismas se lleven a cabo por inspectores que no provengan del mismo departamento del país donde se encuentra el centro.

 

Exigimos la radicación de los directores de esos centros donde desarrollan su tarea.

 

 

COMISIÓN 4

Educación Terciaria y Universitaria

 

SISTEMA TERCIARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

 

Teniendo en cuenta los principios ideológicos y éticos que han definido el sistema de valores de la educación pública uruguaya, que deben ser preservados, revalorizados y reforzados en el nuevo sistema nacional de educación pública:

 

 

Se propone:

 

La organización de un subsistema público de enseñanza terciaria que involucre a las carreras universitarias y a otras carreras que incluya una red de enseñanza terciaria con las siguientes características y requerimientos:

 

 

UNIVERSIDAD

 

Definición. Una institución educativa es considerada Universidad sólo si se inscribe en un ámbito dedicado a la producción de conocimiento abarcando su universalidad en sentido amplio, en el marco de una reflexión crítica ética y epistemológica del mismo, aplicando esa reflexión tanto a sí misma como a la sociedad de la cual es parte ineludible, en un proceso de transformación, diálogo, e intercambios permanentes.

 

Es condición necesaria la integración de la docencia superior al proceso de producción de conocimiento, haciendo hincapié en la formación plena del ser humano, por sobre la exclusividad de los aspectos técnicos disciplinares.

 

Esta relación no puede estar ajena a la perspectiva laica, científica, social y artística como garantías para el ejercicio cotidiano de la crítica, tanto en el plano ético como epistemológico.

 

Una institución para ser Universidad debe inscribirse en un marco de autonomía y coparticipación que permita la expresión de todos los órdenes, además de abarcar una amplia multiplicidad de áreas de conocimiento tendiendo a la integración de la misma en una síntesis superior.

 

EDUCACIÓN SOCIAL

 

La carrera de educación social debe trascender hacia la Universidad de la República, la órbita del Instituto del Niño y del Adolescente del Uruguay (INAU) en el marco del Centro de Formación y Estudios del mismo y adquirir carácter de licenciatura en pos de fortalecer la profesionalización de la carrera.

 

En este sentido, se propone que la iniciativa pase a estudio de la Comisión Sectorial de Enseñanza de la Universidad.

 

DESCENTRALIZACIÓN UNIVERSITARIA

 

La descentralización de los servicios universitarios es fundamental para la democratización del acceso a la enseñanza terciaria y superior. La descentralización de la Universidad de la República es necesaria también para impulsar el desarrollo local, regional y la promoción del bienestar social, así como la innovación en la apuesta académica de la institución en los planos de la enseñanza, la investigación y la extensión.

 

Debe comprenderse a la descentralización, no como la desconcentración institucional, sino como aquel proceso nacional que apuesta a la integración y al desarrollo productivo, científico y artístico local y regional, desde una perspectiva ética y política sobre la base de la equidad geográfica y social como guía de sí misma.

 

Deberá tener en cuenta una estrategia que potencie la utilización de los recursos locales y la participación activa y democrática de los diferentes actores sociales y económicos que interactúan en una determinada localidad o región en donde el desarrollo es planteado de forma integral.

 

Se debe propender a la construcción de la demanda, teniendo en cuenta que es un proceso completamente diferente al de relevar la demanda y diferente también al de crearla al imponer una oferta educativa. Construir la demanda pertinente implica un intercambio, en relación dialógica, con la comunidad en la cual piensa intervenir.

 

La descentralización debe integrar a los diferentes organismos del Sistema Nacional de Educación Pública.

 

Es necesario generar una masa crítica de docentes radicados en sus respectivas localidades y regiones desde una perspectiva integral, lo que implica el desarrollo de la investigación y la extensión asociado a los procesos de enseñanza y el desarrollo de programas de formación docente y el impulso de la carrera docente.

 

Más concretamente, se señala la necesidad de establecer estímulos específicos, provenientes de fondos públicos y aún privados, que promuevan la instalación en el interior del país de sedes universitarias públicas.

 

Para dar un mayor impulso a la descentralización universitaria se propone:

·         proceso gradual de la descentralización de las funciones en términos de calidad.

·         existencia de instituciones que apoyadas inicialmente por la UdelaR sean, en el mediano y largo plazo, constituidas en polos regionales de actividad universitaria, articuladas a procesos de desarrollo local vinculadas por lo mismo con las comunidades, organizaciones e instituciones locales y en su caso, articuladas a instituciones universitarias transfronterizas.

·         flexibilidad y diversidad de actividades como estrategia de descentralización.

·         estructura institucional y funcionamiento acorde al contexto; formación inicial de tipo multidisciplinario, que permita al estudiante continuar sus estudios en otras instituciones (como se propone, por ejemplo, en el Ciclo de Estudios Científicos Generales).

·         existencia de una masa crítica de docentes radicados y estudiantes.

·         relacionamiento con el sistema público pre-universitario.

·         promoción de carreras terciarias no universitarias y de carreras cortas universitarias, que contemplen la posible articulación curricular con carreras largas.

·         presupuesto adecuado a la implementación del proceso descentralizador.

 

SISTEMA NACIONAL DE BECAS

 

La equidad del SNEP deberá estar basada, entre otras cosas, en un sistema nacional de becas unificado e integral (económicas, hogares, comedores, transporte, materiales, etc.) para todos los niveles educativos que permita además, movilidad geográfica. Este sistema de becas deberá contribuir a la disminución de la brecha socioeconómica en los aprendizajes, favoreciendo la integración social.

 

Se deberá contrarrestar la deserción, buscando la reinserción de quienes se alejan del sistema. Se deberá generar políticas coordinadas con otras instituciones, gobierno local y nacional, para la creación de hogares estudiantiles.

 

 

COMISIÓN 5
Formación y Perfeccionamiento Docente

 

SISTEMA NACIONAL ÚNICO DE FORMACIÓN DOCENTE (SNUFD)

 

El SNUFD deberá ser un espacio social medular para el desarrollo del proyecto educativo público, gratuito y laico, por lo tanto deberá desarrollarse exclusivamente en la órbita pública, es decir, un SNUFD de gestión exclusivamente pública (estatal).

 

Formación pedagógica y artística. Instrumentar la formación pedagógica y artística básica común reconociendo la especificidad de los docentes en la educación artística. Esta formación deberá ser enfocada desde un abordaje en la educación artística. Deberá ser enfocada desde un abordaje inter, multi y transdisciplinario.

 

Trabajo Interdisciplinario. El Sistema Nacional de Educación habrá de establecer un ámbito institucional para el trabajo interdisciplinario (equipos) en la educación que responda a las prerrogativas de la enseñanza, investigación y extensión, propias de su carácter universitario.

 

Educación No Formal. Se debe incluir formación docente para la educación no formal.

 

CARÁCTER UNIVERSITARIO Y ESTRUCTURA E INSERCIÓN INSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DOCENTE

 

Se deberá defender el carácter universitario de la formación docente, entendido éste como extensión, investigación y docencia, un proceso que deberá comenzar por la generación de bases institucionales de autonomía, cogobierno, libertad de cátedra y opinión, y la institución del concurso para todos los cargos que no sean de cogobierno.

 

En esta coyuntura, el desarrollo de este proceso requiere la creación de un Consejo en la estructura del Sistema Nacional de Educación Pública que es la actual ANEP, autónomo y cogobernado y la profundización de la coordinación con la UdelaR en un plano de igualdad política, enriquecimiento mutuo e integrando las diferentes tradiciones, experiencias y saberes didácticos, pedagógicos y disciplinares.

 

La inserción y anclaje institucional último de la formación docente deberá definirse en un próximo Congreso Nacional de Educación (una vez avanzado el proceso antes mencionado), instituido por ley y con el cometido de establecer los horizontes estratégicos de las políticas educativas.

 

ESTRUCTURA E INSERCIÓN INSTITUCIONAL DE LA FORMACIÓN DOCENTE

 

Dado que el congreso se propone sentar las bases para una ley de educación sustitutiva de la 15.739 el Congreso recomienda:

1.       el conjunto de la educación no universitaria será asignado a un Consejo Directivo de la Educación con diversos consejos que tengan un grado de autonomía semejante al que actualmente tienen los consejos de facultad respecto al CDC de la UDELAR.

2.       que ese Consejo Directivo, a semejanza del actual CDC de la UDELAR, esté integrado exclusivamente por representantes de los Consejos de los servicios que lo integren sin perjuicio que se agreguen representantes de órganos deliberantes del conjunto del Ente a semejanza de la Asamblea General del Claustro de la Universidad. Al igual que en la misma, los delegados de los Consejos podrán ser de cualquiera de los órdenes que lo integren.

3.       que los problemas de coordinación existentes y los que el futuro aparejará entre los dos entes autónomos de la enseñanza, sean resueltos por convenios interadministrativos que se realicen entre ellos, transfiriendo al organismo coordinador que estos entes establezcan las asignaciones presupuestales que fueron dispuestas para la inconstitucional comisión coordinadora del MEC, que debe desaparecer.

 

 

III. MOCIONES APROBADAS POR EL PLENARIO AL HABER SIDO VOTADAS POR UNANIMIDAD EN LAS COMISIONES CUYOS INFORMES Y PROPUESTAS NO FUERON TRATADOS EN LAS SESIONES PLENARIAS

 

Visto: Que la planificación inicial del Congreso no ha podido considerar la totalidad de los temas previstos.

Considerando: La necesaria consideración de los 15 temas establecidos.

Se propone la siguiente moción de orden:

 

 

COMISIÓN 1

Educación Inicial y Primaria

 

ORGANIZACIÓN Y PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE DE LOS CENTROS EDUCATIVOS

 

MOCIÓN 2. De acuerdo en la moción anterior (Moción 1 votada en mayoría en la Comisión)[1], en la franja de 4 a 5 años los grupos no podrán pasar los 25 niños”.

 

MOCIÓN 3. Para garantizar que se cumpla los principios mencionados[2], se hace necesario la creación de cargos docentes y no docentes.

 

MOCIÓN 5. Crear jardines de infantes en las zonas rurales para dar cabal cumplimiento a la universalidad y con ella al principio de obligatoriedad.

 

 

COMISIÓN 6

Educación Rural

 

MOCIÓN 14. Habilitar a los centros educativos (primaria, ciclo básico) a organizar formas para que ciudadanos rurales que no han culminado primaria o ciclo básico puedan hacerlo en el centro educativo más próximo.

 

MOCIÓN 27. Que el estado se haga cargo de los sueldos de las auxiliares de las escuelas rurales de todo el país.

 

MOCIÓN 28. Instrumentación de dispensarios médicos móviles para todo el medio rural.

 

MOCIÓN 32. Fomentar la valoración del medio rural en todos los habitantes del país, fomentando el conocimiento del medio desde la Educación Inicial a Educación Media. Las Escuelas de Pasantía constituyen un excelente recurso para ello. Se sugiere la creación de Escuelas de Pasantía en todo el país utilizando la infraestructura existente: escuelas rurales cerradas o unidocentes que funcionan con muy pocos niños.

 

MOCIÓN 33. Que los principios que orienten a la Educación Rural sean los mismos que orientan a la Educación Pública Nacional para que de este modo se rompa con la dicotomía urbano – rural.

Brindar a la población en su totalidad una educación de nivel para que los educandos puedan construir los conocimientos, normas y valores de la sociedad nacional, que contribuyan a la superación de la comunidad en que viven. Una educación que sea integradora para el reconocimiento de la persona.

 

MOCIÓN 38. Que el estado asegure la educación a todos los niños desde los 4 años en adelante, buscando alternativas y acorde a un profundo diagnóstico de cada situación, en particular:

 

 

COMISIÓN 10

Educación, Democracia y Derechos Humanos

 

MOCIÓN 2. Proponemos por unanimidad una educación democrática que respete los derechos humanos; por lo tanto, se exige que no puedan ejercer la docencia personas que hayan cometido delitos de lesa humanidad contra sus compatriotas. Esta propuesta debe alcanzar todos los niveles del sistema educativo.

 

 

COMISIÓN 11

Educación, Trabajo, Ciencia y Tecnología

 

INTRODUCCIÓN

 

1- Ningún proyecto educativo puede plantearse sin antes determinar y esclarecer sus relaciones con la sociedad en su conjunto, el sistema político, y con el modelo económico que se quiere implementar; es decir, que el proyecto educativo y el proyecto de país, no son sino dos caras de la misma moneda.

2- Por esto, un proyecto educativo democrático y popular debe propender a fomentar actitudes críticas en lo científico, humanístico, artístico y técnico-tecnológico en la población, sin las cuales no podrá lograrse el necesario desarrollo social, económico y cultural y consecuentemente la independencia científico – técnica.

3- Es necesario garantizar la formación integral del ser humano tanto a nivel intelectual como físico emocional, articulando el trabajo intelectual con el trabajo manual, fomentando el espíritu crítico, el descubrimiento de las capacidades de los educandos y de su formación como sujetos sociales.

4- Desde esta perspectiva es necesario a su vez, definir el trabajo desde una concepción amplia, considerándolo una actividad humana por excelencia, de creación y autorrealización de la persona, el cual implica una acción transformadora del medio tanto social como natural, en el campo de las ideas y de las habilidades y destrezas.

5- Desde nuestra perspectiva, las consideraciones precedentes, se contraponen con el modelo neoliberal, que mas allá de sus expresiones económicas, es un proyecto político que tiende a la ruptura de los lazos sociales de solidaridad y cooperación, promoviendo el individualismo, la competencia, y fomentando procesos de exclusión, fragmentación social, política y cultural.

6- Preservar los principios ideológicos y éticos de la educación pública uruguaya. Ellos son la autonomía, la libertad de opinión y de cátedra, la participación de los actores en la toma de decisiones, el cogobierno, la gratuidad, laicidad y obligatoriedad de la educación, la igualdad de derechos al acceso, la no discriminación, y la consideración de la educación como un bien público y no como un bien de mercado.

 

EDUCACIÓN Y TRABAJO

 

MOCIÓN 2: Que la ley promueva, desarrolle y/o apoye la prevención y seguimiento de la salud ocupacional en forma destacada, en todos los ámbitos laborales de la enseñanza.

 

EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

 

MOCIÓN 4. Las tecnologías de la información, sistemas de comunicación y sistemas de manejo de conocimiento se legitiman como parte de la cultura imponiendo sus modelos de producción de tecnologías y la forma en que dichas tecnologías procesan la información. Se propone:

 

MOCIÓN 9. Se propenderá a que la ciencia y la tecnología se direccionen en un porcentaje importante a mejorar el nivel de vida de los trabajadores.

 

 

COMISIÓN 13

Educación, Cultura, Medios de Comunicación y Nuevas Tecnologías

 

EDUCACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

 

MOCIÓN 4. Existiendo un monopolio de hecho en materia de software se deberá garantizar que todos los ciudadanos que reciban enseñanza informática en el sistema nacional de educación formal aprendan a utilizar distintos sistemas operativos con base fuente libre (Open Source) y Software Libre.

 

 

IV. PRIMER CONGRESO NACIONAL DE EDUCACIÓN “MAESTRO JULIO CASTRO”. DECLARACIÓN FINAL

 

El Primer Congreso Nacional de Educación “Maestro Julio Castro”, saluda al Pueblo Uruguayo por haberle conferido el honor y la responsabilidad de recoger y defender las propuestas que refieren a la Educación de los Ciudadanos.

 

Esta instancia de democracia, inédita en nuestro país, es fruto de décadas de lucha y persistencia de nuestro pueblo, que hoy se reúne en un ejemplo de participación. La misma ha sido convocada oficialmente por el MEC, ANEP, UDELAR y organizada por la CODE. Sin duda marca el principio de un largo camino que estamos dispuestos a seguir con firmeza y responsabilidad.

 

Nos hemos reunido más de 1200 ciudadanos, representantes de asambleas de vecinos, organizaciones sociales, estudiantes, colectivos de educadores y otros trabajadores de todos los ámbitos del país. La concreción de este Congreso pone de manifiesto la importancia que los uruguayos le otorgamos a la Educación.

 

Nuestra identidad está fuertemente arraigada a una concepción de educación democrática y plural. Ésta, como todo hecho político, está signada por contradicciones y relaciones dinámicas. Constituye un elemento liberador y emancipatorio hoy enmarcado en un proyecto de profundización democrática, participativa, que desde la realidad concreta se propone formar sujetos libres, críticos, solidarios y comprometidos con la transformación de la realidad.

 

El Congreso concibe la Educación como una práctica social responsable regida, entre otros, por los principios de laicidad, obligatoriedad, gratuidad, universalidad, participación, integralidad, autonomía y cogobierno. Un proceso cuya meta es la igualdad en la diversidad.

 

La Educación es un Derecho Humano inalienable e irrenunciable. El Estado debe garantizar que todos los sujetos puedan acceder a ella durante toda su vida.

 

Concebimos como fines de la Educación Pública:

 

·         Formar personas libres, de espíritu reflexivo, capaces de comprender la realidad y de construir alternativas de vida digna, justa y solidaria.

 

·         Contribuir a la plena realización de seres humanos integrales apuntando al desarrollo de todas sus potencialidades individuales y a su inclusión libre y responsable en la comunidad nacional y mundial.

 

·         Universalizar y democratizar el acceso y la producción del conocimiento, poniéndolo al servicio de un país culto, próspero y solidario.

 

El nuevo Sistema Nacional de Educación público, estatal, autónomo y cogobernado, tiene la responsabilidad de ejecutar las acciones para la concreción de estos principios y fines. Cuenta para ello con el máximo compromiso que nos ha traído hasta aquí en la búsqueda de una educación que debe cambiar tal y como nuestro pueblo lo reclama.

 

Por consiguiente, la educación debe ser concebida como una política de Estado y como tal el presupuesto que a ella se le asigne no debe ser menor al 6% del PBI y crecer sustancialmente hasta estar en correspondencia con el proyecto de país que pretendemos construir.

 

Nuestra máxima aspiración es ver reflejados en la futura Ley de Educación los principios aprobados por este Congreso. Asimismo, todos los aportes recogidos durante el Debate Educativo y en el Congreso, deberán ser referencia ineludible para las autoridades y la sociedad en su conjunto.

 

Saludamos y valoramos el trabajo de todos los protagonistas y colaboradores del proceso de Debate Educativo que ha tenido lugar en todo el país durante 2006 sintetizado en este Congreso, hito histórico por su participación plural y compromiso que confiamos continúe más allá de la concreción en el próximo año de la futura Ley.

 

 

 

Montevideo, diciembre 3 de 2006

 


 

 

 

 

 

 

DESARROLLO DE LAS SESIONES

 

DEL PLENARIO DEL CONGRESO


COMISIÓN 14

Fines y Principios de la Educación

 

Sobre este punto se presentaron las siguientes mociones de resolución:

 

PRINCIPIOS DE AUTONOMÍA Y COGOBIERNO

 

MOCIÓN MAYORITARIA

 

Entendemos la educación como un hecho político y social que en tanto tal nos involucra a todos. Constituye un elemento liberador y emancipatorio siempre que se enmarque en un proyecto de profundización democrática y participativa que parta de nuestra realidad concreta y se oriente a formar sujetos libres, críticos, solidarios y comprometidos.

 

Para esto, proclamamos la autonomía como un principio rector de la educación pública en todos los niveles como forma de preservarla de todo interés de carácter político partidario, religioso, económico (incluyendo los organismos internacionales de crédito).

 

Hablar de autonomía en términos jurídicos, implica dotar a un ente del grado máximo de descentralización respecto al poder central del Estado. Es decir, otorgarle a los entes de enseñanza plenas potestades para autodeterminarse en las esferas: administrativa, de gobierno, técnico-docente y financiera.

 

La autonomía administrativa, como se deriva de la propia definición expuesta, significa la potestad para elaborar la normativa respectiva, en el marco legal de la especificidad del Ente.

 

La autonomía de gobierno conlleva la consagración del cogobierno por parte de todos los actores involucrados, definiendo las políticas educativas con independencia del gobierno del momento, a través de mecanismos democráticos de participación. Por tanto para garantizar la autonomía, las autoridades deben ser electivas, rechazando su designación por parte del Poder Ejecutivo.

 

Además de una democratización del Ente el cogobierno implica una rica experiencia educativa, en tanto posibilita espacios y oportunidades para la construcción colectiva, la resolución común de los conflictos y la asunción colectiva de responsabilidades.

 

MOCION MINORITARIA

 

La autonomía de la enseñanza es legítima, pero también es legítima la intervención en las orientaciones del sistema educativo de las autoridades nacionales que representan al pueblo soberano. En este sentido el Ministerio de Educación y Cultura debe ejercer una función orientadora en todo el sistema educativo. Este principio debe inscribirse en un marco de coordinación de todos los subsistemas. Cualquier forma de cogobierno deberá evitar todo tipo de corporativismo y respetar el ejercicio pleno de la ciudadanía en democracia.

 

En el Plenario resultó afirmativa la moción mayoritaria.

 

 

PRINCIPIOS DE LAICIDAD, LIBERTAD DE CÁTEDRA Y OPINIÓN

 

MOCIÓN MAYORITARIA

 

Laicidad. El principio de laicidad implica promover el tratamiento integral y crítico de los temas mediante el libre y público acceso a las fuentes de información y conocimiento, que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. Se garantiza entonces, la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias.

 

El derecho a la educación exige la laicidad como principio. También lo exige el modo de vida democrático, si queremos que la democracia sea algo mas que un ejercicio del sufragio. La actitud laica debe ser la que prevalezca en las relaciones democráticas, en el sentido del respeto por las posiciones diferentes en temas susceptibles de polémica en el marco de los procesos de construcción de la sociedad.

 

Requiere del sujeto una capacidad de descentramiento tanto en lo individual como en lo social que le permita ubicarse en la posición del otro. Implica el pleno desarrollo de las estructuras mentales que asegure el ejercicio del pensamiento reflexivo y la capacidad crítica.

 

Asimismo, la laicidad se asocia al derecho a elegir entre posiciones diferentes en el campo de los valores complejos como la religión, la filosofía, la política entre otros. Pero a la luz de lo expresado anteriormente, no puede entenderse esta elección como quien elige un producto en la góndola de un supermercado sino como un proceso de elaboración reflexivo y autónomo.

 

Asegurar el respeto y la profundización del proyecto laico es obligación del Estado. Este principio se sustenta en la racionalidad crítica y en la problematización del conocimiento, oponiéndose a cualquier dogmatismo y práctica adoctrinante. Rechaza también cualquier compromiso con intereses privados: partidarios, religiosos o económicos.

 

Aunque la laicidad constituye un principio histórico de la tradición educativa nacional, a comienzos del siglo XXI se hace necesario redimensionar su significado. En ese sentido no significa neutralidad respecto a ningún fenómeno de la vida social, sino que alude al desenvolvimiento de prácticas de libertad y pluralidad, tomando como principios el cooperativismo, la solidaridad, el compromiso con la igualdad social, el respeto a la diversidad.

 

Supone que no deben existir tópicos prohibidos ni censuras que impidan el abordaje de temas emergentes y polémicos. Particularmente, la acción educativa no puede ser prescindente o indiferente ante hechos como la esclavitud, la xenofobia, la guerra, el militarismo agresor, la riqueza y la pobreza extrema, la injusticia consciente, la impunidad legalizada que, junto a problemáticas como la exclusión la violencia física y verbal y la discriminación deben tratarse explícitamente en las aulas. El respeto por la diversidad tiene como límite la defensa de los Derechos Humanos fundamentales.

 

La laicidad debe fomentar valores como la libertad y la justicia, el espíritu crítico, la capacidad de diálogo y la tolerancia en un horizonte de transformación social.

 

Libertad de cátedra y opinión. La plena realización del principio de laicidad, requiere también de la libertad de cátedra y de opinión. El alcance de la libertad de cátedra y opinión refiere a que el docente desde su condición de profesional es libre de planificar sus cursos respetando los objetivos y contenidos de los programas de estudio, realizando una selección crítica de conocimientos.

 

Asimismo, supone la libertad que tienen los educandos para acceder a todas las fuentes de información y cultura. No implica la imposición de una cultura sobre otra o de un grupo sobre otro. Debe servir para respetar y asegurar la identidad del sujeto. Se garantiza con este principio la pluralidad de opiniones y la confrontación democrática de concepciones.

 

Este principio debe extenderse a toda la sociedad, basándose en la concepción de Paulo Freire con respecto al educando “Nadie educa a nadie. Todos nos educamos a todos mutuamente, relacionándonos unos con otros”. De esto deviene que la persona del educando adquiere la centralidad en el momento de definir políticas educativas institucionales y proyectos educativos.

 

La autonomía y el cogobierno conforman el marco institucional de garantía democrática y de construcción colectiva para la concreción de este principio.

 

MOCIONES MINORITARIAS

 

-          La laicidad es un principio básico en un régimen democrático de gobierno. El estado no debe privilegiar ninguna religión, etnia, posición filosófica o política. Al mismo tiempo, el estado debe garantizar que esas diversidades se desarrollen y se expresen libremente. Para lograr este objetivo, la sociedad y el estado deberán acordar los instrumentos que harán posible el ejercicio efectivo de cada unas de esas diversas opciones ciudadanas. De esta forma se estará construyendo una sociedad plural, enriquecida por el aporte de cada diversidad.

-          Incluir la enseñanza en valores cristianos basados en principios bíblicos como asignatura opcional, a solicitud expresa de los padres, fuera del horario escolar, para respetar el principio de laicidad e igualdad.

-          Es posible la laicidad de formación de orientación religiosa. Esto, en primer lugar, presupone la libertad del educando y no su adoctrinamiento. El acto de fe religiosa no es nunca una certeza que se imponga, sino una opción libremente asumida. En cualquier caso, la libre elección de los padres es la garantía del respeto a la laicidad.

 

En el Plenario resultó afirmativa la moción mayoritaria.

 

 

OBLIGATORIEDAD Y GRATUIDAD

 

MOCION MAYORITARIA

 

Obligatoriedad. La ignorancia no es un derecho, por lo tanto la obligatoriedad es uno de los pilares junto a la laicidad, gratuidad, integralidad, que efectiviza la educación como derecho humano fundamental. Este es un principio que asegura la inclusión social, superando la dualización y consiguiente marginalidad de amplios sectores de la población. Esta sociedad conformada por “ganadores y perdedores”, de “integrados y excluidos” que ha ido generando el neoliberalismo, se combate desde políticas de estado que materialicen la obligatoriedad como principio rector de la educación. Esto exige:

a)      que los padres cumplan con su obligación de hacer efectivo este principio.

b)      que el estado controle que se efectivice este deber de los padres a través de diferentes organismos: BPS, INAU, entre otros.

 

Por último, asegura la educación desde los cuatro años hasta el nivel medio superior.

 

Gratuidad. Este principio es una condición necesaria para la realización efectiva de la educación como bien social público. Esto constituye un criterio necesario para la universalización del acceso y permanencia del estudiante en el sistema educativo. Aquí es necesario diferenciar entre enseñanza gratuita, que es con lo que ya contamos y educación gratuita que implica la atención a las condiciones concretas de efectivización, como por ejemplo, atender las políticas de boleto estudiantil, de alojamiento, de distribución gratuita de publicaciones.

 

La futura ley deberá asegurar estos dos principios de la enseñanza pública, proveyendo los recursos que esto implica. Asimismo, se legislará sobre su incumplimiento.

 

La Ley deberá establecer el derecho de los trabajadores a que se adecue su horario de trabajo en la empresa u organismo cuando su formación y sus estudios lo requieran.

 

Universalidad e inclusión. La educación es un derecho de todos los seres humanos, sin diferencias de ningún tipo. El estado debe velar por su pleno desarrollo. El derecho a la educación significa propiciar las instancias que desde lo educativo tiendan a respetar tiempos, características del educando, ritmos e inteligencia; de forma de alcanzar el derecho a ser diferentes a través del pleno desarrollo de las potencialidades individuales.

 

Descentralización. El Congreso Nacional de Educación considera que el Sistema Nacional de Educación Pública, estructurado a partir de la nueva ley de educación deberá, en su organización interna, autónoma y cogobernada, propender al desarrollo de la dimensión geográfica de la descentralización. Por descentralización geográfica se entiende: en primer lugar la obligación del Sistema Nacional de Educación Pública de garantizar la posibilidad de acceso y permanencia a todos los niveles educativos (inicial, primaria, media, terciaria, de grado y postgrado) en todo el territorio nacional.

 

En segundo lugar, este principio garantizará el derecho de cada centro educativo que forma parte del sistema nacional de educación pública a organizar y desarrollar su propio proyecto de trabajo, en el marco de la unidad pedagógica curricular y de los principios y fines promulgados por la ley general de educación. Se priorizará la interrelación de cada institución educativa con la comunidad social de su contexto a fin de coadyuvar a la reconstrucción del entramado social solidario.

 

En el Plenario se vota afirmativo todo el apartado anterior.

 

 

INTEGRALIDAD

 

MOCION MAYORITARIA

 

Es la educación la que debe transmitir a las generaciones futuras el conocimiento acumulado por la sociedad hasta el momento actual, promover la reconstrucción del mismo y la creación de nuevo conocimiento, así como orientar el uso que la sociedad le dé al mismo.

 

Por todo esto resulta inaceptable que se le asigne a la institución educativa el rol de meramente brindar a las personas las habilidades básicas que les permitan insertarse en el mundo del trabajo. No se trata de negar con esto la necesidad de formar a las personas en tanto sujetos participes de los procesos productivos, sino todo lo contrario. Se reacciona ante la concepción del trabajador pasivo, acrítico y enajenado y se promueve un trabajador con criterio autónomo que se apropie de los procesos productivos en los que participa y que desarrolle su tarea con sentido cooperativo.

 

Es decir, que se promueve una formación integral del sujeto en tanto ser social, político, económico y cultural, donde uno de estos aspectos no puede ser abordado sino en estrecha vinculación con los otros.

 

El proyecto educativo debe tener como principal finalidad la formación de sujetos críticos, reflexivos, autónomos, libres, solidarios, comprometidos con la igualdad social y protagonistas de la transformación de su sociedad. La educación debe apuntar al reconocimiento de los sujetos como entidades dialogantes y solidarias capaces de confiar en sus propias capacidades de vivir y de luchar, tomando a la dignidad como valor fundamental, en una ética de la autonomía en un momento donde la victimización y la negación de la vida trastocan todos los valores.

 

Se trata de promover personas solidarias, capaces de resolver colectivamente los problemas comunes, educadas en los principios y prácticas de la cooperación (como lo prescribe la Recomendación 193 de la OIT) como herramienta de democratización efectiva de las relaciones económico-sociales. Este principio se considera como un derecho porque permite educar a la persona en todas sus dimensiones, física, intelectual, social, afectiva, estética y ética. Se debe fomentar diversas formas de expresión promoviendo la diversidad cultural y apostando a una concepción humanista que promueva el desarrollo individual hacia la libertad, que contemple la multidimensionalidad, jerarquizando una postura de procesos permanentes recursivos y abarcativos.

 

El principio de integralidad debe permitir la educación y formación de las personas en todas y cada una de sus dimensiones, contemplando el desarrollo de las potencialidades, fomentando las diversas formas de expresión, respetando la diversidad y promoviendo las mismas. La integralidad debe promover el desarrollo de la persona hacia la libertad y la emancipación, permitiendo ser críticos ya sea individual como colectivamente.

 

Como pertenecientes al planeta Tierra, del cual sacamos nuestros recursos de vida, debemos promover que nuestras conductas de producción no contaminen y/o degraden dichos recursos. El objetivo de integralidad hace que el sistema educativo deba articular permanentemente sus ofertas y programas para ayudar a crear convicciones sociales, científicas, tecnológicas y ambientales, convenientes a la realización de un país productivo con procesos apropiados y trabajo digno. Esta articulación con los actores sociales relevantes se realizará en ámbitos permanentes de intercambio y consulta con los mismos.

 

Dentro del principio de integralidad, apostamos a promover las técnicas de resolución alternativa de conflictos desde la educación inicial, generando una cultura de paz. Procurando centrar sus acciones en la tolerancia, entendida como respeto por el otro, la solidaridad y no discriminación.

 

Se deberán promover técnicas de resolución alternativas de disputas en los planes de estudio de formación docente, así como capacitación de todos los actores institucionales para que puedan utilizar las herramientas de las distintas técnicas para la convivencia. Se deberá incluir la cultura de paz en los principios de la educación, así como fomentar a nivel nacional e internacional el desarrollo de la paz y la justicia. Se debe defender los derechos humanos, ya que todos los seres humanos sin exclusiones son sujetos de derecho.

 

En el Plenario se vota afirmativo todo el apartado anterior.

 

 

LIBERTAD DE ENSEÑANZA

 

MOCION MAYORITARIA

 

Se debe trabajar por la ampliación y el fortalecimiento de la Educación Pública Estatal que garantice en toda su dimensión el derecho a la educación. Esto implicaría la libertad concreta de acceder a diversidad de propuestas educativas gestionadas a nivel público-estatal. La libertad de enseñanza consagrada a nivel constitucional debe estar acompañada por un rol activo del Estado en la regulación y el contralor de los servicios educativos de gestión privada.

 

MOCION MINORITARIA

 

-          (La libertad de enseñanza) Es un derecho aún no alcanzado plenamente en la sociedad uruguaya. Por disposición constitucional los padres tienen derecho a elegir la educación de sus hijos, a elegir los establecimientos educacionales supervisados por el sistema nacional de educación pública, es decir que esa libertad esté sustentada por los principios educativos rectores emanados de este Congreso.

-          Entendiendo que el derecho a la educación y la libertad de enseñanza hacen a la dignidad y libertad de la persona y que ello ese encuentra establecido en:

a)      el inciso 3 del artículo 68 de la Constitución de la República donde se prescribe que “ todo padre o tutor tiene derecho a elegir para la enseñanza de sus hijos o pupilos los maestros o instituciones que deseen”;

b)      la Declaración Universal de los Derechos del Hombre aprobada en 1948, en París, por las Naciones Unidas, donde es expresa que “los padres tiene derecho preferentemente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”,

c)      la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) proclama que: “los padres y en su caso, los tutores, tiene derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Proponemos:

-          brindar a todos los padres, tutores, adolescentes y jóvenes las facultades para que realmente puedan elegir la educación que desean en el centro educativo de su preferencia, de modo que este derecho no quede restringido a quienes disponen de recursos económicos.

-          descentralizar el sistema educativo para que cada centro pueda ofrecer propuestas diversas según las distintas realidades locales, desarrollando identidades que se plasmarán en su proyecto.

 

En el Plenario resultó afirmativa la moción mayoritaria.

 

 

MOCIÓN DE CARÁCTER GENERAL

 

Incluir al final del informe el pedido de esta comisión que el plenario de mañana deje expresa constancia de solicitar al organismo receptor de este debate educativo, que las sugerencias emanadas del mismo sean contempladas en la futura ley de enseñanza.

 

En el Plenario se vota afirmativa la moción

 

 

 

COMISIÓN 15

Sistema Nacional de Educación

 

 

El plenario de la Comisión se expidió claramente en lo que refiere a autonomía, cogobierno, Sistema Nacional de Educación y presupuesto para la Educación. En este sentido, la ley deberá garantizar un 6% como mínimo del PBI.

 

Respecto a la autonomía, se considera que la misma es un principio consagrado constitucionalmente desde 1917, pero históricamente se inicia con la ley Orgánica de la Universidad de la República de 1958. Más allá de los aspectos formales, dicho principio se desvirtúa cuando las autoridades de la enseñanza son designadas por el Poder Ejecutivo con venia del Senado.

 

Desde