COMISIÓN
ORGANIZADORA DEL DEBATE EDUCATIVO (CODE)
CONGRESO
NACIONAL DE
EDUCACIÓN
Montevideo
29 de noviembre – 3 de
diciembre de 2006
NOTA ACLARATORIA
En noviembre de 2006 la
Comisión Organizadora del Debate Educativo (CODE) publicó dos documentos en los
que se sintetizaba el debate que había tenido lugar en los meses anteriores. En
el primero de ellos se resumían las actas de 713 asambleas territoriales y en
el segundo se ofrecía la síntesis de más de 400 aportes documentales al Debate.
Ambos documentos fueron puestos a disposición de cada uno de los participantes
en el Congreso Nacional de Educación, que tuvo lugar en Montevideo, del 29 de
noviembre al 3 de diciembre de 2006.
La
presente publicación contiene el informe de la CODE sobre dicho Congreso. Su
contenido es el siguiente:
a) Una introducción relativa a
los antecedentes, organización y desarrollo del Congreso.
b) La transcripción de las
resoluciones aprobadas por el mismo, o sea el texto de aquellas mociones que,
al ser consideradas en sesión plenaria, obtuvieron el apoyo unánime o
mayoritario del Congreso.
c) El desarrollo de las sesiones
plenarias del Congreso. En esta parte se da
cuenta de cómo transcurrieron las sesiones plenarias, las mociones que fueron
consideradas en las mismas, ofreciéndose al lector tanto las que obtuvieron
mayoría de votos y que, por consiguiente, fueron aprobadas, como las que fueron
presentadas a la plenaria y no obtuvieron su aprobación. Este apartado fue
elaborado a partir del Acta de las sesiones plenarias de los días 2 y 3 de
diciembre redactada por la Mesa del Congreso.
d) El texto de los informes
presentados a la Mesa de la plenaria por cada una de las 15 comisiones
temáticas constituidas por el Congreso. Esta transcripción tiene un doble
objetivo: por un lado, dar cuenta de las deliberaciones que durante dos días
realizaron las comisiones, cada una de las cuales pudo profundizar el
tratamiento de uno o más aspectos del quehacer educativo; por otro lado,
subsanar los efectos de las limitaciones del tiempo de que dispuso la plenaria.
En efecto, las tres sesiones plenarias sólo pudieron pronunciarse sobre seis de
los informes de las comisiones temáticas. Ante la falta de tiempo para
considerar los otros nueve, la plenaria adoptó dos medidas: la primera, dar por
aprobadas por el Congreso todas aquellas mociones que hubieran sido adoptadas
por unanimidad en esas nueve comisiones; la segunda, incluir en la presente
publicación el texto completo de los informes de todas las
comisiones, permitiendo así al lector conocer, a través de presentaciones
completas, aunque de estilos muy variados, todas las posiciones expresadas en
el seno de las mismas.
Al
aplicar este criterio, el Congreso se mostró coherente con el carácter abierto
y democrático que caracterizó todo el Debate Educativo, y con el enfoque dado a
las síntesis del Debate incluidas en las dos anteriores publicaciones. La CODE,
en todo momento, ha puesto a disposición de las autoridades educativas, de los
Poderes Ejecutivo y Legislativo, de los profesionales de la educación y de la
opinión pública, la totalidad del pensamiento emergente del Debate. El lector
sabrá disculpar que, al procederse así, se reitere algún texto en el presente documento.
En los informes de las
Comisiones se incluyeron los resultados cuantitativos de las votaciones, cuando
se dispuso de ellos. No se ha considerado, en cambio, necesario mencionar los
nombres de las entidades o personas que presentaron las diferentes mociones.
Para quienes lo deseen, la versión completa del Acta del Congreso, elaborada
por la Mesa, se encuentra en la página web de la CODE www.debateducativo.edu.uy. Allí se
podrá conocer el desarrollo del Plenario, incluidas las mociones de orden,
votaciones y otros detalles omitidos por razones de espacio y de mejor
comprensión en este volumen.
e)
Algunos anexos completan esta publicación: el Reglamento de funcionamiento
aprobado por el Congreso, las intervenciones en los actos de apertura y de
cierre del Congreso y las estadísticas de la concurrencia al mismo.
La
CODE expresa su satisfacción por la realización del Congreso Nacional de
Educación y su agradecimiento a todos aquellos que lo hicieron posible, en
particular a las Comisiones Zonales y Departamentales, a todos los miembros del
Equipo de Apoyo y a la Mesa que dirigió los debates y sistematizó con celoso
cuidado la importante documentación producida por el Congreso.
A
esta tercera publicación seguirá la cuarta y última, que la CODE tiene ya en
preparación: el Informe Final de la totalidad de sus trabajos.
Enero
de 2007.
ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL CONGRESO NACIONAL DE EDUCACIÓN
El Congreso Nacional de
Educación fue oficialmente convocado por la Administración Nacional de Educación
Pública, el Ministerio de Educación y Cultura y la Universidad de la República,
y fue organizado por la CODE. El mismo fue de carácter nacional, representativo
–por cuanto estuvo integrado por delegados de los colectivos reconocidos
previamente por la CODE-, democrático en su funcionamiento, gratuito, y
resolutivo ya que el Plenario adoptó resoluciones, dejándose constancia de las
posiciones minoritarias cuando así fue solicitado por miembros del Congreso.
Sus resoluciones constituyen recomendaciones a las autoridades autónomas de la
enseñanza y a los poderes Ejecutivo y Legislativo.
El Congreso fue inaugurado
el 29 de noviembre con la participación del Ministro de Educación y Cultura,
Jorge Brovetto, Miguel Soler como representante de la CODE, el Rector de la
Universidad de la República Rodrigo Arocena, el Director Nacional de Educación
Pública Luis Yarzábal y el Presidente de la República Tabaré Vázquez.
Luego del Acto de Apertura,
Carlos Barceló, Luis Garibaldi, Elsa Gatti y Eduardo Tornaría en representación
de la CODE, instalaron la primera sesión plenaria del Congreso. En esa sesión
se resolvió elegir siete miembros para la integración de la Mesa del Congreso
que habría de presidir el Plenario del Congreso entre el sábado 2 y el domingo
3 de diciembre y se decidió que entre sus miembros hubiera por lo menos un
estudiante y un no docente. La elección se realizó en forma secreta, pudiendo
votar cada delegado hasta siete nombres de una lista de nombres propuestos
durante la sesión del día miércoles. El día jueves 30 la CODE realizó el
escrutinio quedando electos para integrar la Mesa: Julián Mazzoni de la ATD de
Secundaria, Gilda Manfrini del Centro de Estudiantes del IPA, Lucía Pastore de
la Asamblea General del Claustro de la Universidad de la República, María Jesús
Braña delegada de una Asamblea Territorial de la Zona 9 de Montevideo, Aníbal
Merino de la Federación Nacional de Profesores de Secundaria, Marcelo Piñeiyo
de una Asamblea Territorial de la Zona 3 de Montevideo y Ema Fernández de la
ATD de Formación Docente.
La primera sesión Plenaria
aprobó sin modificaciones el reglamento propuesto por la CODE y el
funcionamiento de las siguientes quince Comisiones Temáticas:
1. Educación inicial y
primaria,
2. Educación secundaria,
3. Educación técnico
profesional,
4. Educación terciaria y
universitaria,
5. Formación y
perfeccionamiento docente,
6. Educación rural,
7. Educación de jóvenes y
adultos,
8. Educación No Formal,
9. Inclusión educativa y
educación especial,
10. Educación, democracia y
derechos humanos,
11. Educación, trabajo,
ciencia y tecnología,
12. Educación y salud,
13. Educación, cultura,
medios de comunicación y nuevas tecnologías,
14. Principios y fines de la
educación y
15. Sistema nacional de
educación.
Esa sesión también aprobó el
siguiente cronograma de trabajo:
Jueves 30 de noviembre: 8:30 horas instalación y trabajo de
Comisiones Temáticas.
19:30 horas instalación y
trabajo de la Comisión de Redacción.
Viernes 1 de diciembre: 8:30 horas trabajo en Comisiones Temáticas.
19:30 horas trabajo de la
Comisión de Redacción.
Sábado 2 de diciembre: 9:00 horas trabajo en Plenario.
Domingo 3 de diciembre: 8:30 horas trabajo en Plenario.
El orden del día aprobado para el tratamiento en plenario de los
informes de las comisiones temáticas fue el siguiente:
Sábado
2
9:00 14 Principios y
fines de la educación
11:00 15 Sistema nacional
de educación
13:30 Receso
15:00 1 Educación
inicial y primaria
16:00 2 Educación
secundaria
16,45 3 Educación
técnico profesional
17,30 4 Educación
terciaria y universitaria
18:15 5 Formación y
perfeccionamiento docente
19:15 6 Educación rural
20:00 7 Educación de
jóvenes y adultos
Domingo
3
8:30 8 Educación No
Formal
9:15 9 Inclusión
educativa y educación especial
10:00 10 Educación,
democracia y derechos humanos
10:45 11 Educación,
trabajo, ciencia y tecnología
11:30 12 Educación y salud
12:15 13 Educación,
cultura, medios de comunicación y nuevas tecnologías
13:00 Declaración final
El Congreso Nacional de Educación estuvo constituido por delegados de
las Asambleas Territoriales y de las organizaciones que enviaron aportes al
Debate Educativo. La CODE realizó previamente la distribución de cupos por la
cual cada Asamblea Territorial tuvo derecho a designar dos delegados al
Congreso, y también asignó el número de delegados a las organizaciones que
aportaron documentos al Debate Educativo. Según la distribución final y luego
de corroborar el número de Asambleas realizadas estaban habilitados para ser
designados 1960 delegados: 1426 de Asambleas Territoriales (73%) y 534 (27%) de
organizaciones que aportaron documentos.
En las Comisiones del Congreso participaron en total 1265 delegados, de
los cuales el 63 % representaban a Asambleas Territoriales o Comisiones Zonales
y Departamentales y el 37 % a organizaciones.
En los plenarios la participación alcanzó a 1221 delegados de los
cuales el 62.5 % representó a Asambleas Territoriales o Comisiones Zonales y
Departamentales (59% con voto y 3.5 % sin voto) y el 37.5 % a organizaciones.
RESOLUCIONES APROBADAS
POR EL PLENARIO DEL CONGRESO
I. DENOMINACIÓN DEL CONGRESO
Proponemos nombrar este congreso como: “Primer Congreso Nacional de Educación Maestro Julio Castro”.
II. MOCIONES PRESENTADAS POR LAS COMISIONES TEMÁTICAS
Y APROBADAS EN LAS SESIONES PLENARIAS
COMISIÓN 14
Fines y
principios de la educación
PRINCIPIOS DE AUTONOMÍA Y
COGOBIERNO
Entendemos la educación como un hecho
político y social que en tanto tal nos involucra a todos. Constituye un
elemento liberador y emancipatorio siempre que se enmarque en un proyecto de
profundización democrática y participativa que parta de nuestra realidad
concreta y se oriente a formar sujetos libres, críticos, solidarios y
comprometidos.
Para esto,
proclamamos la autonomía como un principio rector de la educación pública en
todos los niveles como forma de preservarla de todo interés de carácter
político partidario, religioso, económico (incluyendo los organismos
internacionales de crédito).
Hablar de autonomía
en términos jurídicos, implica dotar a un ente del grado máximo de
descentralización respecto al poder central del Estado. Es decir, otorgarle a
los entes de enseñanza plenas potestades para autodeterminarse en las esferas:
administrativa, de gobierno, técnico-docente y financiera.
La autonomía
administrativa, como se deriva de la propia definición expuesta, significa la
potestad para elaborar la normativa respectiva, en el marco legal de la
especificidad del Ente.
La autonomía de
gobierno conlleva la consagración del cogobierno por parte de todos los actores
involucrados, definiendo las políticas educativas con independencia del
gobierno del momento, a través de mecanismos democráticos de participación. Por
tanto para garantizar la autonomía, las autoridades deben ser electivas,
rechazando su designación por parte del Poder Ejecutivo.
Además de una
democratización del Ente el cogobierno implica una rica experiencia educativa,
en tanto posibilita espacios y oportunidades para la construcción colectiva, la
resolución común de los conflictos y la asunción colectiva de
responsabilidades.
PRINCIPIOS DE
LAICIDAD, LIBERTAD DE CÁTEDRA Y OPINIÓN
Laicidad. El principio de laicidad
implica promover el tratamiento integral y crítico de los temas mediante el
libre y público acceso a las fuentes de información y conocimiento, que
posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. Se garantiza
entonces, la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática
de saberes y creencias.
El derecho a la educación exige la
laicidad como principio. También lo exige el modo de vida democrático, si
queremos que la democracia sea algo mas que un ejercicio del sufragio. La
actitud laica debe ser la que prevalezca en las relaciones democráticas, en el
sentido del respeto por las posiciones diferentes en temas susceptibles de
polémica en el marco de los procesos de construcción de la sociedad.
Requiere del sujeto una capacidad de
descentramiento tanto en lo individual como en lo social que le permita
ubicarse en la posición del otro. Implica el pleno desarrollo de las
estructuras mentales que asegure el ejercicio del pensamiento reflexivo y la
capacidad crítica.
Asimismo, la laicidad se asocia al
derecho a elegir entre posiciones diferentes en el campo de los valores complejos
como la religión, la filosofía, la política entre otros. Pero a la luz de lo
expresado anteriormente, no puede entenderse esta elección como quien elige un
producto en la góndola de un supermercado sino como un proceso de elaboración
reflexivo y autónomo.
Asegurar el respeto y la
profundización del proyecto laico es obligación del Estado. Este principio se
sustenta en la racionalidad crítica y en la problematización del conocimiento,
oponiéndose a cualquier dogmatismo y práctica adoctrinante. Rechaza también
cualquier compromiso con intereses privados: partidarios, religiosos o
económicos.
Aunque la laicidad constituye un
principio histórico de la tradición educativa nacional, a comienzos del siglo
XXI se hace necesario redimensionar su significado. En ese sentido, no
significa neutralidad respecto a ningún fenómeno de la vida social, sino que
alude al desenvolvimiento de prácticas de libertad y pluralidad, tomando como
principios el cooperativismo, la solidaridad, el compromiso con la igualdad
social, el respeto a la diversidad.
Supone que no deben existir tópicos
prohibidos ni censuras que impidan el abordaje de temas emergentes y polémicos.
Particularmente, la acción educativa no puede ser prescindente o indiferente
ante hechos como la esclavitud, la xenofobia, la guerra, el militarismo
agresor, la riqueza y la pobreza extrema, la injusticia consciente, la
impunidad legalizada que, junto a problemáticas como la exclusión la violencia
física y verbal y la discriminación deben tratarse explícitamente en las aulas.
El respeto por la diversidad tiene como límite la defensa de los Derechos
Humanos fundamentales.
La laicidad debe fomentar valores como
la libertad y la justicia, el espíritu crítico, la capacidad de diálogo y la
tolerancia en un horizonte de transformación social.
Asimismo, supone la libertad que
tienen los educandos para acceder a todas las fuentes de información y cultura.
No implica la imposición de una cultura sobre otra o de un grupo sobre otro.
Debe servir para respetar y asegurar la identidad del sujeto. Se garantiza con
este principio la pluralidad de opiniones y la confrontación democrática de concepciones.
Este principio debe extenderse a toda
la sociedad, basándose en la concepción de Paulo Freire con respecto al
educando “Nadie educa a nadie. Todos nos educamos a todos mutuamente,
relacionándonos unos con otros”. De esto deviene que la persona del educando
adquiere la centralidad en el momento de definir políticas educativas
institucionales y proyectos educativos.
La autonomía y el cogobierno conforman
el marco institucional de garantía democrática y de construcción colectiva para
la concreción de este principio.
OBLIGATORIEDAD Y GRATUIDAD
Obligatoriedad. La ignorancia no es un derecho, por lo tanto la
obligatoriedad es uno de los pilares junto a la laicidad, gratuidad,
integralidad, que efectiviza la educación como derecho humano fundamental.
Este es un principio que asegura la
inclusión social, superando la dualización y consiguiente marginalidad de
amplios sectores de la población. Esta sociedad conformada por “ganadores y
perdedores”, de “integrados y excluidos” que ha ido generando el neoliberalismo,
se combate desde políticas de estado que materialicen la obligatoriedad como
principio rector de la educación.
Esto exige:
a) que los padres cumplan con su obligación de hacer
efectivo este principio.
b) que el estado controle que se efectivice este deber de
los padres a través de diferentes organismos: BPS, INAU, entre otros.
Por último, asegura la educación desde
los cuatro años hasta el nivel medio superior.
Gratuidad. Este principio es una condición necesaria para la realización efectiva de la educación como bien social público. Esto constituye un criterio necesario para la universalización del acceso y permanencia del estudiante en el sistema educativo. Aquí es necesario diferenciar entre Enseñanza Gratuita, que es con lo que ya contamos y Educación Gratuita que implica la atención a las condiciones concretas de efectivización, como por ejemplo, atender las políticas de boleto estudiantil, de alojamiento, de distribución gratuita de publicaciones.
La futura ley deberá asegurar estos
dos principios de la enseñanza pública, proveyendo de los recursos que esto
implica. Asimismo, se legislará sobre su incumplimiento.
La Ley deberá establecer el derecho de
los trabajadores a que se adecue su horario de trabajo en la empresa u
organismo cuando su formación y sus estudios lo requieran.
Por
descentralización geográfica se entiende en primer lugar, la obligación del
Sistema Nacional de Educación Pública de garantizar la posibilidad de acceso y
permanencia a todos los niveles educativos (inicial, primaria, media,
terciaria, de grado y postgrado) en todo el territorio nacional.
En
segundo lugar, este principio garantizará el derecho de cada centro educativo
que forma parte del sistema nacional de educación pública a organizar y
desarrollar su propio proyecto de trabajo, en el marco de la unidad pedagógica
curricular y de los principios y fines promulgados por la ley general de
educación. Se priorizará la interrelación de cada institución educativa con la
comunidad social de su contexto a fin de coadyuvar a la reconstrucción del entramado
social solidario.
INTEGRALIDAD
Es la educación la que debe transmitir
a las generaciones futuras el conocimiento acumulado por la sociedad hasta el
momento actual, promover la reconstrucción del mismo y la creación de nuevo
conocimiento, así como orientar el uso que la sociedad le dé al mismo.
Por todo esto resulta inaceptable que
se le asigne a la institución educativa el rol de meramente brindar a las
personas las habilidades básicas que les permitan insertarse en el mundo del
trabajo. No se trata de negar con esto la necesidad de formar a las personas en
tanto sujetos participes de los procesos productivos, sino todo lo contrario.
Se reacciona ante la concepción del trabajador pasivo, acrítico y enajenado y
se promueve un trabajador con criterio autónomo, que se apropie de los procesos
productivos en los que participa y que desarrolle su tarea con sentido
cooperativo.
Es decir, se promueve una formación
integral del sujeto en tanto ser social, político, económico y cultural, donde
uno de estos aspectos no puede ser abordado sino en estrecha vinculación con
los otros.
El proyecto educativo debe tener como
principal finalidad la formación de sujetos críticos, reflexivos, autónomos,
libres, solidarios, comprometidos con la igualdad social y protagonistas de la
transformación de su sociedad. La educación debe apuntar al reconocimiento de
los sujetos como entidades dialogantes y solidarias capaces de confiar en sus
propias capacidades de vivir y de luchar, tomando a la dignidad como valor
fundamental, en una ética de la autonomía en un momento donde la victimización
y la negación de la vida trastocan todos los valores.
Se trata de promover personas
solidarias, capaces de resolver colectivamente los problemas comunes, educados
en los principios y prácticas de la cooperación (como lo prescribe la
Recomendación 193 de la OIT) como herramienta de democratización efectiva de
las relaciones económico-sociales.
Este principio se considera como un
derecho porque permite educar a la persona en todas sus dimensiones, física,
intelectual, social, afectiva, estética y ética.
Se debe fomentar diversas formas de
expresión promoviendo la diversidad cultural y apostando a una concepción
humanista que promueva el desarrollo individual hacia la libertad, que
contemple la multidimensionalidad, jerarquizando una postura de procesos
permanentes recursivos y abarcativos.
El principio de integralidad debe
permitir la educación y formación de las personas en todas y cada una de sus
dimensiones, contemplando el desarrollo de las potencialidades, fomentando las
diversas formas de expresión, respetando la diversidad y promoviendo las
mismas. La integralidad debe promover el desarrollo de la persona hacia la
libertad y la emancipación, permitiendo ser críticos ya sea individual como
colectivamente.
Como pertenecientes al planeta Tierra,
del cual sacamos nuestros recursos de vida, debemos promover que nuestras
conductas de producción no contaminen y/o degraden dichos recursos. El objetivo
de integralidad hace que el sistema educativo deba articular permanentemente
sus ofertas y programas para ayudar a crear convicciones sociales, científicas,
tecnológicas y ambientales, convenientes a la realización de un país productivo
con procesos apropiados y trabajo digno. Esta articulación con los actores
sociales relevantes se realizará en ámbitos permanentes de intercambio y
consulta con los mismos.
Dentro del principio de integralidad,
apostamos a promover las técnicas de resolución alternativa de conflictos desde
la educación inicial, generando una cultura de paz, procurando centrar sus
acciones en la tolerancia, entendida como respeto por el otro, la solidaridad y
no discriminación.
Se deberán promover técnicas de
resolución alternativas de disputas en los planes de estudio de formación docente,
así como capacitación de todos los actores institucionales para que puedan
utilizar las herramientas de las distintas técnicas para la convivencia. Se
deberá incluir la cultura de paz en los principios de la educación, así como
fomentar a nivel nacional e internacional el desarrollo de la paz y la
justicia. Se debe defender los derechos humanos, ya que todos los seres humanos
sin exclusiones son sujetos de derecho.
Se
debe trabajar por la ampliación y el fortalecimiento de la Educación Pública
Estatal que garantice en toda su dimensión el derecho a la educación. Esto
implicaría la libertad concreta de acceder a diversidad de propuestas
educativas gestionadas a nivel público-estatal.
La
libertad de enseñanza consagrada a nivel constitucional debe estar acompañada
por un rol activo del Estado en la regulación y el contralor de los servicios
educativos de gestión privada.
MOCIÓN GENERAL
Incluir
al final del informe el pedido de esta comisión que el plenario de mañana deje
expresa constancia de solicitar al organismo receptor de este debate educativo,
que las sugerencias emanadas del mismo sean contempladas en la futura ley de
enseñanza.
El plenario de la Comisión se expidió claramente en lo
que refiere a autonomía, cogobierno, Sistema Nacional de Educación y
presupuesto para la Educación. En este sentido, la ley deberá garantizar un 6%
como mínimo del PBI.
Respecto a la autonomía, se considera que la misma es
un principio consagrado constitucionalmente desde 1917, pero históricamente se
inicia con la ley Orgánica de la Universidad de la República de 1958. Más allá
de los aspectos formales, dicho principio se desvirtúa cuando las autoridades
de la enseñanza son designadas por el Poder Ejecutivo con venia del Senado.
Desde el punto de vista jurídico la autonomía
constituye el grado máximo de descentralización de un ente con respecto al
poder central del Estado. Se entiende la autonomía desde el punto de vista
técnico-pedagógico, administrativa, presupuestal, financiera y de gobierno.
Se valora que el gobierno de la Educación no puede
estar supeditado a los gobiernos de turno, por lo que sólo puede desarrollarse
a través del cogobierno. Rechazamos la dependencia político- partidaria, al tiempo
que la autonomía real exige la participación de todos los actores sociales.
Respecto al cogobierno, se entiende que es la forma de
gobierno que garantiza la vigencia y validez de la autonomía, en tanto quienes
integren los órganos directrices sean electos por los directamente
involucrados, entendiéndose por ello: docentes, padres, estudiantes,
funcionarios.
Se considera a su vez, que la ley deberá establecer
los mecanismos de revocación de las autoridades.
Por tanto, la Comisión entiende que la futura Ley de
Educación, deberá integrar la autonomía como principio rector materializado a
través del cogobierno de toda la Educación Pública. Ambos aspectos, autonomía y
cogobierno, son principios indisociables.
En lo que refiere al Sistema Nacional de Educación
Pública, se considera que es la superación democratizante de la incomunicación
institucional del actual modelo educativo, actualmente fragmentado y
fragmentador.
El Sistema Nacional de Educación Pública (SNEP)
debería constituirse en un modelo de relacionamiento interinstitucional para la
concreción de una concepción educativa popular, integral y liberadora.
El SNEP estará integrado por todos los órganos de la
Educación Pública, en un marco de respeto a la autonomía y el cogobierno.
Sus funciones serán la hilación estratégica y
congruente del Proyecto Educativo:
La posición mayoritaria de la Comisión considera que el conjunto
de la educación no universitaria, debería ser asignado a un Consejo Directivo
de Educación con diversos Consejos que tengan un grado de autonomía semejante
al que actualmente tienen los Consejos de Facultad respecto al Consejo
Directivo de la Universidad de la República. Dicho Consejo Directivo debe estar
integrado exclusivamente por representantes de los actuales sub - sistemas de
ANEP, sin perjuicio de que se agreguen representantes de órganos deliberantes
del conjunto del ente a semejanza de la Asamblea General del Claustro de la
UdelaR.
Se sugiere que las dificultades que puedan surgir entre los dos
Entes sean resueltos por convenios inter - administrativos y que se prevea un
organismo coordinador que sustituya a la actual Comisión Coordinadora
inconstitucional.
La Comisión considera que los cargos no electivos, tendrán como
forma de ingreso el concurso. Cada Consejo los reglamentará. Los padres de
alumnos de la educación pública primaria deben ser reconocidos como actores
consultivos y deliberativos.
A su vez, se sostiene que las Asambleas Técnico - Docentes tendrán
carácter preceptivo en lo referido a lo técnico pedagógico; sus representantes
durarán cinco años en sus funciones. También se deben constituir las asambleas
de estudiantes, padres y funcionarios no docentes.
Se planteó que se institucionalice el Congreso Nacional de
Educación que tendrá como funciones la elaboración de las políticas educativas,
su evaluación y balance. Debería ser convocado periódicamente y estar
contemplado en la nueva ley.
Se rechaza la incorporación de la concepción de autonomía de
centro asociada a la concepción neoliberal y fragmentadora. La autonomía del
sistema implica no supeditar la educación a préstamos internacionales de ningún
tipo.
Se considera a su vez que la universalización de la matrícula no
debe implicar la generación de propuestas educativas pauperizadas para los
sectores marginados porque de lo contrario se reproduce y profundiza la
injusticia social.
Se reclama la construcción de un sistema integrado de enseñanza
terciaria universitaria y no universitaria en el marco del Sistema Nacional de
Educación Pública. Se plantea conformar Consejos Asesores en cada centro
educativo con carácter consultivo con las direcciones, los órdenes, y los
padres. Los cargos de secretaría general, administrativa y pro - secretaría
deben ser ocupados por funcionarios de carrera.
Se planteó que este Congreso conforme una comisión que garantice
su continuidad, en el sentido de la difusión de los documentos surgidos y del
seguimiento de las resoluciones de cara a la nueva ley, tomando como base para
su conformación a la mesa que lo preside. La comisión entiende que la nueva ley
de educación debe sancionarse en un plazo no mayor a un año.
Se plantea mayoritariamente la creación de un Consejo de Formación
Docente, que tenga al menos el mismo grado de autonomía que el resto de los
actuales desconcentrados de la ANEP, que contemple las funciones de enseñanza,
investigación y extensión, consolidando de esta manera la tradición
universitaria arraigada en nuestro país.
Se considera que la formación militar y policial debe estar
integrada al Sistema Nacional de Educación que surja de la nueva Ley de
Educación.
Se propuso la implementación de la obligatoriedad de la Educación
Física en el SNEP formándose una secretaría entre el organismo máximo y los
Consejos.
La Educación No Formal debe integrarse al SNEP y regirse por sus
principios, un organismo del mismo la regulará.
Los asistentes sociales solicitan que se cree un ámbito
institucional en el SNEP para el trabajo interdisciplinario de la educación.
Se solicitó la derogación de la llamada ley de guarderías. Se
deberá tener en cuenta la especificidad de la educación de 0 a 6 años.
AUTONOMIA Y COGOBIERNO
La autonomía desde el punto de vista jurídico
constituye el grado máximo de descentralización de un Ente con respecto al
poder central del Estado, lo cual implica la capacidad del mismo de
autogobernarse.
Dicha autonomía debe comprender intrínsecamente cuatro
aspectos: autonomía técnico-pedagógica, administrativa, financiera y política.
El primero de ellos implica que el proyecto educativo
sea un proyecto a largo plazo, definido y sustentado por los sujetos educativos
directamente involucrados en el acontecer pedagógico y no sujeto a las pautas
del mercado.
En lo referente a la autonomía financiera, supone la
independencia económica, lo cual implica que el presupuesto de la educación pública
no quede supeditado a agentes externos a la misma (ejemplo el pago de la deuda
externa, la transferencia de recursos a la educación privada). La
administración de los recursos debe estar en manos de los actores. En el nivel
político, la autonomía implica necesariamente que el gobierno de la educación
no se encuentre subordinado al gobierno de turno. En este entendido, la
autonomía solo puede desarrollarse en su mayor amplitud solo a través de la
constitución del cogobierno.
El cogobierno es la forma de gobierno que garantiza la
vigencia y la validez de la autonomía, en tanto las personas que componen los
órganos directivos de la educación sean electas por los directamente
involucrados.
Según el inciso primero del artículo 203 de la
Constitución: “los Consejos directivos de los servicios docentes serán
designados o electos en la forma en que lo establezca la ley sancionada por la
mayoría absoluta del total de componentes de cada cámara”. En virtud del
texto constitucional, para hacer electivos los cargos de los integrantes de los
órganos de dirección de la educación pública no es necesario reformar la
Constitución, basta con modificar la ley.
El gobierno otorga el poder de decisión en materia
educativa a los directamente involucrados en la misma ( docentes, funcionarios,
padres y estudiantes). La posibilidad de autogobernarse de la educación
pública, le dará a la misma el mayor ejercicio de la autonomía y es
democratizante.
La ley establecerá el mecanismo de revocación de las
autoridades debiendo los consejos cogobernados definir las formas de aplicación
de este mecanismo.
Por lo cual el Congreso Nacional de Educación resuelve
que la futura Ley de Educación deberá integrar la autonomía como un principio
rector, el cual deberá ser materializado a través del cogobierno de toda la
educación pública. En este sentido, se entiende a la autonomía y al cogobierno
como factores indisociables.
ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Dado que el Congreso se propone sentar las bases para
una ley de educación sustitutiva de la 15.739, se recomienda:
1. El conjunto de la educación no universitaria será
asignado a un Consejo Directivo de la Educación con diversos Consejos que
tengan un grado de autonomía semejante al que actualmente tienen los Consejos
de Facultad respecto al CDC de la UDELAR.
2. Que ese Consejo Directivo, a semejanza del actual CDC
de la UDELAR, esté integrado exclusivamente por representantes de los Consejos
de los servicios que lo integren sin perjuicio que se agreguen, representantes
de órganos deliberantes del conjunto del Ente a semejanza de la Asamblea
General del Claustro de la Universidad. Al igual que en la misma, los delegados
de los Consejos podrán ser de cualquiera de los órdenes que lo integren.
3. Que los problemas de coordinación existentes y los que
el futuro aparejará entre los dos Entes autónomos de la enseñanza, sean
resueltos por convenios interadministrativos que se realicen entre ellos,
transfiriendo al organismo coordinador que estos Entes establezcan las
asignaciones presupuestales que fueron dispuestas para la inconstitucional
Comisión Coordinadora del MEC, que debe desaparecer.
SUBVENCIÓN DE LA EDUCACIÓN PRIVADA
Los procesos de subvención de la educación privada con
los fondos públicos estatales, bajo la idea de libertad de elección, plantea un
cambio ideológico fundamental por el cual la idea de lo público asociado a lo
estatal se quiebra, dando espacio a enfoques de privatización que no son nuevos
en el contexto internacional.
En los actuales planteos calificados desde la teoría
como neoliberales, libertad de elección, autonomía de centro, consejos
escolares integrados por padres, descentralizaciones, se entrecruzan. En este
sentido parece fundamental expedirse.
Los alcances de la subvención en el Uruguay están
establecidos en el artículo 69 de la Constitución por la vía de exoneración de
impuestos. El mismo establece: “las instituciones de enseñanza privada y las
culturales de la misma naturaleza estarán exoneradas de impuestos nacionales y
municipales como subvención por sus servicios”.
Los fondos y recursos que posibilitan con carencias,
el funcionamiento de la educación pública estatal, deben tener este destino y
no ser desviados hacia instituciones del ámbito privado.
SISTEMA INTEGRADO
DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA Y NO UNIVERSITARIA
Manifestar la imperiosa necesidad de construir en el
marco del Sistema Nacional de Educación Pública, un sistema integrado de
enseñanza terciaria universitaria y no universitaria que habilite salidas
laborales diversas, formación técnica de calidad, movilidad horizontal y
posibilidades de acceso a instancias de formación de grado y postgrado
universitario.
PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA
La Enseñanza Media debe dar herramientas para que el
joven pueda desarrollar sus capacidades para enfrentar los desafíos de la vida.
Con el plan 96 se pretendió atender a los alumnos con políticas
asistenciales con la finalidad de retenerlos en los centros. El fracaso se ha
visto ya, los niveles de repetición y deserción no se mejoraron y facilitar el
avance a costa de disminuir los contenidos, se está reflejando en el fracaso de
muchos jóvenes en los bachilleratos.
Para que esto se cumpla se deberá tener en cuenta los
fines de esta Educación, que será, preparar para transformar lo social desde lo
ético.
Asumir la responsabilidad de funcionamiento del
sistema por parte de los diferentes actores (docentes, padres, estudiantes).
Los valores de los que hablamos, deben formar parte
ineludible en la educación y los espacios señalados deben ser parte fundamental
en los proyectos liceales.
PROPUESTAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA ENSEÑANZA
SECUNDARIA
Para el sistema macro
1 - Creación de un órgano de planeamiento y gestión
con facultades de asesoramiento y decisión. Este organismo deberá asegurar una
integración plural, hasta que una nueva ley de educación establezca la
estructura y organización definitiva del sistema de educación secundaria.
·
Este organismo
deberá estar integrado con representantes docentes, funcionarios
administrativos y de servicio, y padres.
·
Tendrá por
cometidos: a) organizar un cronograma de actividades anuales con el objetivo de
organizar el año curricular y las actividades básicas en el funcionamiento de
un liceo: comienzo de cursos, vacaciones, asambleas técnicas, períodos de
exámenes y pruebas y otros; b) elaborar políticas globales que atiendan:
recursos necesarios; perfil de los actores; marcos formativos; diversidad:
ciclo básico, bachillerato, nocturnos y extra edad, rurales; vínculos de
convivencia en la comunidad educativa; lo curricular; la estructura
administrativa; el trabajo profesional.
2 -El sistema de enseñanza secundaria debe considerar:
3- El modelo de funcionamiento propuesto para todo el
sistema:
·
debe ser no
gerencial, sino crítico, comprensivo; debe atender alumnos, no clientes; donde
coincidir sea participar y no aceptar; debe trabajar en equipo; actores
reflexivos de su práctica educativa que no responda solamente a la racionalidad
tecnológica; que importa el proceso de enseñanza y no sólo el producto; que se
estimule el valor del espíritu crítico y la formación del Hombre y no la mera
eficiencia y el conformismo; que se valore y se promueva el trato diferente
para nivelar institucional y socialmente, evitando que se profundicen las
desigualdades sociales dentro del sistema; analizar el proceso de educación
para promover cambios, descubrir valores, conocer el contexto, comprender las
situaciones y no sólo controlarlas.
Se necesita fijar una política clara en este sentido,
para que: 1º - los centros educativos no sean sucedáneos de la ejecución de
proyectos, que muchas veces salen de su historia institucional; 2º - no
sustituyan a las instituciones educativas con propuestas curriculares
paralelas.
Proponemos el trabajo en redes – comprometer a que las
direcciones liceales conjuntamente con docentes, POP, equipos
multidisciplinarios (si los hay), trabajen con centros de la zona como ser:
INAU, MIDES, PANES (que no sólo sea la asistencia, también conducta y
rendimiento del alumno); policlínicas y plazas de deportes (recreación,
competencias), logrando que el alumno comience a respetar el local liceal y su
barrio (incluyéndolo).
Se resuelve que se deberá crear un nuevo plan
educativo único nacional elaborado y consensuado por todos los actores
involucrados en todo el país y que su aplicación sea obligatoria para todas las
instituciones medias privadas.
Creemos que mucho beneficiaría a la sociedad civil que
quienes ocupen en el futuro cargos militares jerárquicos, se formaran en los
niveles de educación media junto al resto de la población y que las
instalaciones edilicias hasta ahora utilizadas en la formación militar pasen a
la esfera de la educación pública.
Frente a la situación actual de emergencia social por
el aumento de la pobreza y su profundización, Enseñanza Secundaria debe buscar
respuestas influyentes: aumentar el tiempo pedagógico con horas de docencia
directa y horas de jornada pedagógica destinadas a la ejecución de talleres que
se contextualicen con las necesidades propias del liceo u otras formas que se
entiendan eficientes y necesarias.
Dado el conocido divorcio que existe entre Primaria y
Secundaria, entendemos pertinente aprovechar el seguimiento del alumno escolar
que le realiza la propia institución. Proponemos que los liceos no sólo reciban
pases de estudiantes que les brinda primaria, sino que además se hagan
acreedores de este informe personal.
Bregamos por la unificación de Ciclo Básico y
Bachillerato, que compartan un mismo espacio físico y que haya entre ambos una
cohesión pragmática.
Al hablar de educación pluralista y para la equidad,
debemos considerar la importancia de incorporar el perfil de género.
Para llevarlo a cabo debe ser participativo, producto
de la negociación y el consenso entre todos los actores (equipo de dirección,
docentes, estudiantes, funcionarios), generando un sentimiento de compromiso
con la institución. Esta apertura al diálogo permite el trabajo en equipo
responsable para una mejor relación y clima de respeto y tolerancia.
Debe fomentar la creación de espacios de interacción
que favorezcan el intercambio y reflexión conjunta para construir el modelo de
institución.
Es necesario para esto, que los docentes tengan mayor
pertenencia a la institución para hacer efectivo el trabajo de equipo. Este
equipo pedagógico cuya heterogeneidad constituye su riqueza es lo que permitirá
efectivizar este nuevo modelo de gestión.
Abrir la educación secundaria a la participación de
profesionales de otros ámbitos (equipos multidisciplinarios) que puedan aportar
desde su especialidad, su experiencia y su conocimiento, para el bien de la
educación secundaria.
Pensar en un bachillerato que tenga continuidad con el
primer ciclo y que sus programas hayan sido coordinados con las instituciones
terciarias para que lo habiliten.
Una sólida formación específica no debe implicar el
descuido de una más sólida aún formación general.
Director. Es
el responsable de orientar, guiar, coordinar con el resto de los actores el
conjunto de acciones que procuran la concreción de los objetivos del proyecto y
la cultura institucional.
Por estas razones estimamos conveniente que los
miembros del equipo de dirección reúnan un determinado perfil: facilitadores de
las acciones grupales, comunicadotes, tener capacidad de observación, saber
delegar sin ser omisos en sus funciones, saber escuchar, flexibilidad,
capacidad de liderazgo.
Su función debe ser: promover el liceo como comunidad
educativa, promover la convivencia en participación y apoyo y asesoramiento
docente y asistencia a los estudiantes. Su cometido se favorecerá redefiniendo
el perfil del secretario y el conserje que coordinen las tareas de servicio,
con una mayor autonomía en la toma de decisiones y dedicación exclusiva a su
tarea.
Se realizarán periódicamente concursos para el acceso
al cargo.
En suma: aspiramos a que se valorice el carácter
docente del director.
Docentes. Este
tipo de gestión exige un docente para el cual se debe priorizar: la
profesionalización, la formación permanente garantizada por el sistema
educativo, la concentración en un centro educativo, la unidad docente y una
retribución de acuerdo con el nivel profesional de la función.
Esta gestión no será posible sin un docente
participativo, responsable, reflexivo, creativo, innovador, crítico y
comprometido con la comunidad e institución a la cual pertenece y que con su
presencia y asiduidad a la misma sea un referente.
Es necesario revalorizar y jerarquizar el rol y el
perfil docente de adscriptos y de ayudantes preparadores.
Para lograr una educación de calidad es necesario
incentivar la actualización docente y disminuir las horas de docencia directa a
medida que se avanza en la carrera docente, mientras se le aumentan las horas
de docencia indirecta dedicadas a apoyo y orientación de docentes, estudiantes
y padres.
Se cree necesaria la evaluación de los docentes por
parte de sus compañeros, inspectores y estudiantes.
El perfil docente no debería estar centrado en una
concepción con acento en la transmisión e instrucción de contenidos
exclusivamente académicos, sino en motivar, incentivar y despertar el interés
del alumno, principal protagonista de los aprendizajes. Debe desarrollar un
permanente ejercicio de la capacidad de comunicación y reconocer la diversidad
de contextos para actuar en ellos.
Una forma de incentivar la formación docente es
diferenciar más en lo económico al que tiene formación, mejorando el porcentaje
del 7,5% del salario por título.
Crear una comisión que tenga como objetivo estudiar la
creación de un posgrado docente en educación de la sexualidad.
El ingreso de los docentes a la enseñanza media se
instrumentará por concurso de oposición y méritos sólo para docentes titulados.
El déficit de profesores se cubrirá con la habilitación para trabajar de estudiantes
avanzados de formación docente, previa obligación contractual que impida el
abandono de la misma. Los docentes no titulados interinos estarán condicionados
por obligación contractual, a continuar con su formación docente.
Inspección. Revalorizar
el rol supervisor/orientador del inspector, incrementando la orientación
técnica. Se accederá a los cargos por concurso. Deberán existir inspecciones
regionales descentralizando el sistema para que en los liceos del interior cada
profesor pueda recibir dos visitas al año.
Estudiantes. Se
promoverá la participación estudiantil a través de delegados y la institución
deberá generar los espacios necesarios para que los estudiantes puedan
expresarse, organizarse, y participar en la toma de decisiones. Se considera
vital la libertad de agremiación, clave en un eventual cogobierno.
El principio de gratuidad es condición necesaria para
la realización efectiva de la educación como un bien social público, por lo que
se instrumentarán políticas de apoyo económico y vivienda para estudiantes que
deben trasladarse lejos de su lugar de origen, distribución gratuita de
materiales de estudio y políticas de boleto estudiantil (boleto gratuito para
estudiantes de Enseñanza Media Pública Nacional).
Crear un sistema de becas estatales para que el
estudiante pueda finalizar el ciclo liceal.
Funcionarios administrativos y de servicio. A fin de jerarquizar el cargo de secretario y su
función, los mismos se cubrirán en efectividad mediante concurso. Deberán
integrar las salas generales y los consejos de convivencia liceal participando
así en la elaboración del proyecto institucional y en la toma de decisiones.
El funcionario no docente debe ser un actor más en el
proceso educativo y en tal sentido, más allá de su rol específico, en cuanto a
la administración, (tareas de infraestructura, limpieza, atención del público,
etc.), debe participar en instancias de decisión política del liceo y en sus
proyectos y evaluaciones, en conjunto con los demás actores.
PROPUESTAS INMEDIATAS
·
Presupuesto
acorde a las necesidades reales.
·
Unificación de
planes de estudio.
·
Revisar y
resignificar los programas de estudio.
·
Ciclo Básico con
extensión de tiempo pedagógico.
·
Coordinar con
educación Primaria.
·
Reducir la
superpoblación en las aulas.
·
Mejorar locales y
equipamiento didáctico.
·
Participación de
la comunidad en obras de construcción o reformas en edificios con mano de obra
solidaria.
·
Implementar
políticas que atiendan el plurilingüismo.
·
Buscar
estrategias que permitan a los alumnos que trabajan, continuar con sus
estudios.
·
Creación de más
liceos de extraedad diurnos y nocturnos con la implementación del sistema del
Liceo IDAL nocturno y la modalidad del libre asistido y semipresencial en todos
ellos. No es posible que los institutos privados los implementen y los públicos
no, promoviendo de este modo la desigualdad de oportunidades.
·
Incluir el año
cero (introductorio) como ayuda para las personas que hace mucho tiempo que no
estudian.
·
En relación a la
educación rural: creación de más liceos rurales y escuelas agrarias que
permitan la inserción de los jóvenes del campo, brindándoles mayores ofertas
educativas, y eliminación de séptimo, octavo y noveno.
·
Nombrar equipos
multidisciplinarios.
·
Lograr mayor
compromiso de los padres con el centro educativo al que acuden sus hijos.
·
Revitalizar el
papel preceptivo de las ATD.
·
Cambiar el modelo
gerencial de directores y del CES en general por un modelo humanista,
comprensivo, colectivo, planificado con participación de educadores, alumnos y
padres en los organismos de asesoramiento y decisión, como pueden ser los
equipos de convivencia lineal integrados por docentes, estudiantes,
funcionarios y dirección, hasta que se elabore una ley que contenga estos
principios.
·
Debe pasarse de
la actual política de “tolerancia” con las dificultades en el aprendizaje, a
una política sistemática de detección y reeducación en ámbitos estatales y
gratuitos, de manera de potenciar al máximo las capacidades de los alumnos.
Crear la carrera informática en la Formación Docente.
Aprovechar los proyectos que se están implementando
como los Centros de Acceso a la Sociedad de la Información (CASI) de ANTEL como
base para democratizarla.
Se propone instrumentar la enseñanza de la informática
hasta tercer año del CBU adecuándola a las exigencias del mundo tecnológico que
proporciona un marco técnico para la inserción laboral.
En igual medida se requiere la enseñanza de Educación
Física hasta tercer año de Bachillerato.
Educación Secundaria no puede ser producto de resoluciones
improvisadas, se debe elaborar una política coherente y fundamentada de
enseñanza de lenguas extranjeras. La Ley de Educación deberá garantizar una
formación plurilingüe. Para garantizar el principio de equidad la enseñanza de
lenguas extranjeras debe ser curricular y obligatoria para asegurar el acceso a
todos los alumnos con igualdad de oportunidades.
Un proyecto educativo lingüístico deberá contemplar
íntegramente el Sistema Nacional de Educación asegurando la coordinación y
articulación entre los distintos subsistemas de la ANEP y Educación Terciaria.
Un proyecto educativo debe estar respaldado por la existencia de una matriz
docente adecuada. Se propone que el IPA agregue la carrera de Portugués.
En los departamentos de frontera con Brasil sería
importante que el Portugués se implementara de primero a sexto año, dado que se
trata de una segunda lengua materna.
Se propone la implementación de Español para los seis
años de Educación Media y la revisión de la Formación y Perfeccionamiento Docente,
enfocado a las nuevas perspectivas de la asignatura.
Articular el trabajo intelectual con el manual.
PRESUPUESTO DE LA EDUCACIÓN
La autonomía y el cogobierno necesitan para ser reales
su base material, por ende, consideramos muy importante la explicitación de que
se considera fundamental contar con el 6% del PBI como mínimo y con el 27,5%
del Presupuesto Nacional para asegurar salarios dignos para los funcionarios de
la enseñanza.
COMISIÓN 3
Educación Técnico
Profesional
Se propone que la UTU se jerarquice como Universidad
del Trabajo del Uruguay, se denomine y constituya como educativa, de
desarrollo, investigadora y de extensión, logrando los máximos niveles
educativos en cada opción y crear una comunicación con la Universidad de la
República, considerando que aquellos alumnos después de formarse en educación
práctica – teórica, tengan la oportunidad de continuar en la Universidad.
A través de los años la enseñanza técnica ha sufrido
gran deterioro en su nivel educativo. Nació con el estigma de educación para
pobres, y éste se perpetuó en el tiempo a lo que se le suma el desprestigio del
trabajo manual.
La baja de nivel se debe a las políticas educativas
pautadas por los intereses de los organismos multinacionales de crédito, a
través del financiamiento de la reforma educativa, siendo ejecutadas por los
gobiernos de turno.
Por todo esto resolvemos:
-
revalorizar
culturalmente el significado del trabajo manual, entendiendo el trabajo como
valor social. La UTU debe educar para el mundo del trabajo, construyendo
hombres y mujeres integrales, libres y solidarios. Por su importancia, la nueva
UTU debe ir de cara a un proyecto de país, y no puede, en ningún término,
quedar librada a intereses mercantilistas y políticas partidarias.
La educación ha de ser una herramienta liberadora y
potenciadora de toda la actividad humana, que fomente la formación crítica,
incluida en una cultura productora y de excelencia que rompa los mecanismos de
dominación y explotación y que valore los diversos aspectos del concierto
productivo humano.
La supuesta navegabilidad forma parte de las
frustraciones, que junto con el mercado encorsetó a la educación técnica. Esta
realidad debe ser revertida.
La educación técnica en el Uruguay y en ella el rol
protagónico que debe tener el Consejo de Educación Técnico Profesional estará
enmarcado en la recuperación del valor histórico que incida en la promoción
cultural de los educandos y en el desarrollo productivo, acompañado por las
transformaciones necesarias del país.
FORMACIÓN,
CAPACITACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DOCENTE Y NO DOCENTE
Uno
de los principios para la jerarquización de nuestra institución es la formación
docente con carácter universitario, formando parte de ella la investigación.
Debe ser cogobernada.
Todo docente deberá tener título habilitante. Se
debe estructurar la Formación Docente Técnica con una formación inicial de
grado (título de maestro técnico). El perfil de ingreso deberá ser con ciclo
completo de la educación media, superior tecnológica o profesionalizante, con
nivel terciario y con trayecto formativo común a otros institutos docentes. Se
debe incluir una didáctica especializada integrada al área técnica. El
instituto de formación deberá:
·
realizar
formación en servicio con carga horaria mínima de 1000 horas.
·
formación
permanente.
·
especialización
para egresados.
·
actualización.
·
elaboración de
material didáctico.
·
investigación
educativa.
Cursos de capacitación para funcionarios no docentes.
Concurso para acceder a cargos. Reordenamiento de perfiles y escalafones.
Recuperación de la División Administración General. Modificar el estatuto no
docente tomando en consideración el del funcionario público. Reflotar junta
calificadora.
AUTONOMÍA,
COGOBIERNO Y PRESUPUESTO
Se pide la derogación o anulación de la ley 16.345 del
19/03/1993 y el decreto 19/003 del 17/01/03 y con ello, el sistema de control
que ejerce la Armada Nacional sobre los cursos de la Escuela Técnica Marítima.
Atención a la extraedad desde el Ciclo Básico
Tecnológico. Contar con equipos multidisciplinarios que apoyen constantemente.
Que haya complementariedad entre lo académico y lo técnico.
Se solicita al Consejo de UTU:
1) que se inspeccione con mayor frecuencia a los centros
de UTU Interior.
2) que las mismas se lleven a cabo por inspectores que no
provengan del mismo departamento del país donde se encuentra el centro.
Exigimos la radicación de los directores de esos
centros donde desarrollan su tarea.
COMISIÓN
4
Educación
Terciaria y Universitaria
SISTEMA TERCIARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Teniendo en cuenta los principios ideológicos y éticos que han definido
el sistema de valores de la educación pública uruguaya, que deben ser
preservados, revalorizados y reforzados en el nuevo sistema nacional de
educación pública:
Se propone:
La organización de un subsistema público de enseñanza terciaria que
involucre a las carreras universitarias y a otras carreras que incluya una red
de enseñanza terciaria con las siguientes características y requerimientos:
UNIVERSIDAD
Definición. Una institución educativa es
considerada Universidad sólo si se inscribe en un ámbito dedicado a la
producción de conocimiento abarcando su universalidad en sentido amplio, en el
marco de una reflexión crítica ética y epistemológica del mismo, aplicando esa
reflexión tanto a sí misma como a la sociedad de la cual es parte ineludible,
en un proceso de transformación, diálogo, e intercambios permanentes.
Es condición necesaria la integración de la docencia
superior al proceso de producción de conocimiento, haciendo hincapié en la
formación plena del ser humano, por sobre la exclusividad de los aspectos
técnicos disciplinares.
Esta relación no puede estar ajena a la perspectiva
laica, científica, social y artística como garantías para el ejercicio cotidiano
de la crítica, tanto en el plano ético como epistemológico.
Una institución para ser Universidad debe
inscribirse en un marco de autonomía y coparticipación que permita la expresión
de todos los órdenes, además de abarcar una amplia multiplicidad de áreas de
conocimiento tendiendo a la integración de la misma en una síntesis superior.
EDUCACIÓN SOCIAL
La carrera de educación social debe trascender hacia
la Universidad de la República, la órbita del Instituto del Niño y del
Adolescente del Uruguay (INAU) en el marco del Centro de Formación y Estudios
del mismo y adquirir carácter de licenciatura en pos de fortalecer la
profesionalización de la carrera.
En este sentido, se propone que la iniciativa pase a
estudio de la Comisión Sectorial de Enseñanza de la Universidad.
DESCENTRALIZACIÓN UNIVERSITARIA
La descentralización de los servicios universitarios
es fundamental para la democratización del acceso a la enseñanza terciaria y
superior. La descentralización de la Universidad de la República es necesaria
también para impulsar el desarrollo local, regional y la promoción del
bienestar social, así como la innovación en la apuesta académica de la
institución en los planos de la enseñanza, la investigación y la extensión.
Debe comprenderse a la descentralización,
no como la desconcentración institucional, sino como aquel proceso nacional que
apuesta a la integración y al desarrollo productivo, científico y artístico
local y regional, desde una perspectiva ética y política sobre la base de la
equidad geográfica y social como guía de sí misma.
Deberá tener en cuenta una estrategia que potencie
la utilización de los recursos locales y la participación activa y democrática
de los diferentes actores sociales y económicos que interactúan en una
determinada localidad o región en donde el desarrollo es planteado de forma
integral.
Se debe propender a la construcción de la demanda,
teniendo en cuenta que es un proceso completamente diferente al de relevar la
demanda y diferente también al de crearla al imponer una oferta educativa.
Construir la demanda pertinente implica un intercambio, en relación dialógica,
con la comunidad en la cual piensa intervenir.
La descentralización debe integrar a los diferentes
organismos del Sistema Nacional de Educación Pública.
Es necesario generar una masa crítica de docentes
radicados en sus respectivas localidades y regiones desde una perspectiva
integral, lo que implica el desarrollo de la investigación y la extensión
asociado a los procesos de enseñanza y el desarrollo de programas de formación
docente y el impulso de la carrera docente.
Más concretamente, se señala la necesidad de
establecer estímulos específicos, provenientes de fondos públicos y aún
privados, que promuevan la instalación en el interior del país de sedes
universitarias públicas.
Para dar un mayor impulso a la descentralización
universitaria se propone:
·
proceso gradual de la descentralización de las funciones en términos de
calidad.
·
existencia de instituciones que apoyadas inicialmente por la UdelaR sean,
en el mediano y largo plazo, constituidas en polos regionales de actividad
universitaria, articuladas a procesos de desarrollo local vinculadas por lo
mismo con las comunidades, organizaciones e instituciones locales y en su caso,
articuladas a instituciones universitarias transfronterizas.
·
flexibilidad y diversidad de actividades como estrategia de
descentralización.
·
estructura institucional y funcionamiento acorde al contexto; formación
inicial de tipo multidisciplinario, que permita al estudiante continuar sus
estudios en otras instituciones (como se propone, por ejemplo, en el Ciclo de
Estudios Científicos Generales).
·
existencia de una masa crítica de docentes radicados y estudiantes.
·
relacionamiento con el sistema público pre-universitario.
·
promoción de carreras terciarias no universitarias y de carreras cortas
universitarias, que contemplen la posible articulación curricular con carreras
largas.
·
presupuesto adecuado a la implementación del proceso descentralizador.
SISTEMA NACIONAL DE BECAS
La equidad del SNEP deberá estar basada, entre otras
cosas, en un sistema nacional de becas unificado e integral (económicas,
hogares, comedores, transporte, materiales, etc.) para todos los niveles
educativos que permita además, movilidad geográfica. Este sistema de becas
deberá contribuir a la disminución de la brecha socioeconómica en los
aprendizajes, favoreciendo la integración social.
Se deberá contrarrestar la deserción, buscando la
reinserción de quienes se alejan del sistema. Se deberá generar políticas
coordinadas con otras instituciones, gobierno local y nacional, para la
creación de hogares estudiantiles.
SISTEMA NACIONAL ÚNICO DE
FORMACIÓN DOCENTE (SNUFD)
El SNUFD deberá ser un espacio social medular
para el desarrollo del proyecto educativo público, gratuito y laico, por lo
tanto deberá desarrollarse exclusivamente en la órbita pública, es decir, un
SNUFD de gestión exclusivamente pública (estatal).
Formación pedagógica y
artística. Instrumentar la
formación pedagógica y artística básica común reconociendo la especificidad de
los docentes en la educación artística. Esta formación deberá ser enfocada
desde un abordaje en la educación artística. Deberá ser enfocada desde un
abordaje inter, multi y transdisciplinario.
Trabajo Interdisciplinario.
El Sistema Nacional de
Educación habrá de establecer un ámbito institucional para el trabajo
interdisciplinario (equipos) en la educación que responda a las prerrogativas
de la enseñanza, investigación y extensión, propias de su carácter
universitario.
Educación No Formal. Se debe incluir formación docente para la
educación no formal.
CARÁCTER UNIVERSITARIO Y
ESTRUCTURA E INSERCIÓN INSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DOCENTE
Se deberá defender el carácter universitario
de la formación docente, entendido éste como extensión, investigación y
docencia, un proceso que deberá comenzar por la generación de bases
institucionales de autonomía, cogobierno, libertad de cátedra y opinión, y la
institución del concurso para todos los cargos que no sean de cogobierno.
En esta coyuntura, el desarrollo de este
proceso requiere la creación de un Consejo en la estructura del Sistema
Nacional de Educación Pública que es la actual ANEP, autónomo y cogobernado y
la profundización de la coordinación con la UdelaR en un plano de igualdad
política, enriquecimiento mutuo e integrando las diferentes tradiciones,
experiencias y saberes didácticos, pedagógicos y disciplinares.
La inserción y anclaje institucional último de
la formación docente deberá definirse en un próximo Congreso Nacional de
Educación (una vez avanzado el proceso antes mencionado), instituido por ley y
con el cometido de establecer los horizontes estratégicos de las políticas
educativas.
ESTRUCTURA E INSERCIÓN
INSTITUCIONAL DE LA FORMACIÓN DOCENTE
Dado que el congreso se
propone sentar las bases para una ley de educación sustitutiva de la 15.739 el
Congreso recomienda:
1. el conjunto de la educación
no universitaria será asignado a un Consejo Directivo de la Educación con
diversos consejos que tengan un grado de autonomía semejante al que actualmente
tienen los consejos de facultad respecto al CDC de la UDELAR.
2. que ese Consejo Directivo, a
semejanza del actual CDC de la UDELAR, esté integrado exclusivamente por
representantes de los Consejos de los servicios que lo integren sin perjuicio
que se agreguen representantes de órganos deliberantes del conjunto del Ente a
semejanza de la Asamblea General del Claustro de la Universidad. Al igual que
en la misma, los delegados de los Consejos podrán ser de cualquiera de los
órdenes que lo integren.
3.
que los problemas de coordinación existentes y los que el futuro
aparejará entre los dos entes autónomos de la enseñanza, sean resueltos por
convenios interadministrativos que se realicen entre ellos, transfiriendo al
organismo coordinador que estos entes establezcan las asignaciones
presupuestales que fueron dispuestas para la inconstitucional comisión
coordinadora del MEC, que debe desaparecer.
III. MOCIONES
APROBADAS POR EL PLENARIO AL HABER SIDO VOTADAS POR UNANIMIDAD EN LAS
COMISIONES CUYOS INFORMES Y PROPUESTAS NO FUERON TRATADOS EN LAS SESIONES
PLENARIAS
Visto: Que la planificación
inicial del Congreso no ha podido considerar la totalidad de los temas
previstos.
Considerando: La necesaria
consideración de los 15 temas establecidos.
Se propone la siguiente
moción de orden:
COMISIÓN 1
Educación Inicial y Primaria
ORGANIZACIÓN Y PERSONAL
DOCENTE Y NO DOCENTE DE LOS CENTROS EDUCATIVOS
MOCIÓN 2. De
acuerdo en la moción anterior (Moción 1 votada en mayoría en la Comisión)[1], en
la franja de 4 a 5 años los grupos no podrán pasar los 25 niños”.
MOCIÓN 3.
Para garantizar que se cumpla los principios mencionados[2], se
hace necesario la creación de cargos docentes y no docentes.
MOCIÓN 5.
Crear jardines de infantes en las zonas rurales para dar cabal cumplimiento a
la universalidad y con ella al principio de obligatoriedad.
COMISIÓN
6
Educación
Rural
MOCIÓN 14. Habilitar
a los centros educativos (primaria, ciclo básico) a organizar formas para que
ciudadanos rurales que no han culminado primaria o ciclo básico puedan hacerlo
en el centro educativo más próximo.
MOCIÓN 27. Que el estado se haga cargo de los sueldos de las auxiliares de las escuelas rurales de todo el país.
MOCIÓN 28. Instrumentación
de dispensarios médicos móviles para todo el medio rural.
MOCIÓN 32. Fomentar
la valoración del medio rural en todos los habitantes del país, fomentando el
conocimiento del medio desde la Educación Inicial a Educación Media. Las
Escuelas de Pasantía constituyen un excelente recurso para ello. Se sugiere la
creación de Escuelas de Pasantía en todo el país utilizando la infraestructura
existente: escuelas rurales cerradas o unidocentes que funcionan con muy pocos
niños.
MOCIÓN 33. Que
los principios que orienten a la Educación Rural sean los mismos que orientan a
la Educación Pública Nacional para que de este modo se rompa con la dicotomía
urbano – rural.
Brindar a la población en su totalidad una educación
de nivel para que los educandos puedan construir los conocimientos, normas y
valores de la sociedad nacional, que contribuyan a la superación de la comunidad
en que viven. Una educación que sea integradora para el reconocimiento de la
persona.
MOCIÓN 38. Que
el estado asegure la educación a todos los niños desde los 4 años en adelante,
buscando alternativas y acorde a un profundo diagnóstico de cada situación, en
particular:
COMISIÓN 10
Educación,
Democracia y Derechos Humanos
MOCIÓN 2. Proponemos por unanimidad una educación democrática que respete los derechos humanos; por lo tanto, se exige que no puedan ejercer la docencia personas que hayan cometido delitos de lesa humanidad contra sus compatriotas. Esta propuesta debe alcanzar todos los niveles del sistema educativo.
COMISIÓN 11
Educación,
Trabajo, Ciencia y Tecnología
1- Ningún proyecto educativo puede plantearse sin
antes determinar y esclarecer sus relaciones con la sociedad en su conjunto, el
sistema político, y con el modelo económico que se quiere implementar; es
decir, que el proyecto educativo y el proyecto de país, no son sino dos caras
de la misma moneda.
2- Por esto, un proyecto educativo democrático y
popular debe propender a fomentar actitudes críticas en lo científico, humanístico,
artístico y técnico-tecnológico en la población, sin las cuales no podrá
lograrse el necesario desarrollo social, económico y cultural y
consecuentemente la independencia científico – técnica.
3- Es necesario garantizar la formación integral del
ser humano tanto a nivel intelectual como físico emocional, articulando el
trabajo intelectual con el trabajo manual, fomentando el espíritu crítico, el
descubrimiento de las capacidades de los educandos y de su formación como
sujetos sociales.
4- Desde esta perspectiva es necesario a su vez,
definir el trabajo desde una concepción amplia, considerándolo una actividad
humana por excelencia, de creación y autorrealización de la persona, el cual
implica una acción transformadora del medio tanto social como natural, en el
campo de las ideas y de las habilidades y destrezas.
5- Desde nuestra perspectiva, las consideraciones
precedentes, se contraponen con el modelo neoliberal, que mas allá de sus
expresiones económicas, es un proyecto político que tiende a la ruptura de los
lazos sociales de solidaridad y cooperación, promoviendo el individualismo, la
competencia, y fomentando procesos de exclusión, fragmentación social, política
y cultural.
6- Preservar los principios ideológicos y éticos de la
educación pública uruguaya. Ellos son la autonomía, la libertad de opinión y de
cátedra, la participación de los actores en la toma de decisiones, el
cogobierno, la gratuidad, laicidad y obligatoriedad de la educación, la
igualdad de derechos al acceso, la no discriminación, y la consideración de la
educación como un bien público y no como un bien de mercado.
EDUCACIÓN Y TRABAJO
MOCIÓN 2: Que
la ley promueva, desarrolle y/o apoye la prevención y seguimiento de la salud
ocupacional en forma destacada, en todos los ámbitos laborales de la enseñanza.
EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
MOCIÓN 4.
Las tecnologías de la información, sistemas de comunicación y sistemas de
manejo de conocimiento se legitiman como parte de la cultura imponiendo sus
modelos de producción de tecnologías y la forma en que dichas tecnologías
procesan la información. Se propone:
MOCIÓN 9. Se
propenderá a que la ciencia y la tecnología se direccionen en un porcentaje
importante a mejorar el nivel de vida de los trabajadores.
COMISIÓN 13
Educación, Cultura, Medios de Comunicación y
Nuevas Tecnologías
EDUCACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
MOCIÓN 4. Existiendo un
monopolio de hecho en materia de software se deberá garantizar que todos los
ciudadanos que reciban enseñanza informática en el sistema nacional de
educación formal aprendan a utilizar distintos sistemas operativos con base
fuente libre (Open Source) y Software Libre.
IV. PRIMER CONGRESO NACIONAL
DE EDUCACIÓN “MAESTRO JULIO CASTRO”. DECLARACIÓN FINAL
El Primer Congreso Nacional de Educación “Maestro
Julio Castro”, saluda al Pueblo Uruguayo por haberle conferido el honor y la
responsabilidad de recoger y defender las propuestas que refieren a la
Educación de los Ciudadanos.
Esta instancia de democracia, inédita en nuestro país,
es fruto de décadas de lucha y persistencia de nuestro pueblo, que hoy se reúne
en un ejemplo de participación. La misma ha sido convocada oficialmente por el
MEC, ANEP, UDELAR y organizada por la CODE. Sin duda marca el principio de un
largo camino que estamos dispuestos a seguir con firmeza y responsabilidad.
Nos hemos reunido más de 1200 ciudadanos,
representantes de asambleas de vecinos, organizaciones sociales, estudiantes,
colectivos de educadores y otros trabajadores de todos los ámbitos del país. La
concreción de este Congreso pone de manifiesto la importancia que los uruguayos
le otorgamos a la Educación.
Nuestra identidad está fuertemente arraigada a una concepción
de educación democrática y plural. Ésta, como todo hecho político, está signada
por contradicciones y relaciones dinámicas. Constituye un elemento liberador y
emancipatorio hoy enmarcado en un proyecto de profundización democrática,
participativa, que desde la realidad concreta se propone formar sujetos libres,
críticos, solidarios y comprometidos con la transformación de la realidad.
El Congreso concibe la Educación como una práctica
social responsable regida, entre otros, por los principios de laicidad,
obligatoriedad, gratuidad, universalidad, participación, integralidad,
autonomía y cogobierno. Un proceso cuya meta es la igualdad en la diversidad.
La Educación es un Derecho Humano inalienable e
irrenunciable. El Estado debe garantizar que todos los sujetos puedan acceder a
ella durante toda su vida.
Concebimos como fines de la Educación Pública:
·
Formar personas
libres, de espíritu reflexivo, capaces de comprender la realidad y de construir
alternativas de vida digna, justa y solidaria.
·
Contribuir a la
plena realización de seres humanos integrales apuntando al desarrollo de todas
sus potencialidades individuales y a su inclusión libre y responsable en la
comunidad nacional y mundial.
·
Universalizar y
democratizar el acceso y la producción del conocimiento, poniéndolo al servicio
de un país culto, próspero y solidario.
El nuevo Sistema Nacional de Educación público,
estatal, autónomo y cogobernado, tiene la responsabilidad de ejecutar las
acciones para la concreción de estos principios y fines. Cuenta para ello con
el máximo compromiso que nos ha traído hasta aquí en la búsqueda de una
educación que debe cambiar tal y como nuestro pueblo lo reclama.
Por consiguiente, la educación debe ser concebida como
una política de Estado y como tal el presupuesto que a ella se le asigne no
debe ser menor al 6% del PBI y crecer sustancialmente hasta estar en
correspondencia con el proyecto de país que pretendemos construir.
Nuestra máxima aspiración es ver reflejados en la
futura Ley de Educación los principios aprobados por este Congreso. Asimismo,
todos los aportes recogidos durante el Debate Educativo y en el Congreso,
deberán ser referencia ineludible para las autoridades y la sociedad en su
conjunto.
Saludamos y valoramos el trabajo de todos los protagonistas
y colaboradores del proceso de Debate Educativo que ha tenido lugar en todo el
país durante 2006 sintetizado en este Congreso, hito histórico por su
participación plural y compromiso que confiamos continúe más allá de la
concreción en el próximo año de la futura Ley.
Montevideo, diciembre 3 de 2006
DESARROLLO DE LAS SESIONES
DEL PLENARIO DEL CONGRESO
COMISIÓN 14
Sobre este punto se
presentaron las siguientes mociones de resolución:
PRINCIPIOS DE AUTONOMÍA Y COGOBIERNO
Entendemos la educación como
un hecho político y social que en tanto tal nos involucra a todos. Constituye
un elemento liberador y emancipatorio siempre que se enmarque en un proyecto de
profundización democrática y participativa que parta de nuestra realidad
concreta y se oriente a formar sujetos libres, críticos, solidarios y
comprometidos.
Para
esto, proclamamos la autonomía como un principio rector de la educación pública
en todos los niveles como forma de preservarla de todo interés de carácter
político partidario, religioso, económico (incluyendo los organismos
internacionales de crédito).
Hablar de
autonomía en términos jurídicos, implica dotar a un ente del grado máximo de
descentralización respecto al poder central del Estado. Es decir, otorgarle a
los entes de enseñanza plenas potestades para autodeterminarse en las esferas:
administrativa, de gobierno, técnico-docente y financiera.
La
autonomía administrativa, como se deriva de la propia definición expuesta,
significa la potestad para elaborar la normativa respectiva, en el marco legal
de la especificidad del Ente.
La
autonomía de gobierno conlleva la consagración del cogobierno por parte de
todos los actores involucrados, definiendo las políticas educativas con
independencia del gobierno del momento, a través de mecanismos democráticos de
participación. Por tanto para garantizar la autonomía, las autoridades deben
ser electivas, rechazando su designación por parte del Poder Ejecutivo.
Además de
una democratización del Ente el cogobierno implica una rica experiencia
educativa, en tanto posibilita espacios y oportunidades para la construcción
colectiva, la resolución común de los conflictos y la asunción colectiva de
responsabilidades.
MOCION MINORITARIA
La autonomía de la enseñanza es legítima, pero
también es legítima la intervención en las orientaciones del sistema educativo
de las autoridades nacionales que representan al pueblo soberano. En este
sentido el Ministerio de Educación y Cultura debe ejercer una función
orientadora en todo el sistema educativo. Este principio debe inscribirse en un
marco de coordinación de todos los subsistemas. Cualquier forma de cogobierno
deberá evitar todo tipo de corporativismo y respetar el ejercicio pleno de la ciudadanía
en democracia.
En el Plenario
resultó afirmativa la moción mayoritaria.
PRINCIPIOS DE LAICIDAD, LIBERTAD DE CÁTEDRA Y
OPINIÓN
MOCIÓN MAYORITARIA
Laicidad. El principio de laicidad implica promover el tratamiento integral y crítico de los temas mediante el libre y público acceso a las fuentes de información y conocimiento, que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. Se garantiza entonces, la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias.
El derecho a la
educación exige la laicidad como principio. También lo exige el modo de vida
democrático, si queremos que la democracia sea algo mas que un ejercicio del
sufragio. La actitud laica debe ser la que prevalezca en las relaciones democráticas,
en el sentido del respeto por las posiciones diferentes en temas susceptibles
de polémica en el marco de los procesos de construcción de la sociedad.
Requiere del
sujeto una capacidad de descentramiento tanto en lo individual como en lo
social que le permita ubicarse en la posición del otro. Implica el pleno
desarrollo de las estructuras mentales que asegure el ejercicio del pensamiento
reflexivo y la capacidad crítica.
Asimismo, la
laicidad se asocia al derecho a elegir entre posiciones diferentes en el campo
de los valores complejos como la religión, la filosofía, la política entre
otros. Pero a la luz de lo expresado anteriormente, no puede entenderse esta
elección como quien elige un producto en la góndola de un supermercado sino
como un proceso de elaboración reflexivo y autónomo.
Asegurar el
respeto y la profundización del proyecto laico es obligación del Estado. Este
principio se sustenta en la racionalidad crítica y en la problematización del
conocimiento, oponiéndose a cualquier dogmatismo y práctica adoctrinante.
Rechaza también cualquier compromiso con intereses privados: partidarios,
religiosos o económicos.
Aunque la
laicidad constituye un principio histórico de la tradición educativa nacional,
a comienzos del siglo XXI se hace necesario redimensionar su significado. En
ese sentido no significa neutralidad respecto a ningún fenómeno de la vida
social, sino que alude al desenvolvimiento de prácticas de libertad y
pluralidad, tomando como principios el cooperativismo, la solidaridad, el compromiso
con la igualdad social, el respeto a la diversidad.
Supone que no
deben existir tópicos prohibidos ni censuras que impidan el abordaje de temas
emergentes y polémicos. Particularmente, la acción educativa no puede ser
prescindente o indiferente ante hechos como la esclavitud, la xenofobia, la
guerra, el militarismo agresor, la riqueza y la pobreza extrema, la injusticia
consciente, la impunidad legalizada que, junto a problemáticas como la
exclusión la violencia física y verbal y la discriminación deben tratarse
explícitamente en las aulas. El respeto por la diversidad tiene como límite la
defensa de los Derechos Humanos fundamentales.
La laicidad debe
fomentar valores como la libertad y la justicia, el espíritu crítico, la
capacidad de diálogo y la tolerancia en un horizonte de transformación social.
Asimismo, supone
la libertad que tienen los educandos para acceder a todas las fuentes de
información y cultura. No implica la imposición de una cultura sobre otra o de
un grupo sobre otro. Debe servir para respetar y asegurar la identidad del
sujeto. Se garantiza con este principio la pluralidad de opiniones y la
confrontación democrática de concepciones.
Este principio
debe extenderse a toda la sociedad, basándose en la concepción de Paulo Freire
con respecto al educando “Nadie educa a nadie. Todos nos educamos a todos
mutuamente, relacionándonos unos con otros”. De esto deviene que la persona del
educando adquiere la centralidad en el momento de definir políticas educativas
institucionales y proyectos educativos.
La autonomía y el
cogobierno conforman el marco institucional de garantía democrática y de
construcción colectiva para la concreción de este principio.
-
La laicidad es un principio básico en un régimen democrático de
gobierno. El estado no debe privilegiar ninguna religión, etnia, posición
filosófica o política. Al mismo tiempo, el estado debe garantizar que esas
diversidades se desarrollen y se expresen libremente. Para lograr este
objetivo, la sociedad y el estado deberán acordar los instrumentos que harán
posible el ejercicio efectivo de cada unas de esas diversas opciones ciudadanas.
De esta forma se estará construyendo una sociedad plural, enriquecida por el
aporte de cada diversidad.
-
Incluir la enseñanza en valores cristianos basados en principios
bíblicos como asignatura opcional, a solicitud expresa de los padres, fuera del
horario escolar, para respetar el principio de laicidad e igualdad.
-
Es posible la laicidad de formación de orientación religiosa. Esto, en
primer lugar, presupone la libertad del educando y no su adoctrinamiento. El
acto de fe religiosa no es nunca una certeza que se imponga, sino una opción
libremente asumida. En cualquier caso, la libre elección de los padres es la
garantía del respeto a la laicidad.
En el Plenario
resultó afirmativa la moción mayoritaria.
OBLIGATORIEDAD Y GRATUIDAD
Obligatoriedad. La ignorancia no es un
derecho, por lo tanto la obligatoriedad es uno de los pilares junto a la
laicidad, gratuidad, integralidad, que efectiviza la educación como derecho
humano fundamental. Este es un principio que asegura la inclusión social,
superando la dualización y consiguiente marginalidad de amplios sectores de la
población. Esta sociedad conformada por “ganadores y perdedores”, de
“integrados y excluidos” que ha ido generando el neoliberalismo, se combate
desde políticas de estado que materialicen la obligatoriedad como principio
rector de la educación. Esto exige:
a) que los padres cumplan con
su obligación de hacer efectivo este principio.
b) que el estado controle que
se efectivice este deber de los padres a través de diferentes organismos: BPS,
INAU, entre otros.
Por último,
asegura la educación desde los cuatro años hasta el nivel medio superior.
Gratuidad. Este principio es una
condición necesaria para la realización efectiva de la educación como bien
social público. Esto constituye un criterio necesario para la universalización
del acceso y permanencia del estudiante en el sistema educativo. Aquí es
necesario diferenciar entre enseñanza gratuita, que es con lo que ya contamos y
educación gratuita que implica la atención a las condiciones concretas de
efectivización, como por ejemplo, atender las políticas de boleto estudiantil,
de alojamiento, de distribución gratuita de publicaciones.
La futura ley
deberá asegurar estos dos principios de la enseñanza pública, proveyendo los
recursos que esto implica. Asimismo, se legislará sobre su incumplimiento.
La Ley deberá
establecer el derecho de los trabajadores a que se adecue su horario de trabajo
en la empresa u organismo cuando su formación y sus estudios lo requieran.
En segundo lugar, este principio garantizará el
derecho de cada centro educativo que forma parte del sistema nacional de
educación pública a organizar y desarrollar su propio proyecto de trabajo, en
el marco de la unidad pedagógica curricular y de los principios y fines
promulgados por la ley general de educación. Se priorizará la interrelación de
cada institución educativa con la comunidad social de su contexto a fin de
coadyuvar a la reconstrucción del entramado social solidario.
En el Plenario
se vota afirmativo todo el apartado anterior.
INTEGRALIDAD
Es la educación la que debe
transmitir a las generaciones futuras el conocimiento acumulado por la sociedad
hasta el momento actual, promover la reconstrucción del mismo y la creación de
nuevo conocimiento, así como orientar el uso que la sociedad le dé al mismo.
Por todo esto resulta
inaceptable que se le asigne a la institución educativa el rol de meramente
brindar a las personas las habilidades básicas que les permitan insertarse en
el mundo del trabajo. No se trata de negar con esto la necesidad de formar a
las personas en tanto sujetos participes de los procesos productivos, sino todo
lo contrario. Se reacciona ante la concepción del trabajador pasivo, acrítico y
enajenado y se promueve un trabajador con criterio autónomo que se apropie de
los procesos productivos en los que participa y que desarrolle su tarea con
sentido cooperativo.
Es decir, que se promueve
una formación integral del sujeto en tanto ser social, político, económico y
cultural, donde uno de estos aspectos no puede ser abordado sino en estrecha
vinculación con los otros.
El proyecto educativo debe
tener como principal finalidad la formación de sujetos críticos, reflexivos,
autónomos, libres, solidarios, comprometidos con la igualdad social y
protagonistas de la transformación de su sociedad. La educación debe apuntar al
reconocimiento de los sujetos como entidades dialogantes y solidarias capaces
de confiar en sus propias capacidades de vivir y de luchar, tomando a la dignidad
como valor fundamental, en una ética de la autonomía en un momento donde la
victimización y la negación de la vida trastocan todos los valores.
Se trata de promover
personas solidarias, capaces de resolver colectivamente los problemas comunes,
educadas en los principios y prácticas de la cooperación (como lo prescribe la
Recomendación 193 de la OIT) como herramienta de democratización efectiva de
las relaciones económico-sociales. Este principio se considera como un derecho
porque permite educar a la persona en todas sus dimensiones, física,
intelectual, social, afectiva, estética y ética. Se debe fomentar diversas
formas de expresión promoviendo la diversidad cultural y apostando a una
concepción humanista que promueva el desarrollo individual hacia la libertad,
que contemple la multidimensionalidad, jerarquizando una postura de procesos
permanentes recursivos y abarcativos.
El principio de integralidad
debe permitir la educación y formación de las personas en todas y cada una de
sus dimensiones, contemplando el desarrollo de las potencialidades, fomentando
las diversas formas de expresión, respetando la diversidad y promoviendo las
mismas. La integralidad debe promover el desarrollo de la persona hacia la
libertad y la emancipación, permitiendo ser críticos ya sea individual como
colectivamente.
Como pertenecientes al
planeta Tierra, del cual sacamos nuestros recursos de vida, debemos promover
que nuestras conductas de producción no contaminen y/o degraden dichos
recursos. El objetivo de integralidad hace que el sistema educativo deba
articular permanentemente sus ofertas y programas para ayudar a crear
convicciones sociales, científicas, tecnológicas y ambientales, convenientes a
la realización de un país productivo con procesos apropiados y trabajo digno.
Esta articulación con los actores sociales relevantes se realizará en ámbitos
permanentes de intercambio y consulta con los mismos.
Dentro del principio de
integralidad, apostamos a promover las técnicas de resolución alternativa de
conflictos desde la educación inicial, generando una cultura de paz. Procurando
centrar sus acciones en la tolerancia, entendida como respeto por el otro, la
solidaridad y no discriminación.
Se deberán promover técnicas
de resolución alternativas de disputas en los planes de estudio de formación
docente, así como capacitación de todos los actores institucionales para que
puedan utilizar las herramientas de las distintas técnicas para la convivencia.
Se deberá incluir la cultura de paz en los principios de la educación, así como
fomentar a nivel nacional e internacional el desarrollo de la paz y la
justicia. Se debe defender los derechos humanos, ya que todos los seres humanos
sin exclusiones son sujetos de derecho.
En el Plenario
se vota afirmativo todo el apartado anterior.
Se debe trabajar por la ampliación y el
fortalecimiento de la Educación Pública Estatal que garantice en toda su
dimensión el derecho a la educación. Esto implicaría la libertad concreta de
acceder a diversidad de propuestas educativas gestionadas a nivel
público-estatal. La libertad de enseñanza consagrada a nivel constitucional
debe estar acompañada por un rol activo del Estado en la regulación y el
contralor de los servicios educativos de gestión privada.
MOCION MINORITARIA
-
(La libertad de enseñanza) Es un derecho aún no alcanzado plenamente en
la sociedad uruguaya. Por disposición constitucional los padres tienen derecho
a elegir la educación de sus hijos, a elegir los establecimientos educacionales
supervisados por el sistema nacional de educación pública, es decir que esa
libertad esté sustentada por los principios educativos rectores emanados de
este Congreso.
-
Entendiendo que el derecho a la educación y la libertad de enseñanza
hacen a la dignidad y libertad de la persona y que ello ese encuentra
establecido en:
a) el inciso 3 del artículo 68
de la Constitución de la República donde se prescribe que “ todo padre o tutor
tiene derecho a elegir para la enseñanza de sus hijos o pupilos los maestros o
instituciones que deseen”;
b) la Declaración Universal de
los Derechos del Hombre aprobada en 1948, en París, por las Naciones Unidas,
donde es expresa que “los padres tiene derecho preferentemente a escoger el
tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”,
c) la Convención Americana
sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) proclama que: “los
padres y en su caso, los tutores, tiene derecho a que sus hijos o pupilos
reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones”.
Proponemos:
-
brindar a todos los padres, tutores, adolescentes y jóvenes las
facultades para que realmente puedan elegir la educación que desean en el
centro educativo de su preferencia, de modo que este derecho no quede
restringido a quienes disponen de recursos económicos.
-
descentralizar el sistema educativo para que cada centro pueda ofrecer
propuestas diversas según las distintas realidades locales, desarrollando
identidades que se plasmarán en su proyecto.
En el Plenario
resultó afirmativa la moción mayoritaria.
MOCIÓN DE CARÁCTER GENERAL
Incluir
al final del informe el pedido de esta comisión que el plenario de mañana deje
expresa constancia de solicitar al organismo receptor de este debate educativo,
que las sugerencias emanadas del mismo sean contempladas en la futura ley de
enseñanza.
En el Plenario
se vota afirmativa la moción
El
plenario de la Comisión se expidió claramente en lo que refiere a autonomía,
cogobierno, Sistema Nacional de Educación y presupuesto para la Educación. En
este sentido, la ley deberá garantizar un 6% como mínimo del PBI.
Respecto
a la autonomía, se considera que la misma es un principio consagrado
constitucionalmente desde 1917, pero históricamente se inicia con la ley
Orgánica de la Universidad de la República de 1958. Más allá de los aspectos
formales, dicho principio se desvirtúa cuando las autoridades de la enseñanza
son designadas por el Poder Ejecutivo con venia del Senado.
Desde